En mi comunidad, tenemos un administrador que es un verdadero CAPO MAFIOSO, aquí se hace lo que el dice, como y cuando. Hace tiempo se aprobó por mayoría su despido, bueno ya se las ingenia para que esto no ocurra, el caso es que fui la promotora de esto en 2012. A fecha de hoy aun está aquí en todas las reuniones Extras u Ordin. ya se las ingenia tanto si asisto como si no para sacar mi nombre en las actas siempre con desprestigios a mi persona. La pregunta es puede mencionar mi nombre en las actas o por contrario tiene que hacer mención al numero de pta. por lo de la Ley de Protección de datos.
Cuando se aprobó el despido, se debió también aprobar la contratación de nuevo administrador. Debe advertir a los demás propietarios, que si su nombre vuelve a aparecer en el acta, de forma indebida, actuará judicialmente contra todos los presentes que no se opongan a ello.
El hecho de que en un acta se escriba algo del tipo "....don Pepito Pérez, propietario del piso 3º A...." no vulnera la LPH. Ahora bien, el problema real es que se aprobó el despido del administrador pero éste no se ha llevado a efecto. Deberían haber contratado otro administrador, o asumir esas funciones el presidente, requiriendo la documentación al antiguo y, evidentemente, no dejarle participar en más juntas.