tengo intencion de adquirir una vivienda situada en un bajo en cuyo anuncio afirman que el patio/jardin es de uso y disfrute exclusivo del propietario del bajo. El patio/jardin linda con otros dos jardines (a izquierda y derecha) de sendos pisos bajos en el mismo regimen que el mio y con un solar diafano al frente.
Mi duda es: - ¿Que problemas puede acarrear el hecho de que no sea de mi propiedad y sea solo en regimen de "uso y disfrute"? - ¿Podria la comunidad realizar la apertura de un acceso en cualquiera de los jardines para comunicarlos y convertirse de este modo en una especie de jardin comun? - ¿Si decidieran, por ejemplo, instalar un deposito de combustible para la calefaccion, podrian instalarlo en mi patio/jardin? - ¿Si el dueño del solar de enfrente decidiera construir, tendria que dejar algun espacio entre la nueva edificacion y mi patio/jardin o podria construir hasta mi jardin?
Cualquier sugerencia a nivel de la redaccion del contrato para evitar futuros problemas, seria de gran ayuda.
si tienes el derecho de uso y disfrute, no pueden alterarlo
el dueño del solar de enfrente ha de construir adaptándose a la normativa, pero eso tiene relación con el planeamiento y no con el patio y su propiedad, y mucho menos con los derechos de uso y disfrute de ese patio