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A los 12 años de edad, ¿un hij@ puede legalmente elegir con quien quiere vivir?

34 Comentarios
Viendo 21 - 34 de 34 comentarios
23/03/2009 19:14
Minilpa,

Comprendo todo lo que dice. Realmente así puede ser.

Pero en una cosa está pero que MUY MAL INFORMADO, y documentado. Lo que tiene su hijo NO ES SAP.

No lo es ni desde la perspectiva de aquellos que lo defienden.

Un niño con el llamado SAP no odia a quién le manipula, sino al manipulado.

Pero es que lo más grave es que usted mezcla ¡tantos conceptos!. Mezcla errores judiciales, con estrategias judiciales, con incumplimientos, con mala praxis judicial, con mala utilización de la justicia, y para guinda habla del sap.

Seamos todos un poco más rigurosos, y llamemos a cada cosa por su nombre. Porque voy viendo que cada vez más se utiliza el sap como si fuera un churro recién hecho.

Su experiencia no le puede ni debe valer a nadie, al menos en cuanto a sap se refiere. Lo que si puede valer es para conocer más cosas sobre el lado oscuro de la paternidad y&o maternidad.

Créame, si su hijo Odia a su madre es por dos motivos: porque tiene motivos o porque no los tiene. Ninguno de los dos motivos son síntoma de sap alguno, salvo el de su desinformación absoluta.

