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abandono de hogar a 1 mes de dar a luz

3 Comentarios
 
Abandono de hogar a 1 mes de dar a luz
06/01/2007 12:14
hola, el que era mi compañero desde hace 4 años se ha ido con otra mujer, yo estoy a un mes de dar a luz. Mi problema es que no se que tengo que hacer si tengo que denunciar por abandono de hogar o esperar a que nazca la niña. Y si es obligatorio que el la de dinero para su manutencion o no tiene obligacion ninguna por no estar casados.
Necesito ayuda muchas gracias.
06/01/2007 12:22
En mi opinión, sería conveniente solicitar letrado de oficio en el colegio de abogados de su localidad/provincia.

Salu2
06/01/2007 21:18
A solicitar abogado inmediatamente. La niña tiene derecho a una pensión de alimentos del padre y a que conste su filiación.
Un saludo.
08/01/2007 11:39
La denuncia por abandono de hogar sólo saldrá adelante si la ha dejado a Ud. en la miseria.

Es más práctico que utilice la vía civil: el padre debe pagar los alimentos incluso antes de que la niña nazca, pero sólo si Ud. los reclama y a partir del momento en que los reclame.
abandono de hogar a 1 mes de dar a luz | PorticoLegal
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abandono de hogar a 1 mes de dar a luz

3 Comentarios
 
Abandono de hogar a 1 mes de dar a luz
06/01/2007 12:14
hola, el que era mi compañero desde hace 4 años se ha ido con otra mujer, yo estoy a un mes de dar a luz. Mi problema es que no se que tengo que hacer si tengo que denunciar por abandono de hogar o esperar a que nazca la niña. Y si es obligatorio que el la de dinero para su manutencion o no tiene obligacion ninguna por no estar casados.
Necesito ayuda muchas gracias.
06/01/2007 12:22
En mi opinión, sería conveniente solicitar letrado de oficio en el colegio de abogados de su localidad/provincia.

Salu2
06/01/2007 21:18
A solicitar abogado inmediatamente. La niña tiene derecho a una pensión de alimentos del padre y a que conste su filiación.
Un saludo.
08/01/2007 11:39
La denuncia por abandono de hogar sólo saldrá adelante si la ha dejado a Ud. en la miseria.

Es más práctico que utilice la vía civil: el padre debe pagar los alimentos incluso antes de que la niña nazca, pero sólo si Ud. los reclama y a partir del momento en que los reclame.