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¿a quien demando?

1 Comentarios
 
¿a quien demando?
24/02/2007 20:52
hola a todos, a ver si alguien me puede informar sobre esto: resulta que en mi comunidad han fallecido los dos componentes del matrimonio que eran dueños de un piso, los herederos no se ponen de acuerdo y aunque uno de ellos habita el inmueble dice que la comunidad la debe de pagar una hermana, en definitiva si no paga ninguno y aún no han cambiado la titularidad del inmueble, y pienso que tardará bastante esto, contra quien se puede iniciar el proceso monitorio, si ni siquiera sabemos cuantos herederos hay en total.
26/02/2007 21:27
Primero vas al Registro de la Propiedad para que te den los datos del propietario registral. Si está a nombre de los difuntos la demanda la interpoes contra los herederos legítimo. (En la demantodos los herederos legítimos.

Ponéis: contra todos los herederos de D. XX y Dña. XX, propietario del piso xx, fallecidos, cuyo piso habita el heredero D. xx).

La Ley de la Propiedad Horizontal autoriza a la privación del uso del piso, por un plazo de hasta 3 años por impago de cuotas de la comunidad.
¿a quien demando? | PorticoLegal
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¿a quien demando?
24/02/2007 20:52
hola a todos, a ver si alguien me puede informar sobre esto: resulta que en mi comunidad han fallecido los dos componentes del matrimonio que eran dueños de un piso, los herederos no se ponen de acuerdo y aunque uno de ellos habita el inmueble dice que la comunidad la debe de pagar una hermana, en definitiva si no paga ninguno y aún no han cambiado la titularidad del inmueble, y pienso que tardará bastante esto, contra quien se puede iniciar el proceso monitorio, si ni siquiera sabemos cuantos herederos hay en total.
26/02/2007 21:27
Primero vas al Registro de la Propiedad para que te den los datos del propietario registral. Si está a nombre de los difuntos la demanda la interpoes contra los herederos legítimo. (En la demantodos los herederos legítimos.

Ponéis: contra todos los herederos de D. XX y Dña. XX, propietario del piso xx, fallecidos, cuyo piso habita el heredero D. xx).

La Ley de la Propiedad Horizontal autoriza a la privación del uso del piso, por un plazo de hasta 3 años por impago de cuotas de la comunidad.