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A quién demando?

2 Comentarios
 
A quién demando?
16/10/2003 22:33
La empresa para la que trabaja mi cliente tiene concertada la cobertura de IT por enfermedad común con una Mútua de Accidentes.
En su día, la trabajadora instó ante el INSS el reconocimiento de una incapacidad permanente derivada de enfermedad común (fibromialgia).
Entiendo que le vendrá denegada. Si es así, ¿la reclamación previa sólo contra el INSS o contra INSS y Mútua?
En el caso, más que probable, de que lleguemos a la vía judicial, idem ¿demanda contra INSS o contra INSS y Mútua?
Gracias.
17/10/2003 10:47
Hola Albert,
De acuerdo con tu consulta, y a mi entender, el artículo 143 de la Ley General de la Seguridad Social dice que le corresponde al INSS a través de su EQUIPO DE VALORACIÓN DE INCAPACIDADES, en su fase inicial, declarar las situaciones de invalidez permanente, dicho equipo eleva sus propuestas al Director Provincial del INSS que es quien realmente dicta las resoluciones.
Si la resolución no reconoce la pretensión de tu cliente, el art. 71 de la LPL en su apartado segundo, recoge que la reclamación administrativa previa deberá interponerse ante el órgano que dicto la resolución, que en este caso es el INSS; con lo cual, de dicho art. deduzco que la reclamación la debes interponer ante el INSS, si éste también te desetima la pretensión entiendo que es al INSS a quien debes demandar judicialmente dado que el organo que no ha reconocido la pretensión de tu cliente.
13/07/2004 00:51
mi mujer a conseguido por el juzgado de lo social nº7 de valencia la incapacidad permanente total
no lo dejes por tienes derecho pero no el inss que ellos tienen una ley que te lo deniegan porque la fm no la tienen como invalidante
A quién demando? | PorticoLegal
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La empresa para la que trabaja mi cliente tiene concertada la cobertura de IT por enfermedad común con una Mútua de Accidentes.
En su día, la trabajadora instó ante el INSS el reconocimiento de una incapacidad permanente derivada de enfermedad común (fibromialgia).
Entiendo que le vendrá denegada. Si es así, ¿la reclamación previa sólo contra el INSS o contra INSS y Mútua?
En el caso, más que probable, de que lleguemos a la vía judicial, idem ¿demanda contra INSS o contra INSS y Mútua?
Gracias.
17/10/2003 10:47
Hola Albert,
De acuerdo con tu consulta, y a mi entender, el artículo 143 de la Ley General de la Seguridad Social dice que le corresponde al INSS a través de su EQUIPO DE VALORACIÓN DE INCAPACIDADES, en su fase inicial, declarar las situaciones de invalidez permanente, dicho equipo eleva sus propuestas al Director Provincial del INSS que es quien realmente dicta las resoluciones.
Si la resolución no reconoce la pretensión de tu cliente, el art. 71 de la LPL en su apartado segundo, recoge que la reclamación administrativa previa deberá interponerse ante el órgano que dicto la resolución, que en este caso es el INSS; con lo cual, de dicho art. deduzco que la reclamación la debes interponer ante el INSS, si éste también te desetima la pretensión entiendo que es al INSS a quien debes demandar judicialmente dado que el organo que no ha reconocido la pretensión de tu cliente.
13/07/2004 00:51
mi mujer a conseguido por el juzgado de lo social nº7 de valencia la incapacidad permanente total
no lo dejes por tienes derecho pero no el inss que ellos tienen una ley que te lo deniegan porque la fm no la tienen como invalidante