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Horarios calefacción

4 Comentarios
 
Horarios calefacción
20/11/2014 13:02
Buenos días:
En mi comunidad de vecinos tenemos una caldera comunitaria de gasoleo y cada vivienda dispone de un contador de consumo individual, a pesar de lo cual, la comunidad ha decidido restringir el horario de uso de la calefacción, de modo que, a ciertas horas, la caldera está apagada. Está decisión se tomó por votación en una junta y la justifican diciendo que, si la caldera está encendida las 24 hora del día, el gasto derivado de calentar las tuberías comunes hasta la entrada de cada piso, se dispara. La diferencia de gasto entre el horario restrictivo y un horario de 24 horas no se conoce y por tanto la votación de los vecinos se ha realizado sin disponer de datos en los que apoyarse.
Quisiera saber si es legal hacer esto cuando se dispone de contadores individuales y, por tanto, cada vecino paga lo que consume.
Muchas gracias.
Un saludo.
21/11/2014 08:24
Lo expuesto en el hilo, me parece muy importante, mi situacion es semejante. Por favor que alguien informe.
Gracias.
21/11/2014 16:57
Habría que ver si hay algo especificado en la escritura de división horizontal.
En principio, al ser un servicio común, estimo que es necesaria la unanimidad para hacer la restricción. Lo mismo ocurriría con el ascensor, bomba de agua, etc.
La cuestión, es si el o los que han votado en contra de la restricción, han procedido a impugnar el acuerdo. Supongo que ese punto estaría incluido en el orden del día y si fue incluido a petición de algún o algunos propietarios.
22/11/2014 09:57
El problema es que yo mismo, por desconocimiento, voté a favor del horario restrictivo que me pareció menos malo y que, ahora mismo, es el que está en vigor. Nadie de los asistentes a la reunión impugnó la decisión y todos votaron a favor de uno de los horarios propuestos.
De todos modos, si a pesar de esto, aún puedo impugnar esta decisión, ¿de qué manera debería proceder? La comunidad la lleva una empresa administradora.
Gracias
23/11/2014 09:59
El problema, a mi entender, es que la ley de la propiedad horizontal, tiene que ser revisada y mudada en lo necesario atraves de la ciudadania.
Enh mi caso concreto, vivo en un bajo, poco soleado, con un garaje debajo.
Lojicamente mis necesidades de calefacion son mayores que las de viviendas mas arriba, mas soleadas y compartiendo paredes y suelos con temperaturas semejantes.
Llevo años proponiendo que se coloquen medidores de calefacion, y la comunidad lleva años negandose.
E pedido que me desconecten del sistema de calefacion y mi eximan de los gastos del mismo, tampoco me dejan. La ley se lo permite.
Si se mide la calefacion usada, o si me dejan desconectarme de la central, yo me instalo mi propia calefacion.
En principio yo necesito, de una forma o de otra, mas calefacion que las otras viviendas y eso es problema mio, pero como el rendimiento de la instalacion centralizada es desastroso en su conjunto, 80%, saldre ganando teniendo la mia propia, con mejor rendimiento, y por supuesto mucho mas ecolojica.


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20/11/2014 13:02
Buenos días:
En mi comunidad de vecinos tenemos una caldera comunitaria de gasoleo y cada vivienda dispone de un contador de consumo individual, a pesar de lo cual, la comunidad ha decidido restringir el horario de uso de la calefacción, de modo que, a ciertas horas, la caldera está apagada. Está decisión se tomó por votación en una junta y la justifican diciendo que, si la caldera está encendida las 24 hora del día, el gasto derivado de calentar las tuberías comunes hasta la entrada de cada piso, se dispara. La diferencia de gasto entre el horario restrictivo y un horario de 24 horas no se conoce y por tanto la votación de los vecinos se ha realizado sin disponer de datos en los que apoyarse.
Quisiera saber si es legal hacer esto cuando se dispone de contadores individuales y, por tanto, cada vecino paga lo que consume.
Muchas gracias.
Un saludo.
21/11/2014 08:24
Lo expuesto en el hilo, me parece muy importante, mi situacion es semejante. Por favor que alguien informe.
Gracias.
21/11/2014 16:57
Habría que ver si hay algo especificado en la escritura de división horizontal.
En principio, al ser un servicio común, estimo que es necesaria la unanimidad para hacer la restricción. Lo mismo ocurriría con el ascensor, bomba de agua, etc.
La cuestión, es si el o los que han votado en contra de la restricción, han procedido a impugnar el acuerdo. Supongo que ese punto estaría incluido en el orden del día y si fue incluido a petición de algún o algunos propietarios.
22/11/2014 09:57
El problema es que yo mismo, por desconocimiento, voté a favor del horario restrictivo que me pareció menos malo y que, ahora mismo, es el que está en vigor. Nadie de los asistentes a la reunión impugnó la decisión y todos votaron a favor de uno de los horarios propuestos.
De todos modos, si a pesar de esto, aún puedo impugnar esta decisión, ¿de qué manera debería proceder? La comunidad la lleva una empresa administradora.
Gracias
23/11/2014 09:59
El problema, a mi entender, es que la ley de la propiedad horizontal, tiene que ser revisada y mudada en lo necesario atraves de la ciudadania.
Enh mi caso concreto, vivo en un bajo, poco soleado, con un garaje debajo.
Lojicamente mis necesidades de calefacion son mayores que las de viviendas mas arriba, mas soleadas y compartiendo paredes y suelos con temperaturas semejantes.
Llevo años proponiendo que se coloquen medidores de calefacion, y la comunidad lleva años negandose.
E pedido que me desconecten del sistema de calefacion y mi eximan de los gastos del mismo, tampoco me dejan. La ley se lo permite.
Si se mide la calefacion usada, o si me dejan desconectarme de la central, yo me instalo mi propia calefacion.
En principio yo necesito, de una forma o de otra, mas calefacion que las otras viviendas y eso es problema mio, pero como el rendimiento de la instalacion centralizada es desastroso en su conjunto, 80%, saldre ganando teniendo la mia propia, con mejor rendimiento, y por supuesto mucho mas ecolojica.