obre la lectura y aprobacion del acta anterior en junta de propietarios, tengo una duda y agradeceria los comentarios de vosotros.
Segun el art. 19 de la LPH dice :
3. El acta deberá cerrarse con las firmas del Presidente y del Secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario.
Pregunto a lo que comenta Lopezmingo "El acta, una vez redactada, se aprueba o se rechaza por la Junta, en la siguiente reunión, hasta que quede correctamente elaborada.
Si se cierra a los diez dias el acta y segun me comenta el administrador que cualquier reclamacion se debe de denunciar judicialmente con el gasto que con lleva dicho proceso y que no procede leer el borrador del acta al finalizar la junta y que los acuerdos que se toman son los anotados por el y reflejados en el acta y que no procede leerla y aprobarla en la siguiente junta ya que se cierra el acta a los 10 dias.
No se si me he explicado correctamente pero ante tanta compligidad la pregunta es la siguiente.
¿ Sin leer el borrador del acta , no firmada por el presidente se puede solicitar modificacion del acta ?
¿ Se puede considerar el acta cerrada a modificaciones despues de 10 dias estando o no firmada por el presidente o bien el acta se debe leer a la siguiente junta para su aprobacion por los propietarios.?
Mire, los administradores saben que el acta es el documento esencial de los acuerdos de la comunidad y como la ley le deja a ellos su redacción pues ponen lo que más les conviene. También saben que si usted quiere modificar ese acta se tiene que arrascar el bolsillo por lo que es un inconveniente añadido a usted. ¿Se puede hacer algo al respecto? No, solo queda echar al administrador por su mala praxis, pero requiere apoyos de otros vecinos, cosa que tambien sabe el administrador, o sea, que no son fáciles de obtener por la actitud borregil de los vecinos comodones todos, y ahi radica el mangoneo que tienen y con la prepotencia que actúan.
Hola fontanero.Gracias por tu respuesta, tienes toda la razon es una lastima que en este colectivo existan algunas personas que se aprovechen de esto y perjudiquen a otros profesionales que cumplen con su abligacion, deberia de haber mas control sobre este colectivo y no dejar que campen a sus anchas, con ello dejan a la profesion en muy mal lugar , haciendonos desconfiar de todo el grupo. Como moraleja podria decir que mas vale solo que mal acompañado ?, yo creo que no seria correcto ni justo pero asi va el mundo.
Gracias fontanero por tu exposicion, me gustaria que el resto de propietarios de mi bloque , leyesen estos comentarios. Gracias fontanero. saludos
En mi comunidad se llevan solicitando las actas de las juntas hace tiempo,,,,o poder ver el libro de actas....pero ni caso...ahora el presidente nos deleita con el envio de una supuesta acta de una junta inexistente....única solución, rascarnos los propietarios los bolsillos y tasas 318 euros de entrada....después abogado y procurador porque la ley dice que ésta es la única manera de que un juez diga a un supuesto presidente QUE HAY QUE CUMPLIR LA LPH....que por otro lado algunos propietarios sabemos....así está el tema....viva el pais de la pandereta....Si no tienes dinero te jo.....y si tienes un poco, lo tienes que gastar en aclararles a los caraduras de supuestos presidentes, cómo ES OBLIGACIÓN CUMPLIR LA LEY....