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2 atestados para un mismo accidente

4 Comentarios
 
2 atestados para un mismo accidente
08/11/2005 14:11
Se trata de un accidente múltiple. Acude la pareja de la Guardia Civil y levantan las correspondientes Diligencias a Prevención, donde no se establece claramente la causa del accidente, ni el culpable del mismo. A continuación, el equipo técnico elabora el correspondiente atestado, donde ya sí que se culpa en concreto a uno de los intervinientes en el accidente.

Al final, como sule ocurrir en estos casos, el tema llegará a juicio. Mi pregunta es ¿cuál de los dos documentos tendrá mayor valor: las Diligencias a Prevención, por su inmediatez, o el Atestado propiamente dicho, por estar elaborado por técnicos en la materia?¿Qué documento debe prevalecer sobre el otro puesto que se llegan a soluciones diferentes según se tome en cuenta uno u otro?

Muchas gracias por sus opiniones y/o experiencia.
08/11/2005 21:53
El documento que remitirá la Agrupación de Tráfico de la GC al juzgado de instrucción será el atestado, no las diligencias a prevención, que simplemente son una toma de notas rápida para su posterior confección correcta, total y definitiva en el Destacamento correspondiente (la base del equipo de Atestados e Informes).

Salvo mejor opinión ...
08/11/2005 22:16
Estoy de acuerdo con DP (alguna vez coincidimos en las opiniones); en las diligencias a prevención se toman los datos básicos del accidente, se realiza la inspección ocular, se toman medidas, se realiza un croquis a mano alzada; una vez ya en las dependencias se realiza el atestado en base a lo observado en el lugar del accidente, tomando como base (valga la redundancia) las diligencias a prevención realizadas en primera instancia; lo que yo no veo lógico es que ambos documentos sean, en su fondo, diferentes.- Saludos.-
08/11/2005 22:39
En primer lugar, muchas gracias por vuestras respuestas.

Intentaré aclarar algo más, si es que lo consigo... No es infrecuente que en las Diligencias a Prevención, la pareja de la Guardia Civil que acude al lugar de los hechos no aclaren demasiado lo que respecta al punto de "culpable" del accidente, sobre todo si es un accidente múltiple, donde todos sabemos que es algo complicado dictaminar y pronunciarse con respecto a la culpabilidad (por aquello de "yo ya estba parado cuando me golpeó el de atrás y esto hizo que yo golpease al de delante...", y expresiones por el estilo).

Las Diligencias a Prevención dictaminan como causa aspectos generales: distancia de seguridad, atención a la conduciión..., pero no acusa a nadie en particular. El atestado, en cambio sí lo hace y dictamina que el culpable del accidente es el primero de los vehículos que invade el carril contrario en la autovía.

Total, el problema está en que en el Juzgado está el Atestado, como muy bine apunta DP, pero la compañía del primer vehículo ha conseguido las Diligencias a Prevención y entonces se aferran a ellas para "escurrir el bulto" del pago de la indemnización. Ni que decir tiene que yo soy contraparte..., y entonces me conviene más el Atestado en cuestión.

El problema lo encuentro en que en el juicio la compañía del primer vehículo me sacará las Diligencias y quería conocer vuestras opiniones al respecto. ¿Prevaece en este caso el Atestado, por lo técnico de sus manifestaciones, o las Diligencias por la inmediación de los agentes?

Muchas gracias de nuevo.
08/11/2005 23:06
Lo lógico es que el atestado esté hecho en base a las diligencias a prevención, por lo cual es difícil que, como ya he dicho, difieran en su contenido; creo que tenemos que difirenciar entre la ficha que se levanta en el lugar del accidente, nada más ocurrir este, del informe que se pueda emitir para la compañía de seguros o del atestado; en un momento dado, entre la ficha que se levanta en el lugar del accidente y el informe para la compañía de seguros o el atestado policial, puede haber alguna diferencia porque, una vez ya en el despacho, con tranquilidad, puedes estudiar todos los factores que pueden haber concurrido, puedes determinar, de formar aproximada, las velocidades, los recorridos, las trayectorias..., y puedes ver que en lugar del accidente la percepción del mismo no ha sido la adecuada; lo que, bajo ningún concepto es lógico es que el informe a las compañías de seguros y el atestado policial sean diferentes.-
En el juicio oral, si existen diferencias entre uno y otro documento, se interrogará "a fondo" a los funcionarios que los han confeccionado al objeto de llegar a un conocimiento pleno de lo que ocurrió realmente en el momento del accidente (por lo menos esa es la teoría).- Salvo mejor opinión. Saludos.-
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08/11/2005 14:11
Se trata de un accidente múltiple. Acude la pareja de la Guardia Civil y levantan las correspondientes Diligencias a Prevención, donde no se establece claramente la causa del accidente, ni el culpable del mismo. A continuación, el equipo técnico elabora el correspondiente atestado, donde ya sí que se culpa en concreto a uno de los intervinientes en el accidente.

