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aberracion de la AT

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Aberracion de la at
17/12/2010 20:49
En una sentencia estimatoria del TEAR,al respecto de una primera liquidación provisional éste determina la caducidad de la liquidación y a devolver los intereses de demora.
Posteriormente, en octubre, se recibe resolución de la AT en la que anula la liquidación, y que enviará un cheque con la devolución del importe indebido al domicilio.
6 días más tarde se recibe propuesta de segunda liquidación solicitando el pago del mismo importe de la primera liquidación anulada.
En las alegaciones a la AT, presentadas en plazo se hace constar de que no se ha recibido el cheque con la devolución de la primera liquidación, y que de confirmarse esa propuesta en resolución, tendría que pagar dos veces por el mismo ejercicio y por los mismos conceptos de la primera liquidación.
Se recibe 1 mes y medio mas tarde resoluciòn de la segunda liquidación provisional determinando nuevamente el pago del mismo importe haciendo caso omiso a las alegaciones, por lo que tendré que pagar otra vez por lo mismo, puesto que el cheque no lo han enviado.
¿Prescribe o caduca de alguna forma mi derecho a reclamar el citado cheque. devolución determinada por el TEAR y la propia AT hace menos de 2 meses?
¿Esta facultada la AT para cometer semejante atropello?
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Aberracion de la at
17/12/2010 20:49
En una sentencia estimatoria del TEAR,al respecto de una primera liquidación provisional éste determina la caducidad de la liquidación y a devolver los intereses de demora.
Posteriormente, en octubre, se recibe resolución de la AT en la que anula la liquidación, y que enviará un cheque con la devolución del importe indebido al domicilio.
6 días más tarde se recibe propuesta de segunda liquidación solicitando el pago del mismo importe de la primera liquidación anulada.
En las alegaciones a la AT, presentadas en plazo se hace constar de que no se ha recibido el cheque con la devolución de la primera liquidación, y que de confirmarse esa propuesta en resolución, tendría que pagar dos veces por el mismo ejercicio y por los mismos conceptos de la primera liquidación.
Se recibe 1 mes y medio mas tarde resoluciòn de la segunda liquidación provisional determinando nuevamente el pago del mismo importe haciendo caso omiso a las alegaciones, por lo que tendré que pagar otra vez por lo mismo, puesto que el cheque no lo han enviado.
¿Prescribe o caduca de alguna forma mi derecho a reclamar el citado cheque. devolución determinada por el TEAR y la propia AT hace menos de 2 meses?
¿Esta facultada la AT para cometer semejante atropello?