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No entiendo un parrafo de una escritura

2 Comentarios
 
No entiendo un parrafo de una escritura
29/12/2004 16:30
Desearía que alguien de Ustedes me explique este párrafo que viene en mi escritura de compraventa:

“Yo, el notario advierto al adquiriente que la finca queda afecta al pago de los gastos de comunidad vencidos de la anualidad corriente y del año natural inmediatamente anterior y al transmitente de la obligación legal de comunicar el cambio de titularidad de la finca al Secretario de la Junta de Propietarios, así como de que en el caso de omisión será solidariamente responsable con el adquiriente de las deudas con la comunidad posteriores a la presente transmisión”.

Yo entiendo, que si compras un piso por ejemplo en febrero del 2004, esta libre de pagar los gastos de comunidad durante todo el 2004 y los gastos comunitarios del 2003. Y que si por error en la comunicación al Secretario de la compraventa de la mencionada vivienda, es decir si da por error los datos de otro piso o cualquier otra incidencia, el vendedor es el responsable legal de los gastos ocasionados por ese error en años posteriores, por ejemplo en el 2005 o 2006.

Ruego que alguno de Ustedes me lo explique porque estoy confusa y no me cuadra mi razonamiento.

Feliz Navidad y Próspero año nuevo a todos

Fina Rubio
29/12/2004 19:30
QUe responde el comprador de los gastos del año anterior a la compra de la escritura y del actual, y al que vende la obligación de comunicarle la venta al secretario de la comunidad que si no lo hace y usted no paga la comunidad el se solidario con usted en ese pago, o sea que se lo pueden reclamar aunque ya no sea propietario.
Feliz Navidad.
29/12/2004 19:46
Anda que iba yo encaminada con mi razonamiento, aunque en parte no me he equivocado, pensando que el vendedor se hace cargo de los errores en la comunicación al Secretario.

Lo que no entiendo es porqué el vendedor se tiene que solidarizar con el comprador, si éste último se niega a pagar la comunidad, o parte de ella. Si el vendedor ya no pinta nada allí. ¿Existe vacío legal en este aspecto?
En todo caso pienso que el comprador es el que tiene que cubrir con los gastos de la comunidad.

Por este razonamiento, ¿que ocurriría si yo me niego a pagar mi comunidad, o parte de ella? ¿Es el antiguo propietario el que tiene que pagar por mi?

Justa, muchas gracias por su respuesta, y Feliz año nuevo

Fina rubio
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No entiendo un parrafo de una escritura

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No entiendo un parrafo de una escritura
29/12/2004 16:30
Desearía que alguien de Ustedes me explique este párrafo que viene en mi escritura de compraventa:

“Yo, el notario advierto al adquiriente que la finca queda afecta al pago de los gastos de comunidad vencidos de la anualidad corriente y del año natural inmediatamente anterior y al transmitente de la obligación legal de comunicar el cambio de titularidad de la finca al Secretario de la Junta de Propietarios, así como de que en el caso de omisión será solidariamente responsable con el adquiriente de las deudas con la comunidad posteriores a la presente transmisión”.

Yo entiendo, que si compras un piso por ejemplo en febrero del 2004, esta libre de pagar los gastos de comunidad durante todo el 2004 y los gastos comunitarios del 2003. Y que si por error en la comunicación al Secretario de la compraventa de la mencionada vivienda, es decir si da por error los datos de otro piso o cualquier otra incidencia, el vendedor es el responsable legal de los gastos ocasionados por ese error en años posteriores, por ejemplo en el 2005 o 2006.

Ruego que alguno de Ustedes me lo explique porque estoy confusa y no me cuadra mi razonamiento.

Feliz Navidad y Próspero año nuevo a todos

Fina Rubio
29/12/2004 19:30
QUe responde el comprador de los gastos del año anterior a la compra de la escritura y del actual, y al que vende la obligación de comunicarle la venta al secretario de la comunidad que si no lo hace y usted no paga la comunidad el se solidario con usted en ese pago, o sea que se lo pueden reclamar aunque ya no sea propietario.
Feliz Navidad.
29/12/2004 19:46
Anda que iba yo encaminada con mi razonamiento, aunque en parte no me he equivocado, pensando que el vendedor se hace cargo de los errores en la comunicación al Secretario.

Lo que no entiendo es porqué el vendedor se tiene que solidarizar con el comprador, si éste último se niega a pagar la comunidad, o parte de ella. Si el vendedor ya no pinta nada allí. ¿Existe vacío legal en este aspecto?
En todo caso pienso que el comprador es el que tiene que cubrir con los gastos de la comunidad.

Por este razonamiento, ¿que ocurriría si yo me niego a pagar mi comunidad, o parte de ella? ¿Es el antiguo propietario el que tiene que pagar por mi?

Justa, muchas gracias por su respuesta, y Feliz año nuevo

Fina rubio