Saludos.
23/03/2009 14:54
Hola a todos,
Soy un padre de un niño de 12 años que sufre de S.A.P. y que disfruto de custodia compartida,
previo acuerdo económico, (esto es para los que propagan el derecho de la igualdad) ya que los padres en contra de lo que dice la constitución no somos iguales ante la ley que las madres. Los padres somos malos padres siempre y si la madre alega que la relación con el
Padre es mala, la madre tiene ganada la custodia.
En mi caso cuando vi los síntomas del niño que están descritos en cualquier web del tema,
Le realice una peritación por un equipo de psicólogos para determinar si era una mala interpretación mía o algo mucho más serio. De dicho informe salen muchas conclusiones que la más determinante y preocupante son las que habla de ansiedad depresión y posibilidad de autolesionarse y a continuación la palabra SUICIDIO. Creo que a ningún padr@ le puede agradar leer esto. En mi caso puse en marcha el procedimiento para pedir la custodia del niño.
El niño decide no marcharse más con su madre.
Desde este momento le hacen la vida imposible, desde el colegio que le obligaban a marcharse con su madre, insistiéndole que se tenía que marchar con su madre,
La policía que se presenta en el colegio para obligarle a marcharse con su madre, (que al final no lo consiguieron).
La madre como es lógico me denuncia reiteradas veces por incumplimiento de convenio,
La primera es SOBRESEIDO sin más (en este juicio declara al Juez que el niño está circulando con un vehículo por las vías públicas siendo del todo falso) y queda pendiente a las modificaciones de medidas,
Y la segunda el Juez, amenaza al niño que si se marcha otra vez a mi me mete PRESO, estoy totalmente seguro que aquí le vulnero todos los derechos fundamentales del niño, y que el
Niño está cumpliendo con el régimen de visitas por las amenazas y coacciones de este Juez.
El día de reyes me impide darle los regalos de reyes termino en el juzgado poniéndole una denuncia. Hace escasos días me pone otra denuncia ya que el niño se fue un día las 17 horas y no a las 10:00, pues el Juez le llama la atención por utilizar la Justicia para estas chorradas.
Estamos en contacto con el fiscal de protección del menor pero los medios con los que disponen son escasos eso si, ya declaro comentando su caso y fue escuchado
También está informado el defensor del pueblo que muestra interés por su caso.
Todo esto le está fomentando el ODIO hacia su madre con unas repercusiones devastadores
Para la relación con su madre.
Quería con todo esto dar la visión del llamado SAP desde el punto de vista del niño, y que desde el momento que decide vivir conmigo, todo el mundo le cierra las puertas.
Por si vale a alguien mi experiencia.
23/03/2009 13:40
Hola Florecilla,
antes de nada me gustaría mencionar algo que muchos nos olvidamos, que son los derechos del menor, que nuestros hijos no son propiedad de ninguno de sus padres. Te enumero alguno de los derechos de los niños.
Como ayuda lo que te puedo recomendar, que le realices un informe pericial a tu hijo, que lo aportes en el proceso, el juez seguro que pide un informe al psico-social, seguro que tarda en darte hora un año a año y medio. Lo que tienes que tener claro es que si tu hijo se quiere marchar se marchara.
Tienes que decidir si prefieres que viva tranquilo y verlo todo lo que puedas o hacerle la vida imposible y que termine odiándote. Te hablo desde la experiencia y con todo la sinceridad de la que dispongo.
Aquí tienes mas información.
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/lo1-1996.t1.html#a9
* Definición de niño: se entiende por niño cualquier ser humano desde su nacimiento hasta los dieciocho años, salvo que haya alcanzado antes la mayoría de edad (Art. 1).
* Separación de los padres: es un derecho del niño vivir con sus padres, excepto cuando sea necesario en aras de su interés superior. El niño siempre tiene derecho a mantener contacto directo con ambos padres, si está separado de uno de ellos o de los dos. Corresponde al Estado responsabilizarse de ello, cuando la separación se haya producido por una acción suya (Art. 9).
* Opinión del niño: el niño tiene derecho a expresar su opinión y a que ésta se tenga en cuenta en todos los asuntos que le afecten (Art. 12).
* Libertad de expresión: cualquier niño tiene derecho a buscar, recibir y difundir información e ideas de todo tipo, siempre que no afecten al derecho de otros (Art. 13).
* Responsabilidad de los padres: su responsabilidad primordial es la crianza de los niños, y la del Estado brindar la asistencia necesaria en el desempeño de estas funciones (Art. 18).
* Seguridad social: el niño tiene derecho a beneficiarse de la seguridad social (Art. 26).
* Esparcimiento, juego y actividades culturales: el niño tiene derecho al esparcimiento, al juego y a participar en las actividades artísticas y culturales Art. 31).
http://www.pepe-rodriguez.com/Drama_menor/Drama_menor_derechos.htm
Saludos de un sufridor de estos asuntos.
07/03/2009 22:24
xiki31 en el juzgado veran si esta manipulado por su madre y de ser asi tomarán medidas, nosotros al niño le dijimos que tenia que decir la verdad y que no tenia que preocuparse por nada pero que tenia que contestar sinceramente con un blanco o con un negro y no decir a todo gris, me explico: en ocasiones los niños creen que si dicen querer una cosa u otra traicionan al otro y se dedican a decir el "nose" "me da igual" y la verdad es que de oir eso estaba hasta el moño asi que le dije que eso no eran respuestas si no una manera de evadirse y que en la vida se debian de tomar decisiones que unas veces eran acertadas y que por desgracia en otras ocasiones eran equivocadas, me pregunto el niño que podia pasar si contestaba que le daba igual en ese caso y le conteste que lo mas probable seria que la custodia se la dieran a su madre, supongo que se lo pensaria bien y contestaria a las respuestas como corresponde y no con el cansino "no se" o "me da igual".
Animo xiki31!
07/03/2009 19:10
Gracias Judith. El problema es que el niño, que ahora mismo tiene 14 años, pero en julio cumplirá 15, está completamente manipulado por su madre. La última vez que estuvo bien con nosotros fue en agosto de 2005 y su madre ya le obligaba a llamarle y enviarle mensaje cada dos por tres. Estabamos tan tranquilos y ale, el móvil sonaba con algún mensajito o alguna llamadita y la felicidad se veía truncada. Era obsesivo. La niña en cambio pasaba de todo. Ella si ha querido venir más asiduamente con nosotros y dejaba el móvil en su mochila y se olvidaba de él. Yo estoy segura de que si alguien le pregunta al niño dirá que sólo quiere estar con su madre, la niña dirá que le da igual, que lo que diga su hermano o su madre.
Es muy triste.
07/03/2009 12:31
Existen miles de casos de hijos bajo la custodia unica del padre.
Que no se visualicen en la sociedad es debido principalmente a la prudencia de estos y a la aplicacion que ciertos juzgados de jurisdiccion especial hacen de las leyes y de lo poco politicamente correctos que son estos casos.
Existe la asociacion CUSTODIA PATERNA que intenta agruparles en pro de coadyudar en su especifica problematica asi como intentar el conocimiento de su existencia y problematica.