Al final, como sule ocurrir en estos casos, el tema llegará a juicio. Mi pregunta es ¿cuál de los dos documentos tendrá mayor valor: las Diligencias a Prevención, por su inmediatez, o el Atestado propiamente dicho, por estar elaborado por técnicos en la materia?¿Qué documento debe prevalecer sobre el otro puesto que se llegan a soluciones diferentes según se tome en cuenta uno u otro?

Muchas gracias por sus opiniones y/o experiencia.
08/11/2005 21:53
El documento que remitirá la Agrupación de Tráfico de la GC al juzgado de instrucción será el atestado, no las diligencias a prevención, que simplemente son una toma de notas rápida para su posterior confección correcta, total y definitiva en el Destacamento correspondiente (la base del equipo de Atestados e Informes).

Salvo mejor opinión ...
08/11/2005 22:16
Estoy de acuerdo con DP (alguna vez coincidimos en las opiniones); en las diligencias a prevención se toman los datos básicos del accidente, se realiza la inspección ocular, se toman medidas, se realiza un croquis a mano alzada; una vez ya en las dependencias se realiza el atestado en base a lo observado en el lugar del accidente, tomando como base (valga la redundancia) las diligencias a prevención realizadas en primera instancia; lo que yo no veo lógico es que ambos documentos sean, en su fondo, diferentes.- Saludos.-
08/11/2005 22:39
En primer lugar, muchas gracias por vuestras respuestas.

Intentaré aclarar algo más, si es que lo consigo... No es infrecuente que en las Diligencias a Prevención, la pareja de la Guardia Civil que acude al lugar de los hechos no aclaren demasiado lo que respecta al punto de "culpable" del accidente, sobre todo si es un accidente múltiple, donde todos sabemos que es algo complicado dictaminar y pronunciarse con respecto a la culpabilidad (por aquello de "yo ya estba parado cuando me golpeó el de atrás y esto hizo que yo golpease al de delante...", y expresiones por el estilo).

Las Diligencias a Prevención dictaminan como causa aspectos generales: distancia de seguridad, atención a la conduciión..., pero no acusa a nadie en particular. El atestado, en cambio sí lo hace y dictamina que el culpable del accidente es el primero de los vehículos que invade el carril contrario en la autovía.

Total, el problema está en que en el Juzgado está el Atestado, como muy bine apunta DP, pero la compañía del primer vehículo ha conseguido las Diligencias a Prevención y entonces se aferran a ellas para "escurrir el bulto" del pago de la indemnización. Ni que decir tiene que yo soy contraparte..., y entonces me conviene más el Atestado en cuestión.

El problema lo encuentro en que en el juicio la compañía del primer vehículo me sacará las Diligencias y quería conocer vuestras opiniones al respecto. ¿Prevaece en este caso el Atestado, por lo técnico de sus manifestaciones, o las Diligencias por la inmediación de los agentes?

Muchas gracias de nuevo.
08/11/2005 23:06
Lo lógico es que el atestado esté hecho en base a las diligencias a prevención, por lo cual es difícil que, como ya he dicho, difieran en su contenido; creo que tenemos que difirenciar entre la ficha que se levanta en el lugar del accidente, nada más ocurrir este, del informe que se pueda emitir para la compañía de seguros o del atestado; en un momento dado, entre la ficha que se levanta en el lugar del accidente y el informe para la compañía de seguros o el atestado policial, puede haber alguna diferencia porque, una vez ya en el despacho, con tranquilidad, puedes estudiar todos los factores que pueden haber concurrido, puedes determinar, de formar aproximada, las velocidades, los recorridos, las trayectorias..., y puedes ver que en lugar del accidente la percepción del mismo no ha sido la adecuada; lo que, bajo ningún concepto es lógico es que el informe a las compañías de seguros y el atestado policial sean diferentes.-
En el juicio oral, si existen diferencias entre uno y otro documento, se interrogará "a fondo" a los funcionarios que los han confeccionado al objeto de llegar a un conocimiento pleno de lo que ocurrió realmente en el momento del accidente (por lo menos esa es la teoría).- Salvo mejor opinión. Saludos.-