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Deudas dentro de una propiedad

8 Comentarios
 
Deudas dentro de una propiedad
30/10/2014 17:02
Mi hermano y yo somos propietarios de un piso, solo vivo yo, acarreando con todos los gastos en su totalidad. No me paga absolutamente nada de comunidad ni de IBI,tampoco de mantenimiento, mi pregunta es si puedo embargarle ese dinero que me debe en forma de patrimonio, de su porcentaje de propiedad, ya que se niega en pagarme nada, querria informarme de dicho procedimiento y los gastos que me supondrian. Gracias
30/10/2014 18:41
Es extraño, los impuestos e incluso los gastos de comunidad deben ir al 50%. Tanto la Diputación como el ayuntamiento, deben girar dos recibos, la comunidad igual, si eso se lo han traslado a la administración. Pida una nota simple al Registro de la Propiedad y modificar los datos en los tres estamentos.
30/10/2014 18:57
Las deudas contraidas han sido durante el proceso de aceptacion de la herencia, que al no haber acuerdo entre las partes se ha alargado, a dia de hoy e sido yo la que e pagado todos los recibos a recomendacion de mi abogada, y sigo pagando desde el fallecimiento de mi padre, se que aun no somos propietarios al estar a la espera de liquidar el impuesto de sucesiones tras la aceptación de la herencia, serian deudas pasivas generadas por el inmueble, que dudo mucho cobrar en metalico, por eso mi pregunta, gracias.
31/10/2014 11:31
Ya que tiene abogada, lo correcto es seguir sus indicaciones, no vaya a ser que le demos opiniones contrarias y le hagamos a Ud preocuparse más.
02/11/2014 20:29
Ni la Diputación, ni el Ayuntamiento, ni la Comunidad, van a pasar los recibos fraccionados al 50 %.
02/11/2014 22:10
Ya estamos. A mi me los pasan, un piso que tengo al 50% con mi hermana. Y yo no he dado instrucciones al respecto, está así desde que se heredó y suponemos que las indicaciones las dio el notario.
03/11/2014 17:44
Ante todo agradecerles su tiempo y sus respuestas,mi duda era como cobrar esa deuda hasta el momento en el que seamos titulares ya que desde el fallecimiento estoy pagando yo integramente todo, se que a partir de que heredemos legalmente ya que se ha aceptado la herencia pero no se han liquidado los impuestos de sucesiones ni plusvalia, que tampoco se si mi hermano va a poder afrontar dichos impuestos ya que carece de ingresos, y al no estar empadronado aqui ni vivir, no tendria bonificación alguna por vivienda habitual,si no tuviera para pagar los impuestos, perderia la herencia, pasando integramente a mi, y entiendo que seria yo la que tendria pagar todos los gastos como unica propietaria.gracias
03/11/2014 18:57
Si una propiedad esta a nombre de dos hermanos por igual, cada uno debe pagar su parte del 50%.
Si su hermano se niega a pagar , no es problema de usted sino del Ayuntamiento local el cual debe de enviar los recibos a cada uno de ustedes y poder cobrar el IBI. Lo mismo con la comunidad.
03/11/2014 18:58
¿Cobrar esa deuda? Lamentablemente no hay soluciones mágicas.

¿Perder la herencia? Puede renunciar él en favor del otro hermano.
Deudas dentro de una propiedad | PorticoLegal
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30/10/2014 17:02
Mi hermano y yo somos propietarios de un piso, solo vivo yo, acarreando con todos los gastos en su totalidad. No me paga absolutamente nada de comunidad ni de IBI,tampoco de mantenimiento, mi pregunta es si puedo embargarle ese dinero que me debe en forma de patrimonio, de su porcentaje de propiedad, ya que se niega en pagarme nada, querria informarme de dicho procedimiento y los gastos que me supondrian. Gracias
30/10/2014 18:41
Es extraño, los impuestos e incluso los gastos de comunidad deben ir al 50%. Tanto la Diputación como el ayuntamiento, deben girar dos recibos, la comunidad igual, si eso se lo han traslado a la administración. Pida una nota simple al Registro de la Propiedad y modificar los datos en los tres estamentos.
30/10/2014 18:57
Las deudas contraidas han sido durante el proceso de aceptacion de la herencia, que al no haber acuerdo entre las partes se ha alargado, a dia de hoy e sido yo la que e pagado todos los recibos a recomendacion de mi abogada, y sigo pagando desde el fallecimiento de mi padre, se que aun no somos propietarios al estar a la espera de liquidar el impuesto de sucesiones tras la aceptación de la herencia, serian deudas pasivas generadas por el inmueble, que dudo mucho cobrar en metalico, por eso mi pregunta, gracias.
31/10/2014 11:31
Ya que tiene abogada, lo correcto es seguir sus indicaciones, no vaya a ser que le demos opiniones contrarias y le hagamos a Ud preocuparse más.
02/11/2014 20:29
Ni la Diputación, ni el Ayuntamiento, ni la Comunidad, van a pasar los recibos fraccionados al 50 %.
02/11/2014 22:10
Ya estamos. A mi me los pasan, un piso que tengo al 50% con mi hermana. Y yo no he dado instrucciones al respecto, está así desde que se heredó y suponemos que las indicaciones las dio el notario.
03/11/2014 17:44
Ante todo agradecerles su tiempo y sus respuestas,mi duda era como cobrar esa deuda hasta el momento en el que seamos titulares ya que desde el fallecimiento estoy pagando yo integramente todo, se que a partir de que heredemos legalmente ya que se ha aceptado la herencia pero no se han liquidado los impuestos de sucesiones ni plusvalia, que tampoco se si mi hermano va a poder afrontar dichos impuestos ya que carece de ingresos, y al no estar empadronado aqui ni vivir, no tendria bonificación alguna por vivienda habitual,si no tuviera para pagar los impuestos, perderia la herencia, pasando integramente a mi, y entiendo que seria yo la que tendria pagar todos los gastos como unica propietaria.gracias
03/11/2014 18:57
Si una propiedad esta a nombre de dos hermanos por igual, cada uno debe pagar su parte del 50%.
Si su hermano se niega a pagar , no es problema de usted sino del Ayuntamiento local el cual debe de enviar los recibos a cada uno de ustedes y poder cobrar el IBI. Lo mismo con la comunidad.
03/11/2014 18:58
¿Cobrar esa deuda? Lamentablemente no hay soluciones mágicas.

¿Perder la herencia? Puede renunciar él en favor del otro hermano.