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Abandono antes fin contrato

4 Comentarios
 
23/10/2003 09:36
Por supuesto que me sirve, muchas gracias.
Se me olvidó decir (supongo que tenía que haberlo dicho al principio) que este piso es aún de protección oficial ¿es algo a tener en cuenta? Gracias.
15/10/2003 20:22
Tu contrato esta plenamente vigente hasta el día 30 de septiembre de 2005. El libre pacto de las partes para establecer la duración, se refiere al arrendatario es decir a ti, cada vez que se cumplan los dos años tu puedes notificar al arrendador que no deseas prorrogar la duración del contrato. Independentemente de la duración que se pacte, si esta es inferior a cinco años, se prrogará obligatoriamente para el arrendador por un periodo mínimo de cinco años.
Saudos y espro que te sirva.
15/10/2003 09:39
Gracias Virginia. Te quería hacer otra pregunta: Nosotros firmamos un contrato inicial de dos años el 1 de octubre de 2000, ese contrato se renovó automáticamente en las mismas condiciones puesto q nadie nos dijo nada, al menos así lo entiendo yo, por tanto el nuevo contrato cumple en octubre de 2004, ellos pretenden q nos marchemos a final de este año y nos han avisado a mediados de septiembre ¿con cuanto tiempo tienen q comunicártelo? Tenemos una niña pequeña escolarizada en esta zona ¿podríamos quedarnos por lo menos hasta que termine el curso? Supongo q la 1ª respuesta vale pero quiero asegurarme de q lo hago bien. Gracias por todo.
02/10/2003 10:53
no treneis q iros antes de q se cumpla el termino, pero como de todas formas os tendreis q ir dentro de un año, podriais negociar una indemnización para iros antes, y así todos sáldreis ganando, ellos recuperan el piso y vosotros os llevais dinero para q os salgan gratis la mudanza y algún q otro mes del proximo piso. Es una buene solución, pensarlo.
Abandono antes fin contrato
30/09/2003 17:09
Mi contrato de alquiler cumple el 1 de octubre de 2004 pero me hacen abandonarlo a finales de 2003 por que los dueños, que residían fuera de Madrid, vuelven y dicen que lo necesitan. ¿Estamos obligados a irnos? o ¿podemos agotar el contrato?
Abandono antes fin contrato | PorticoLegal
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Abandono antes fin contrato

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23/10/2003 09:36
Por supuesto que me sirve, muchas gracias.
Se me olvidó decir (supongo que tenía que haberlo dicho al principio) que este piso es aún de protección oficial ¿es algo a tener en cuenta? Gracias.
15/10/2003 20:22
Tu contrato esta plenamente vigente hasta el día 30 de septiembre de 2005. El libre pacto de las partes para establecer la duración, se refiere al arrendatario es decir a ti, cada vez que se cumplan los dos años tu puedes notificar al arrendador que no deseas prorrogar la duración del contrato. Independentemente de la duración que se pacte, si esta es inferior a cinco años, se prrogará obligatoriamente para el arrendador por un periodo mínimo de cinco años.
Saudos y espro que te sirva.
15/10/2003 09:39
Gracias Virginia. Te quería hacer otra pregunta: Nosotros firmamos un contrato inicial de dos años el 1 de octubre de 2000, ese contrato se renovó automáticamente en las mismas condiciones puesto q nadie nos dijo nada, al menos así lo entiendo yo, por tanto el nuevo contrato cumple en octubre de 2004, ellos pretenden q nos marchemos a final de este año y nos han avisado a mediados de septiembre ¿con cuanto tiempo tienen q comunicártelo? Tenemos una niña pequeña escolarizada en esta zona ¿podríamos quedarnos por lo menos hasta que termine el curso? Supongo q la 1ª respuesta vale pero quiero asegurarme de q lo hago bien. Gracias por todo.
02/10/2003 10:53
no treneis q iros antes de q se cumpla el termino, pero como de todas formas os tendreis q ir dentro de un año, podriais negociar una indemnización para iros antes, y así todos sáldreis ganando, ellos recuperan el piso y vosotros os llevais dinero para q os salgan gratis la mudanza y algún q otro mes del proximo piso. Es una buene solución, pensarlo.
Abandono antes fin contrato
30/09/2003 17:09
Mi contrato de alquiler cumple el 1 de octubre de 2004 pero me hacen abandonarlo a finales de 2003 por que los dueños, que residían fuera de Madrid, vuelven y dicen que lo necesitan. ¿Estamos obligados a irnos? o ¿podemos agotar el contrato?