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como registrar unas recetas de cocina

9 Comentarios
 
Como registrar unas recetas de cocina
29/07/2007 19:21
Hola una amiga me pregunto si podia averiguarla como registrar unas recetas de cocina para que no se las copiaran,entoncesdesconozco este area legal,por favor ayuda,gracias
05/04/2008 17:02
Hola,

Sólo los derechos de propiedad intelectual relativos a las obras pueden inscribirse en le registro de propiedad intelectual. Están consideradas como obras las creaciones originales intelectuales de un ser humano. Lo que se protege es la forma de expresión (por ej: el estilo) y no la idea.
Las recetas, en si misma, no son obras pero meras ideas. Lo que podrías proteger es la forma de expresión para explicar el desarrollo de la receta. Por lo tanto, tu amiga no podrá registrar su receta de cocina en el registro de propiedad intelectual...

Saludo,
13/04/2008 19:03
muchisimas gracias y luego una pregunta es que esta amiga mia saco algunos datos de algun foro de recetas de cocina,me imagino la opinion vertida en los foros seria intelectualmente de los participantes de dicho foro,¿no?;
un saludo y muchisimas gracias.
13/04/2008 19:34
holaaa mira respecto a los datos si se refieren a recetas, estas seran intelectualmente del autor ya que se consideran obras de acuerdo al Art. 10 de la Ley de Propiedad Intelectual que señala lo siguiente:

Artículo 10. Obras y Títulos originales.
1. Son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro, comprendiéndose entre ellas:
Los libros, folletos, impresos, epistolarios, escritos, discursos y alocuciones, conferencias, informes forenses, explicaciones de cátedra y cualesquiera otras obras de la misma naturaleza.

Y para eso si requeririas la autorización de los mismos. Pero ahora que si es una mera opinión respecto a si es buena la receta o no, creo que eso no es trascendental.

Espero te sirva :P
13/04/2008 20:58
espero no haberme expresado mal pero tal como plantea Lerkitep las recetas no son obras en sí, pero el derecho de autor si protege la forma en que se redactan las mismas

salu2!!!
17/04/2008 18:58
Buenas,

una receta de cocina se puede registrar de diferentes formas, o ante el registro de la propiedad intelectual, de este modo obtendremos protección únicamente sobre la redacción del texto y la manera de explicar cómo se llega a la receta final, se registraría como obra literaria.

Pero las recetas en sí se protegen como PATENTE QUÍMICA ante, en España, la Oficina Española de Patentes y Marcas, para ello, lógicamente, se requieren unos requisitos como los de la novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.

Si está ya patentada la receta puede hacerse una ampliación de los ingredientes y de su composición, siempre y cuando contemos con la autorización del inventor inicial.

Espero haberos ayudado.

Si te interesa, viniendo de parte de porticolegal te atiendo gratuitamente en mi despacho de Barcelona o Madrid o bien telefónicamente o vía mail,

sin compromiso alguno,

un saludo

PABLO CASTELLS
93 418 94 33
abogado
especialista en propiedad intelectual e industrial
consulta@asesoriajuridicadelasartes.com
WWW.ASESORIAJURIDICADELASARTES.COM
22/04/2008 17:43
hola soy sushi chef desarrolle una carta nueva todos los platos son de mi creacion ahora tengo un despido injusto y no quiero dejar mi carta a este restaurant que puedo hacer para legalmente proibir este abuzo ? si alguien me puede ayudar se lo agredeceria mucho
22/04/2008 18:19
Sebas,

en principio si estabas a nómina tu creación y propiedad intelectual es a cargo de la empresa, aunque si no te contrataron exactamente para que hagas la carta, podemos requerirles legalmente para que te la devuelvan o que te indemnicen por ello,


Si te interesa, viniendo de parte de porticolegal te atiendo gratuitamente en mi despacho de Barcelona o Madrid o bien telefónicamente o vía mail,

sin compromiso alguno,

un saludo

PABLO CASTELLS
93 418 94 33
abogado
especialista en propiedad intelectual e industrial
consulta@asesoriajuridicadelasartes.com
WWW.ASESORIAJURIDICADELASARTES.COM
23/04/2008 16:19
Como afirma el abogado Pablo Castells desde mi punto de vista pudieras reclamar legalmente la autoría de la carta y requerirles e incluso instarles a la cesación en el uso de la misma, ya que considero que dentro de las funciones de un cheff no esta el elaborar una carta, salvo pacto en contrario.

Lo anterior con fundamento en el Art.51 LPI

Artículo 51. Transmisión de los derechos del autor asalariado.

1. La transmisión al empresario de los derechos de explotación de la obra creada en virtud de una relación laboral se regirá por lo pactado en el contrato, debiendo éste realizarse por escrito.


2. A falta de pacto escrito, se presumirá que los derechos de explotación han sido cedidos en exclusiva y con el alcance necesario para el ejercicio de la actividad habitual del empresario en el momento de la entrega de la obra realizada en virtud de dicha relación laboral.


