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terrazas ¿elemento comun o pirvativo?

6 Comentarios
 
Terrazas ¿elemento comun o pirvativo?
04/11/2009 10:34
Buenos días,
me surje una duda en cuanto a las terrazas si son comunes o no. toda mi terraza es comun?mo tan solo la fachada la barandilla y lo que se vea desde fuera?
Se puede por tanto colocar el mueble que de la gana ( lavadora) en mi terraza siempre y cuando no se vea desde fuera ?
Saludos
05/11/2009 07:41
Las terrazas son elementos comunes, pero de "uso privativo", en caso de incorporarse a una vivienda. El uso privativo significa conservar los elementos superficiales o vistos, tales como barandillas, solado, petos, etc. Los elementos constructivos internos o no vistos son de cargo de la comunidad.
Puede colocar muebles o elementos siempre que no perturben a los demás. Si la lavadora es totalmente silenciosa, por ejemplo, y no molesta, nadie le alegará perjuicio. La cuestión de algunas instalaciones es que emiten ruidos molestos. S.m.c.
05/11/2009 10:45
Gracias vio. Pero me queda entonces la duda de si es un elemento comun, yo no podre hacer modificaciones en el, aunque sea de uso privativo no??. En cuanto a ruidos no hay probleme porque nos los hace y desde la calle no se ve nada pero me dice la administradora que al ser comun necesito permiso de la comunidad.
Podrias por favor aclarame un poco mas eso??
En los estatutos dice que son elementos comunes las terrazas del ultimo piso y las cubiertas y que no se puede colocar ningun mueble en las terrazas.
Saludos y gracias
05/11/2009 15:18
Si dicen los estatutos que no se puede colocar muebles (con carácter fijo), en la terraza mejor pedirlo a la comunidad, pero en verano sacar una mesa y sillas, de las plegables o de verano, no pueden prohibirlo.
05/11/2009 21:28
La cosa es que los estaturos enumeran lo que es elemento comun y dice terrazas del 8º piso y cubiertas ( mi casa es un 5º).Los estatutos dicen ademas que no se pueden colocar muebles de ningun tipo en pasillos, rellanos,portal, terrazas y demas elementos comunes( por lo que entiendo que aqui se esta refiriendo a lo que anteriormente se ha definido como elementos comunes, ya que dice y DEMAS elementos comunes). Por lo que entiendo que no tengo porque quitar la lavadara que ya esta puesta y no hace ruido ni se ve.
Tu crees que podrian obligarme a quitarla??? y para ello tendrian que denunciarme con el consentimiento de la mayoria?? ya que tan solo una vecina se queja al resto le da igual.

Gracias Vio
05/11/2009 22:41
Por lo que dicen los estatutos se refieren a elementos comunes de "uso común o general", pero no puede referirse a los de" uso privativo", pues uno puede colocar una silla o hamaca para tomar el sol en la puerta de salida a su terraza, y en nada interfiere con el uso "Comunitario". Su vecina no puede tener éxito.
11/11/2009 09:29
Si no entiendo mal, tu terraza es como un "balcón", me explico, yo tengo una terraza delantera que da a la calle, a la que accedo desde el comedor, y alli cada uno pone lo que quiere, algunos incluso la han cerrado, y la trasera es "patio de luces" y solo la tenemos los primeros y aticos.
Esa terraza delantera la tenemos como privativa, está incorporada a la vivienda.
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Terrazas ¿elemento comun o pirvativo?
04/11/2009 10:34
Buenos días,
me surje una duda en cuanto a las terrazas si son comunes o no. toda mi terraza es comun?mo tan solo la fachada la barandilla y lo que se vea desde fuera?
Se puede por tanto colocar el mueble que de la gana ( lavadora) en mi terraza siempre y cuando no se vea desde fuera ?
Saludos
05/11/2009 07:41
Las terrazas son elementos comunes, pero de "uso privativo", en caso de incorporarse a una vivienda. El uso privativo significa conservar los elementos superficiales o vistos, tales como barandillas, solado, petos, etc. Los elementos constructivos internos o no vistos son de cargo de la comunidad.
Puede colocar muebles o elementos siempre que no perturben a los demás. Si la lavadora es totalmente silenciosa, por ejemplo, y no molesta, nadie le alegará perjuicio. La cuestión de algunas instalaciones es que emiten ruidos molestos. S.m.c.
05/11/2009 10:45
Gracias vio. Pero me queda entonces la duda de si es un elemento comun, yo no podre hacer modificaciones en el, aunque sea de uso privativo no??. En cuanto a ruidos no hay probleme porque nos los hace y desde la calle no se ve nada pero me dice la administradora que al ser comun necesito permiso de la comunidad.
Podrias por favor aclarame un poco mas eso??
En los estatutos dice que son elementos comunes las terrazas del ultimo piso y las cubiertas y que no se puede colocar ningun mueble en las terrazas.
Saludos y gracias
05/11/2009 15:18
Si dicen los estatutos que no se puede colocar muebles (con carácter fijo), en la terraza mejor pedirlo a la comunidad, pero en verano sacar una mesa y sillas, de las plegables o de verano, no pueden prohibirlo.
05/11/2009 21:28
La cosa es que los estaturos enumeran lo que es elemento comun y dice terrazas del 8º piso y cubiertas ( mi casa es un 5º).Los estatutos dicen ademas que no se pueden colocar muebles de ningun tipo en pasillos, rellanos,portal, terrazas y demas elementos comunes( por lo que entiendo que aqui se esta refiriendo a lo que anteriormente se ha definido como elementos comunes, ya que dice y DEMAS elementos comunes). Por lo que entiendo que no tengo porque quitar la lavadara que ya esta puesta y no hace ruido ni se ve.
Tu crees que podrian obligarme a quitarla??? y para ello tendrian que denunciarme con el consentimiento de la mayoria?? ya que tan solo una vecina se queja al resto le da igual.

Gracias Vio
05/11/2009 22:41
Por lo que dicen los estatutos se refieren a elementos comunes de "uso común o general", pero no puede referirse a los de" uso privativo", pues uno puede colocar una silla o hamaca para tomar el sol en la puerta de salida a su terraza, y en nada interfiere con el uso "Comunitario". Su vecina no puede tener éxito.
11/11/2009 09:29
Si no entiendo mal, tu terraza es como un "balcón", me explico, yo tengo una terraza delantera que da a la calle, a la que accedo desde el comedor, y alli cada uno pone lo que quiere, algunos incluso la han cerrado, y la trasera es "patio de luces" y solo la tenemos los primeros y aticos.
Esa terraza delantera la tenemos como privativa, está incorporada a la vivienda.