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abandonar contrato de alquiler a mitad de año.

1 Comentarios
 
Abandonar contrato de alquiler a mitad de año.
11/05/2009 19:45
Buenas, mi problema es el siguiente:
Fui a italia de erasmus con la intención de estar el curso completo, por lo que alquilé un piso con un contrato de 10 meses. El problema es que no me prolongaron la beca y a mitad de curso tuve que volver a España, por lo que avisé al casero de que tenía que abandonar el piso ya que no podía permanecer en italia.
La fianza del contrato fue un mes de alquiler,por lo que yo al irme le dije al dueño que como pago por las molestias y el abandono anticipado del alkiler se quedase con dicha mensualidad.
Entonces el casero me dijo que no, que le tenía que pagar todos los meses que quedaban, que en el contrato tenía mi dirección española y que si no le pagaba emprendería acciones legales.

Entonces me gustaría saber que problemas puedo llegar a tener.

Por cierto ayer me llegó un aviso de carta certificada a mi casa de este hombre, de momento no pienso ir a recogerla de forma que no tenga constancia de que la he recibido.

Espero vuestra ayuda, muchas gracias!
12/05/2009 17:50
Hola dipinto. Si el contrato fue clebrado en ITALIA es aplicable la legislación italiana sobre arrendamientos, la cual desconozco por completo.

Lamento no poder serla de ayuda.

Reciba un cordial saludo.
abandonar contrato de alquiler a mitad de año. | PorticoLegal
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Abandonar contrato de alquiler a mitad de año.
11/05/2009 19:45
Buenas, mi problema es el siguiente:
Fui a italia de erasmus con la intención de estar el curso completo, por lo que alquilé un piso con un contrato de 10 meses. El problema es que no me prolongaron la beca y a mitad de curso tuve que volver a España, por lo que avisé al casero de que tenía que abandonar el piso ya que no podía permanecer en italia.
La fianza del contrato fue un mes de alquiler,por lo que yo al irme le dije al dueño que como pago por las molestias y el abandono anticipado del alkiler se quedase con dicha mensualidad.
Entonces el casero me dijo que no, que le tenía que pagar todos los meses que quedaban, que en el contrato tenía mi dirección española y que si no le pagaba emprendería acciones legales.

Entonces me gustaría saber que problemas puedo llegar a tener.

Por cierto ayer me llegó un aviso de carta certificada a mi casa de este hombre, de momento no pienso ir a recogerla de forma que no tenga constancia de que la he recibido.

Espero vuestra ayuda, muchas gracias!
12/05/2009 17:50
Hola dipinto. Si el contrato fue clebrado en ITALIA es aplicable la legislación italiana sobre arrendamientos, la cual desconozco por completo.

Lamento no poder serla de ayuda.

Reciba un cordial saludo.