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Entiendo que la SGAE cobre a una discoteca por poner música. Tengo pocas dudas al respecto. La música es “el alma mater del negocio”.
Pero lo que no entiendo es que le cobren al peluquero.
Pero mi duda es más magufa, e imagino que incurre en un error lógico que se me escapa.
Me digo: Si la SGAE cobra a un peluquero por “el ruido de fondo”, ¿qué impide a un arquitecto cobrar/exigir derechos cada vez reproducen un edificio suyo en una imagen (en un telediario, en una postal, en una película, etc)?
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