FORO DE PROPIEDAD HORIZONTAL
Bienvenid@   Iniciar sesión - Darse de alta
Foros Legales
     Propiedad Horizontal
              ¿se pueden añadir radiadores?
¿Necesita un abogado especialista en Propiedad Horizontal?
Autor:  peritocaligrafo Fecha: 27/08/2010
Tema: ¿se pueden añadir radiadores?
Buenas noches, algunos pisos de un edificio han sido adquiridos y han hecho obras en ellos, de modo que ahora tienen también más elementos de calefacción que el resto de vecinos antiguos. Siendo la calefacción común, ¿como hemos de hacer para que paguen en proporción a su aumento? muchisimas gracias por adelantado. Yo creo que es injustoq ue ellos tengasn mayor consumo y paguen igualq ue los otros.

Autor:  peritocaligrafo Fecha: 29/08/2010
De momento se paga todo a iguales, pero por ejemplo, los del último piso apenas notan calor y además tienen un piso con una habitación menos. ¿Como se calcula también eso? muchísimas gracias pr adelantado.

Sr moderador, por favor no borre este mensaje.

Autor: Acriton Fecha: 29/08/2010
En principio los pisos deberán pagar según su coeficiente, no obstante los pisos que han aumentado el numero de radiadores iniciales, deberá la Comunidad pasarles un extra llevando el asunto a Junta General.
Por otro lado, ese aumento de radiadores podría no estar de acuerdo con la capacidad de la caldera comunitaria.

Autor: Vio Fecha: 29/08/2010
Todos los radiadores, tipos y marcas tienen especificado por los fabrcantes el consumo calórico de cada elemento. Un técnico experto determinará los consumos en calorias y podrán afactuar el reparto de gastos en proporción a las respectivas capacidades.
El adminsitrador revisará anualmente ls posibles modficaciones en los elementos.

Autor:  peritocaligrafo Fecha: 31/08/2010
Muchas gracias por vuestras respuestas. ¿Quien tiene que proponer la intervención de un técnico? me refiero a que si lo podemos perdir al administrador sin más o hay que convocar una junta extraordinaria como orden del dia, etc. gracias de nuevo.

Autor: Vio Fecha: 31/08/2010
Es un acto de administración de modo que lo puede hacer directamente el addor. Se trata de repartir un gasto de modo lógico y técnico.
El reparto se incluirá en la cuenta de gastos y si alguien impugna peor para él.

Autor:  peritocaligrafo Fecha: 02/09/2010
Muchísimas gracias, vio.


Para poder enviar mensajes al foro es imprescindible estar dado de alta como usuario registrado

Iniciar sesión - Darse de alta


Bufetes de abogados especialistas en Derecho Propiedad Horizontal:

Joan CERDÀ SUBIRACHS  (IBIZA, Baleares) Ver ficha
Soluciones jurídicas a cualquier situación relacionada con el Derecho de Familia
Miguel CERDÓ FERNÁNDEZ  (PALMA DE MALLORCA, Baleares) Ver ficha
Propiedad Horizontal, Derecho Civil y Penal
Mario GARCIA-OLIVA   (SANTANDER, Cantabria) Ver ficha
La filosofía de trabajo de GARCIA-OLIVA & Abogados está basada en la transparencia, calidad y honestidad.
Susana GONZÁLEZ OLMEDA  (MADRID) Ver ficha
Derecho propiedad horizontal, derecho inmobiliario, de la construcción, urbanismo, medio ambiente, administrativo.
Pedro MARTÍNEZ COLLADO  (SAN VICENTE DEL RASPEIG, Alicante) Ver ficha
Sergio GIL-GIBERNAU MARINE  (LOGROÑO, La Rioja) Ver ficha
Cristina ACCARINO GARAVENTA  (BARCELONA) Ver ficha



Portada  ·  Mapa del web  ·  Bases de Datos  ·  Abogados  ·  Foros   
Legislación  ·  Suscripción Boletín  ·  Areas Legales  ·  Búsqueda de Profesionales   
 
©2001 PORTICO LEGAL S.L.      Aviso legal   Publicidad   Como contactar con nosotros
Foros Legales