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Límites aprovechamiento plaza parking en Barcelona

3 Comentarios
 
Límites aprovechamiento plaza parking en barcelona
02/09/2014 03:11
Saludos cordiales.

En esta mi primera intervención, solicito al foro consejo legal acerca de una diferencia de pareceres entre vecinos al respecto de la utilización de una plaza de párking de propiedad en el aparcamiento comunitario,en la ciudad de Barcelona.

Soy consciente de que este tipo de asuntos se cuentan por miles en el día a día, pero el hecho de que sea la primera vez que me ocurre, y que no haya encontrado por internet ningún ejemplo que se adapte a la casuística de mi caso me leva a solicitar opiniones de expertos en la materia como los que por aquí escriben.
Evidentemente, mi deseo es que la buena vecindad prevalezca sobre otras vías, pero deseo tener datos sobre si las cosas que me dicen tienen o no fundamento legal.

Trataré de sintetizar los datos del conflicto para ser lo más conciso:
HECHOS:
1.- Dos plazas de párking contiguas, separadas por línea blanca. Una del vecino y la mía. Un turismo aparcado en cada una.
2.-Nueva situación: Adquiero scooter (motocicleta) que aparco en paralelo a mi vehículo.
3.- La anchura total de turismo scooter NO LLEGA A ALCANZAR LA LÍNEA de separación entre plazas, mediando unos 5cm hasta ella.
4.- El vecino requiere la retirada de mi motocicleta, argumentando:
4.1.- Que las Ordenanzas Municipales de Barcelonaexigen la separación de UN PALMO del vehículo respecto a sus límites laterales, para facilitar el movimiento del vehículo contiguo.
4.2.- Que está prohibido (sin determinar) estacionar dos vehículos en la misma plaza, aunque no sobrepasen en absoluto los límites de la misma.

PREGUNTAS AL FORO:
1.- ¿Se ajusta a derecho según las Ordenanzas Municipales de Barcelona la imposibilidad de aprovechar el máximo de mi plaza de párking por tener de dejar este 'palmo' de distancia en los laterales?

2.- ¿Se ajusta a derecho el no poder estacionar dos vehículos en la misma plaza? He leído algo sobre acuerdos a nivel de Comunidad de Propietarios respecto al seguro, pero no me ha quedado claro.


- Hasta el momento, no he sido capaz de encontrar nada en las Ordenanzas Municipales de Barcelona al respecto, y mi posición inicial es de escepticismo.
Es por ello que solicito una vez más a los componen el foro tengan a bien asesorarme en este mi primer conflicto vecinal en 40 años, puesto que me supone un estado de nervios que no deseo; asímismo, los consejos servirán para intentar encontrar una solución dialogada con el vecino, que no pase por tener que dejar la moto en la calle.

Espero y agradezco todas las respuestas.

Att.Carlos.
02/09/2014 13:07
Quiza consultando las ordenanzas de la edificación de la normativa del plan general metropolitano de Barcelona, pueda servirte de ayuda.

La sección 2ª de dicha normativa regula los estacionamientos, aparcamientos y garages-aparcamientos.

http://www3.amb.cat/normaurb2004/Docs/Edificacio/OME-T2-C3-S2.pdf
02/09/2014 17:53
Para Carsanara:

La cuestión es, ¿que hubiera pensado usted, si hubiera sido su vecino el que hubiera aparcado una moto, en las mismas condiciones que usted lo ha hecho?.
02/09/2014 23:26
Saludos cordiales a todo el foro, especialmente a Alga y a Acriton.

Alga: agradezco el enlace que me ha proporcionado. Una vez leído y releído, parece redactado por una entidad supramunicipal, pues en algún punto añade la coletilla de ' salvo modificación por parte de Ordenanzas Municipales'. Así pues, me temo que deberé seguir buscando. Gracias de todas maneras.

Acriton: La cuestión que usted plantea es de orden moral, no legal, pero es totalmente lícita, por lo que mi respuesta es la siguiente: hubiera experimentado un sentimiento de frustración/indignación por la pérdida de las condiciones ventajosas de las que había disfrutado hasta el momento por tener un vecino con un turismo que dejaba más de medio metro de espacio en su plaza para poder utilizarlo yo. A partir de ahí, y comprobando escrupulosamente que la distancia entre su moto y la línea de separación no sólo era respetada, sino que aún existía un margen de 5 cm, hubiera maldecido de nuevo mi mala suerte, pero creo -honestamente- que no me habría sentido con autoridad moral para protestar.

A menos -claro está- que tuviera conocimiento de esa supuesta ordenanza municipal y estuviera decidido a hacerla valer.
Y de ahí mi máximo interés en comprobar la veracidad o no de ese documento, porque -llegado el caso- lo cumpliré a rajatabla y me llevaré la moto a otro sitio.

Confío en haber respondido su pregunta.