Rogariamos a Judith y xiki31, se pùsieran en contacto con nosotros en custodiapaterna@hotmail.com

www.custodiapaterna.org
07/03/2009 06:23
xiki31 lo de demostrar que los niños estarian mejor con su padre de eso se encargara el juzgado a traves de las preguntas que le haran a sus hijos; en la sentencia que hemos recibido esta semana pone textualmente:
"tras realizar la exploración del menor que en estos momentos tiene trece años, el joven manifiesta clara y rotundamente su deseo de continuar conviviendo con su padre"
con lo cual las respuestas de los hijos serán cruciales a la hora de tomar una decisión, a la hora de dictar la sentencia tambien se tiene en cuenta la posición economica de ambos ya que pone:
"es obligacion de todo progenitor cubrir las necesidades de sus hijos y por tanto doña ...... no puede quedar exenta de esta obligación, no obstante la madre se encuentra en este momento en situación de desempleo y precisa la ayuda de su pareja para su propia subsistencia; de acuerdo a esta situación se ha de imponer el pago de una pensión de acuerdo a los escasos medios y teniendo en cuenta que el padre en este momento esta en mejor disposicion de atender las necesidades del menor"
por lo que se tiene en cuenta quien de los dos puede atender mejor a los niños economicamente (según el niño le pregunto la juez si trabajabamos los dos y si economicamente estabamos bien); otro punto que se ha tenido en cuenta es la relación entre la pareja de su padre (osea yo) y el menor.
Por lo que veo (al menos en este caso) la juez ha tenido en cuenta todo lo concerniente al niño y ha decidido lo que era mejor para y asegurandose tambien de que lo que el niño decia no era lo que queria u opinaba su padre o su madre o cualquier otra persona.
Espero xiki31 que pronto tu y tu marido tengais a sus hijos con vosotros si asi lo desean y es mejor para ellos.
Un saludo!
04/03/2009 18:57
Vale. Mi marido tiene una pericial psicológica dentro de poco para determinar la custodia de sus dos hijos,12 y 14años,que actualmente viven con la madre. Ella los ha utilizado siempre como moneda de cambio y los ha puesto en contra del padre. Por todo lo que he leído, lo mejor que puede hacer mi marido es demostrar que los niños estarán mucho mejor con nosotros, por muchas ganas de poner a la madre verde que tenga. Espero que entendais lo que quiero decir, llevamos 8 años luchando por los niños y esta mujer siempre se ha salido con la suya. Esta creo que es la última oportunidad que tenemos de recuperar a los hijos de mi marido.
Gracias.
04/03/2009 18:45
Hola:

Por lo que respecta a la cita de que los menores deben ser escuchados a partir de los 12 años, lo hago tomando como referencia, no sé si mi interpretación es correcta, los artículos 156 y 159 del Código Civil, sin perjuicio de que puedan ser escuchados a cualquier edad a criterio del juzgador. Por otra parte, coincido con Papino en que la opinión del menor no es determinante y en que, por la sola voluntad del menor, no se ganan custodias.

En cuanto a la Alienación Parental o, de modo más genérico, la Manipulación Mental, no podemos dudar de su existencia, existen, como existen técnicas bastante desarrolladas para conseguirlas.