Aunque esto lo haran siempre y cuando utilicen la carta con la misma redacción, acomodo en platillos y demas cosas que pudieran darle originalidad a la misma, el problema aqui pudiera ser que se hicieran variaciones sustanciales que llevaran a que no se considerara que es esta una carta diferente y por tanto si la pudieran utilizar.
Salu2
23/04/2008 19:16
ok gracias !!! ya me vale con que tengan que cambiar que sea los nombres de los platos en dicha carta slu2 kikotronic y pablo
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Como registrar unas recetas de cocina
29/07/2007 19:21
Hola una amiga me pregunto si podia averiguarla como registrar unas recetas de cocina para que no se las copiaran,entoncesdesconozco este area legal,por favor ayuda,gracias
05/04/2008 17:02
Hola,

Sólo los derechos de propiedad intelectual relativos a las obras pueden inscribirse en le registro de propiedad intelectual. Están consideradas como obras las creaciones originales intelectuales de un ser humano. Lo que se protege es la forma de expresión (por ej: el estilo) y no la idea.
Las recetas, en si misma, no son obras pero meras ideas. Lo que podrías proteger es la forma de expresión para explicar el desarrollo de la receta. Por lo tanto, tu amiga no podrá registrar su receta de cocina en el registro de propiedad intelectual...

Saludo,
13/04/2008 19:03
muchisimas gracias y luego una pregunta es que esta amiga mia saco algunos datos de algun foro de recetas de cocina,me imagino la opinion vertida en los foros seria intelectualmente de los participantes de dicho foro,¿no?;
un saludo y muchisimas gracias.
13/04/2008 19:34
holaaa mira respecto a los datos si se refieren a recetas, estas seran intelectualmente del autor ya que se consideran obras de acuerdo al Art. 10 de la Ley de Propiedad Intelectual que señala lo siguiente:

Artículo 10. Obras y Títulos originales.
1. Son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro, comprendiéndose entre ellas:
Los libros, folletos, impresos, epistolarios, escritos, discursos y alocuciones, conferencias, informes forenses, explicaciones de cátedra y cualesquiera otras obras de la misma naturaleza.

Y para eso si requeririas la autorización de los mismos. Pero ahora que si es una mera opinión respecto a si es buena la receta o no, creo que eso no es trascendental.

Espero te sirva :P
13/04/2008 20:58
espero no haberme expresado mal pero tal como plantea Lerkitep las recetas no son obras en sí, pero el derecho de autor si protege la forma en que se redactan las mismas

salu2!!!
17/04/2008 18:58
Buenas,

una receta de cocina se puede registrar de diferentes formas, o ante el registro de la propiedad intelectual, de este modo obtendremos protección únicamente sobre la redacción del texto y la manera de explicar cómo se llega a la receta final, se registraría como obra literaria.

Pero las recetas en sí se protegen como PATENTE QUÍMICA ante, en España, la Oficina Española de Patentes y Marcas, para ello, lógicamente, se requieren unos requisitos como los de la novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.

Si está ya patentada la receta puede hacerse una ampliación de los ingredientes y de su composición, siempre y cuando contemos con la autorización del inventor inicial.

Espero haberos ayudado.

Si te interesa, viniendo de parte de porticolegal te atiendo gratuitamente en mi despacho de Barcelona o Madrid o bien telefónicamente o vía mail,

sin compromiso alguno,

un saludo

PABLO CASTELLS
93 418 94 33
abogado
especialista en propiedad intelectual e industrial
consulta@asesoriajuridicadelasartes.com
WWW.ASESORIAJURIDICADELASARTES.COM
22/04/2008 17:43
hola soy sushi chef desarrolle una carta nueva todos los platos son de mi creacion ahora tengo un despido injusto y no quiero dejar mi carta a este restaurant que puedo hacer para legalmente proibir este abuzo ? si alguien me puede ayudar se lo agredeceria mucho
22/04/2008 18:19
Sebas,

en principio si estabas a nómina tu creación y propiedad intelectual es a cargo de la empresa, aunque si no te contrataron exactamente para que hagas la carta, podemos requerirles legalmente para que te la devuelvan o que te indemnicen por ello,


Si te interesa, viniendo de parte de porticolegal te atiendo gratuitamente en mi despacho de Barcelona o Madrid o bien telefónicamente o vía mail,

sin compromiso alguno,

un saludo

PABLO CASTELLS
93 418 94 33
abogado
especialista en propiedad intelectual e industrial
consulta@asesoriajuridicadelasartes.com
WWW.ASESORIAJURIDICADELASARTES.COM
23/04/2008 16:19
Como afirma el abogado Pablo Castells desde mi punto de vista pudieras reclamar legalmente la autoría de la carta y requerirles e incluso instarles a la cesación en el uso de la misma, ya que considero que dentro de las funciones de un cheff no esta el elaborar una carta, salvo pacto en contrario.

Lo anterior con fundamento en el Art.51 LPI

Artículo 51. Transmisión de los derechos del autor asalariado.

1. La transmisión al empresario de los derechos de explotación de la obra creada en virtud de una relación laboral se regirá por lo pactado en el contrato, debiendo éste realizarse por escrito.


2. A falta de pacto escrito, se presumirá que los derechos de explotación han sido cedidos en exclusiva y con el alcance necesario para el ejercicio de la actividad habitual del empresario en el momento de la entrega de la obra realizada en virtud de dicha relación laboral.


Aunque esto lo haran siempre y cuando utilicen la carta con la misma redacción, acomodo en platillos y demas cosas que pudieran darle originalidad a la misma, el problema aqui pudiera ser que se hicieran variaciones sustanciales que llevaran a que no se considerara que es esta una carta diferente y por tanto si la pudieran utilizar.
Salu2
23/04/2008 19:16
ok gracias !!! ya me vale con que tengan que cambiar que sea los nombres de los platos en dicha carta slu2 kikotronic y pablo