Att. Carlos.
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Límites aprovechamiento plaza parking en Barcelona

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Límites aprovechamiento plaza parking en barcelona
02/09/2014 03:11
Saludos cordiales.

En esta mi primera intervención, solicito al foro consejo legal acerca de una diferencia de pareceres entre vecinos al respecto de la utilización de una plaza de párking de propiedad en el aparcamiento comunitario,en la ciudad de Barcelona.

Soy consciente de que este tipo de asuntos se cuentan por miles en el día a día, pero el hecho de que sea la primera vez que me ocurre, y que no haya encontrado por internet ningún ejemplo que se adapte a la casuística de mi caso me leva a solicitar opiniones de expertos en la materia como los que por aquí escriben.
Evidentemente, mi deseo es que la buena vecindad prevalezca sobre otras vías, pero deseo tener datos sobre si las cosas que me dicen tienen o no fundamento legal.

Trataré de sintetizar los datos del conflicto para ser lo más conciso:
HECHOS:
1.- Dos plazas de párking contiguas, separadas por línea blanca. Una del vecino y la mía. Un turismo aparcado en cada una.
2.-Nueva situación: Adquiero scooter (motocicleta) que aparco en paralelo a mi vehículo.
3.- La anchura total de turismo scooter NO LLEGA A ALCANZAR LA LÍNEA de separación entre plazas, mediando unos 5cm hasta ella.
4.- El vecino requiere la retirada de mi motocicleta, argumentando:
4.1.- Que las Ordenanzas Municipales de Barcelonaexigen la separación de UN PALMO del vehículo respecto a sus límites laterales, para facilitar el movimiento del vehículo contiguo.
4.2.- Que está prohibido (sin determinar) estacionar dos vehículos en la misma plaza, aunque no sobrepasen en absoluto los límites de la misma.

PREGUNTAS AL FORO:
1.- ¿Se ajusta a derecho según las Ordenanzas Municipales de Barcelona la imposibilidad de aprovechar el máximo de mi plaza de párking por tener de dejar este 'palmo' de distancia en los laterales?

2.- ¿Se ajusta a derecho el no poder estacionar dos vehículos en la misma plaza? He leído algo sobre acuerdos a nivel de Comunidad de Propietarios respecto al seguro, pero no me ha quedado claro.


- Hasta el momento, no he sido capaz de encontrar nada en las Ordenanzas Municipales de Barcelona al respecto, y mi posición inicial es de escepticismo.
Es por ello que solicito una vez más a los componen el foro tengan a bien asesorarme en este mi primer conflicto vecinal en 40 años, puesto que me supone un estado de nervios que no deseo; asímismo, los consejos servirán para intentar encontrar una solución dialogada con el vecino, que no pase por tener que dejar la moto en la calle.

Espero y agradezco todas las respuestas.

Att.Carlos.
02/09/2014 13:07
Quiza consultando las ordenanzas de la edificación de la normativa del plan general metropolitano de Barcelona, pueda servirte de ayuda.

La sección 2ª de dicha normativa regula los estacionamientos, aparcamientos y garages-aparcamientos.

http://www3.amb.cat/normaurb2004/Docs/Edificacio/OME-T2-C3-S2.pdf
02/09/2014 17:53
Para Carsanara:

La cuestión es, ¿que hubiera pensado usted, si hubiera sido su vecino el que hubiera aparcado una moto, en las mismas condiciones que usted lo ha hecho?.
02/09/2014 23:26
Saludos cordiales a todo el foro, especialmente a Alga y a Acriton.

Alga: agradezco el enlace que me ha proporcionado. Una vez leído y releído, parece redactado por una entidad supramunicipal, pues en algún punto añade la coletilla de ' salvo modificación por parte de Ordenanzas Municipales'. Así pues, me temo que deberé seguir buscando. Gracias de todas maneras.

Acriton: La cuestión que usted plantea es de orden moral, no legal, pero es totalmente lícita, por lo que mi respuesta es la siguiente: hubiera experimentado un sentimiento de frustración/indignación por la pérdida de las condiciones ventajosas de las que había disfrutado hasta el momento por tener un vecino con un turismo que dejaba más de medio metro de espacio en su plaza para poder utilizarlo yo. A partir de ahí, y comprobando escrupulosamente que la distancia entre su moto y la línea de separación no sólo era respetada, sino que aún existía un margen de 5 cm, hubiera maldecido de nuevo mi mala suerte, pero creo -honestamente- que no me habría sentido con autoridad moral para protestar.

A menos -claro está- que tuviera conocimiento de esa supuesta ordenanza municipal y estuviera decidido a hacerla valer.
Y de ahí mi máximo interés en comprobar la veracidad o no de ese documento, porque -llegado el caso- lo cumpliré a rajatabla y me llevaré la moto a otro sitio.

Confío en haber respondido su pregunta.

Att. Carlos.