|
Si, por supuesto que debes declararlo. Además, aunque desconozco cual es la actividad que desarrollas en el blog, supongo que estará sujeto a iva. Por otro lado, la declaración a la que te refieres es la de peraciones superiores a 3000 euros (mod 347) , pero esas operaciones deben efectuarse con una sola persona o entidad. Un saludo |