Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Abandono de familia

12 Comentarios
 
Abandono de familia
27/08/2009 10:51
Si una madre abandona a su hijo, basta con presentar denuncia por abandono de familia o hay que interponer una querella?

Muchas gracias
27/08/2009 11:53
¿A qué llama abandono? Bastaría una denuncia, no obstante
27/08/2009 12:07
Muchas gracias


Se marchó tres días dejando al niño solo.
27/08/2009 12:10
Madre mía.......denuncie ya
27/08/2009 12:35
Ya he denunciado y el niño está conmigo. Y si me llama y me pide al niño? No se que tengo que hacer ahora
27/08/2009 12:35
¿Que edad tiene el niño?
27/08/2009 12:37
¿Es usted el padre? ¿quién tiene la custodia atribuida?
27/08/2009 12:41
¿tiene algún informe médico sobre el estado del niño?

es que nos facilita pocos datos...
27/08/2009 13:00
Soy una amiga de su padre. El niño tiene 6 años y desde el día que su madre lo abandonó está con nosotros. La custodia la tiene la madre y el padre tiene un régimen de visitas pero hace ya tiempo su padre ha solicitado abogado de oficio para que le den la custodia y está a la espera.

Y si aparece la madre y nos pide al niño y nos negamos?Su padre dice que no le deja irse con su madre después de lo que ha hecho.
27/08/2009 13:02
Es que es capaz de presentarse en la casa para llevarse al niño...
27/08/2009 13:05
Estoy confusa: “desde el día que su madre lo abandonó” ¿qué quiere decir? ¿cómo se enteran ustedes de que lo ha abandonado? si lo recogen el mismo día del abandono ¿por qué dicen que éste duró tres días? ¿la madre es adicta?
27/08/2009 13:09
En cuanto tengan noticias de la denuncia en el Juzgado, soliciten la adopción de medidas urgentes (una guarda temporal en tanto se resuelve la modificación de medidas) al amparo del 148 del Código Civil, en evitación de graves perjuicios al menor.

Pidan abogado de oficio también para el tema penal
27/08/2009 13:14
De momento, si está suficientemente acreditado lo que han denunciado, si creen fundadamente que existe un riesgo de que se repita esa conducta, entiendo que podrían negarse a entregarle al menor; si ella denuncia al padre éste podría alegar bien estado de necesidad, bien cumplimiento de un deber (el que tiene todo padre de velar por sus hijos)

Es una opinión personal....esperemos otras
Abandono de familia | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Abandono de familia

12 Comentarios
 
Abandono de familia
27/08/2009 10:51
Si una madre abandona a su hijo, basta con presentar denuncia por abandono de familia o hay que interponer una querella?

Muchas gracias
27/08/2009 11:53
¿A qué llama abandono? Bastaría una denuncia, no obstante
27/08/2009 12:07
Muchas gracias


Se marchó tres días dejando al niño solo.
27/08/2009 12:10
Madre mía.......denuncie ya
27/08/2009 12:35
Ya he denunciado y el niño está conmigo. Y si me llama y me pide al niño? No se que tengo que hacer ahora
27/08/2009 12:35
¿Que edad tiene el niño?
27/08/2009 12:37
¿Es usted el padre? ¿quién tiene la custodia atribuida?
27/08/2009 12:41
¿tiene algún informe médico sobre el estado del niño?

es que nos facilita pocos datos...
27/08/2009 13:00
Soy una amiga de su padre. El niño tiene 6 años y desde el día que su madre lo abandonó está con nosotros. La custodia la tiene la madre y el padre tiene un régimen de visitas pero hace ya tiempo su padre ha solicitado abogado de oficio para que le den la custodia y está a la espera.

Y si aparece la madre y nos pide al niño y nos negamos?Su padre dice que no le deja irse con su madre después de lo que ha hecho.
27/08/2009 13:02
Es que es capaz de presentarse en la casa para llevarse al niño...
27/08/2009 13:05
Estoy confusa: “desde el día que su madre lo abandonó” ¿qué quiere decir? ¿cómo se enteran ustedes de que lo ha abandonado? si lo recogen el mismo día del abandono ¿por qué dicen que éste duró tres días? ¿la madre es adicta?
27/08/2009 13:09
En cuanto tengan noticias de la denuncia en el Juzgado, soliciten la adopción de medidas urgentes (una guarda temporal en tanto se resuelve la modificación de medidas) al amparo del 148 del Código Civil, en evitación de graves perjuicios al menor.

Pidan abogado de oficio también para el tema penal
27/08/2009 13:14
De momento, si está suficientemente acreditado lo que han denunciado, si creen fundadamente que existe un riesgo de que se repita esa conducta, entiendo que podrían negarse a entregarle al menor; si ella denuncia al padre éste podría alegar bien estado de necesidad, bien cumplimiento de un deber (el que tiene todo padre de velar por sus hijos)

Es una opinión personal....esperemos otras