En cuanto al SAP (Síndrome de Alienación Parental) es bastante probable que le sobre lo de “síndrome” al no estar recogido en el DSM de la APA ni en el ICD de la OMS. Pero lo digo con cautela, pues tampoco están recogidos otros llamados síndromes, el Síndrome de Estocolmo o el Síndrome de la Mujer Maltratada. De hecho, el DSM y el ICD describen tan sólo una pequeña parte de la realidad.

No obstante, creo, que nunca va a aparecer el SAP como tal en el DSM o el ICD, lo que si parece ser, hasta donde yo sé, es que en el DSM V si van a aparecer descripciones bajo las cuales la realidad que subyace bajo el término SAP, sus posibles efectos, va a encontrar acogida. Para comprender porque el SAP nunca va aparecer hay que comprender primero dos conceptos distintos, aunque interrelacionados, el primero es el concepto de Enfermedad Mental y el segundo el de Salud Mental. El DSM o el ICD tratan de enfermedades mentales no de salud mental. Pues bien el SAP resulta una denominación incorrecta, la alienación parental, al igual que el maltrato, no son enfermedades sino tan sólo una situación que afecta a la salud mental del que la padece, la cual puede derivar, o no, mecanismos de defensa y capacidad de adaptación al medio son armas poderosas en cualquier ser humano, en enfermedad mental.
Intervenir tanto en los casos de alienación parental como en los de maltrato, puede resultar necesario para restituir unas óptimas condiciones de salud mental, lo cual no quiere decir que se necesite tratamiento médico, pues puede no existir enfermedad alguna.

No es ajeno a mi percepción el lado oscuro del denominado SAP, como instrumento, como arma arrojadiza para obtener un cambio en la custodia, cuando el principal objetivo debiera ser restituir al menor a una condición de salud mental óptima, empezando, claro está, por un estudio serio que determine si el menor está en una situación de alienación parental y en que grado o no lo está y el rechazo hacia el otro progenitor es fundado o nace del propio menor sin más añadidos, acertado o erróneo, por más dolor que le sea causado al progenitor rechazado.

Recurrir sólo a la existencia de la alienación parental, ejerza quien la ejerza, como único recurso, a la desesperada, para obtener un cambio de custodia no creo que sea buena idea, de presentarse, a buen seguro que ira acompañada de otros hechos que si darán lugar a dicho cambio.

En fin, difícil tema este, quienes deben dar respuestas son los profesionales en esta materia, yo tan sólo doy mi opinión como transeúnte.


Un cordial saludo
04/03/2009 12:59
Florecilla:

Cuidado con esa facilidad con la que mencionas el SAP. Como medio probatorio, su pertinencia y utilidad es MUY PUESTA en duda dada la subjetividad en la prueba que lo detecta y las inmensas posibilidades de manipular sus conceptos y motivos....cuidado y no bajes la guardia, que existir ha existido desde siempre y es algo infinitamente superior a ese encorsetamiento como "síndrome".
Coincido con Tiento.

Florecilla y Emigrante:

En la vigente ley 15/2005 no hay una sola mención a edad alguna; ni 12 ni 10 ni 7 ya que se nos habla de menores con el suficiente criterio en opuinión del juzgador y eso puede darse a los 7 o no darse a los 12...depende del menor y de para qué deba ser oido.
Quizás arrastréis información anterior a la vigente ley ya que la derogada del año 81 sí establecía edades mínimas (7 ó 12 años)

Con ello también opino -salvo seguro mejor criteroio- que ni la edad ni lo que "quiera" o declare ese menor al "ser oido" es determinante ni concluyente para obtener un cambio en la custodia.
Y me explico:
Por la sola voluntad del menor, no se ganan custodias.
Deben existri causas externas, objetivas y subjetivas (porqué no) caoaces de demostrar que ese cambio "conviene" al menor para mejorar o no perjudicar su integridad física, personal, emocional, social, psicológica, etc....Si dentro de todo ese proceso, el menopr puede "ser oido" (insisto), su declaración puede servir de referente y coadyuvante según sea igualmente su edad, pero en modo alguno será el factor que determine ni la motivación del Fallo ni el cambio en la custodia.

