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A quién demandar para un monitorio si no coincide titular piso

2 Comentarios
 
A quién demandar para un monitorio si no coincide titular piso
12/07/2018 18:09
Hola a todos, soy charlatín y soy el Presidente de mi Comunidad.

En la pasada junta se acordó liquidar la deuda de un propietario moroso que lleva 5 años sin pagar la comunidad y ya vamos a iniciar la via judicial, pero el administrador ha pedido una nota simple al registro de la propiedad y en ella aparece como titular registral el antiguo propietario, el banco que le vendió el piso al moroso.

El banco nos dice tras enviar burofax que el piso fue vendido en 2013 y que ellos no se hacem cargo de la deuda.

¿A quién le tenemos que interponer el monitorio?

¿Por qué no aparece en el registro de la propiedad el actual propietario (moroso) y sigue constando a nombre del banco?

Gracias
12/07/2018 23:58
charlatin
En principio, al parecer la legislación española no obliga a registrar las propiedades en el Registro de la Propiedad.
Para la Comunidad, debería ser suficiente con una certificación de la entidad bancaria, que aporte copia de la escritura notarial.
No creo que el juzgado ponga impedimentos a la hora de reclamarle la deuda.
Por cierto, durante esos últimos 5 años, ¿ese propietario ha asistido a juntas?. De ser así, ¿lo ha hecho a título de propiedad o con autorización del banco?.
13/07/2018 12:43
charlatin
Buenos dias

El problema que se te plantea, es que si pones la demanda al moroso y no aparece como titular registral, a la hora de ejecutar y embargan el piso del moroso, el registro no te va a dejar anotar pk no esta a nombre el moroso, con lo cual el piso no se lo puedes embargar.
Puedes embargar otros bienes del moroso.

Atte
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A quién demandar para un monitorio si no coincide titular piso

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A quién demandar para un monitorio si no coincide titular piso
12/07/2018 18:09
Hola a todos, soy charlatín y soy el Presidente de mi Comunidad.

En la pasada junta se acordó liquidar la deuda de un propietario moroso que lleva 5 años sin pagar la comunidad y ya vamos a iniciar la via judicial, pero el administrador ha pedido una nota simple al registro de la propiedad y en ella aparece como titular registral el antiguo propietario, el banco que le vendió el piso al moroso.

El banco nos dice tras enviar burofax que el piso fue vendido en 2013 y que ellos no se hacem cargo de la deuda.

¿A quién le tenemos que interponer el monitorio?

¿Por qué no aparece en el registro de la propiedad el actual propietario (moroso) y sigue constando a nombre del banco?

Gracias
12/07/2018 23:58
charlatin
En principio, al parecer la legislación española no obliga a registrar las propiedades en el Registro de la Propiedad.
Para la Comunidad, debería ser suficiente con una certificación de la entidad bancaria, que aporte copia de la escritura notarial.
No creo que el juzgado ponga impedimentos a la hora de reclamarle la deuda.
Por cierto, durante esos últimos 5 años, ¿ese propietario ha asistido a juntas?. De ser así, ¿lo ha hecho a título de propiedad o con autorización del banco?.
13/07/2018 12:43
charlatin
Buenos dias

El problema que se te plantea, es que si pones la demanda al moroso y no aparece como titular registral, a la hora de ejecutar y embargan el piso del moroso, el registro no te va a dejar anotar pk no esta a nombre el moroso, con lo cual el piso no se lo puedes embargar.
Puedes embargar otros bienes del moroso.

Atte