Emigrante:

Efectivamente a partir de los 16 años un menor puede pedir ante el Juzgado su emancipación teniendo en cuenta que se debe dar audiencia previa a los padres (es decir, ser oidos en esa demanda de su hijo) y siempre que se den alguno d elos siguientes supuestos.

-que quien ejerza la patria potestad se case de nuevo o conviva maritalemnet con otr@ distinto de su progenitor@r
-Que los padres vivan separados (este caso)
-que exista causa de entorpecimiento del ejercicio de la patria potestad.

Y no olvidar que el matrimonio del menor de edad y mayor de 16 también concede de derecho esa emancipación.
es decir, es un derecho del mayor de 16 que puede ejercer motu proprio LIMITADO a estos supuestos.

Tiento:
Coinicido con Vd. en la actual apreciación del SAP,.
personalmente me parece que el concepto y problema se ve "encorsetado" en esas siglas y como mero síndrome
04/03/2009 11:06
Totalmente de acuerdo contigo Tiento. Como ya dijo alguien es más valorado volcarse en justificar lo bueno que le puedes ofrecer al menor en vez de luchar vejando la parte contraria.
04/03/2009 09:33
Yo no se si os habeis dado cuenta, o estais de acuerdo con la opinión que voy a expresar.

Tengo la percepción, y objetivamente lo voy constatando en la búsqueda de información que voy haciendo, que el uso del s.a.p. como mecanismo para dilucidar guardias y custodias es cada vez mayor. Pero de diferente forma a la que se podía preveer. Es decir, son aquellas/os que ven posibilidades de perder en los procesos, los que acuden al s.a.p. para desvirtuar el deseo, actidudes y conductas de los hijos contrarias a sus pretensiones.


El sap, ya lo dije, es un invento, una instrumentalización, puesta al servicio incialmente de los padres no custodias, y a partir de "ya" usado por las madres custodias. Hombres y mujeres, padres y madres se "han echado a la arena", al campo de batalla con el s.a.p. desvirtuando la realidad.

Manipulación de menores la hay, como siempre ha existido. Pero ahora se instrumentaliza como un "síndrome", una patología perversa, un eufemismo construido a expensas de intereses personales de los adultos.

Pero en fin, cada loco con su tema.

Saludos.


Por cierto, un hijo puede influir en la decisión "SIEMPRE"; no sólo a los 12 años. De hecho a las 10 años puede ser perfectamente escuchado, y tenida muy en cuenta su valoración si es coherente con la propuesta educativa del padre.
04/03/2009 09:00
La alienación parental no creo que sea compatible con el deseo del menor de ir a vivir con su padre y si bien la alienación parental causa daños en el menor también causa daños la negativa de la madre a las pretensiones de su hijo.
04/03/2009 01:10
Hola, Florecilla:

A partir de los 12 años el juez viene obligado a escuchar al menor, otra cuestión es que acceda a sus pretensiones. A partir de los 16 ya es otra cuestión, dado que el menor puede instar procedimientos que le lleven a conseguir sus objetivos. Si usted considera que existe alienación parental resultaría muy recomendable, en mi opinión, consultar con un especialista, el cual podrá determinar su existencia y las medidas a tomar. La existencia de alienación parental causa daños muy significativos en el desarrollo del menor y pueden marcarlo de por vida.

Un cordial saludo
A los 12 años de edad, ¿un hij@ puede legalmente elegir con quien quiere vivir?
04/03/2009 00:26
Hola a tod@s:
lo primero agradeceros vuestras respuestas pues son de gran ayuda, asi que muchas gracias.
por otro lado necesitaria saber si alguien me podria ayudar.
bueno, os cuento.....estoy divorciad@ y tengo un hij@ de 10 años que sufre de alienacion parental el caso es que la custodia es mia pero se quiere ir a vivir con mi ex. He oido que podria llegar a conseguirlo si a los 12 años pasa por un juez y declara que quiere irse en este caso a vivir con mi pareja y claro tengo un miedo atroz. muchisimas gracias de nuevo