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Abogado de oficio, trabajando

3 Comentarios
 
29/06/2014 17:57
Lo de los 3 años es solo si te condenan en costas, y en laboral, por norma general no hay costas.

Y lo de mejor fortuna se entiende que será si superas el doble del modulo del art. 3 de la ley asistencia jurídica gratuita.

Quizás si que te pidan pagar una tercera parte como máximo de lo que obtengas en el juicio, si lo ganas. (art. 36.3 Ley asistencia juridica gratuita).

Pero aún así, como en laboral no hay costas, tengo dudas al respecto. A ver si alguien puede aclararnos este último punto. ;)

29/06/2014 17:43
Pero tengo entendido que, durante los 3 siguientes años, se puede pedir el pago del abogado si la persona viene a mejor fortuna o algo así.
Que los entendidos me corrijan, si me equivoco.
29/06/2014 15:04
Hola buenas,

en el ámbito laboral, tienes reconocido el derecho al abogado de oficio para reclamar contra el emperesario o contra la SS por ser beneficiario de alguna prestación o derecho, por la Ley de asistencia jurídica gratuita.

Por lo que da igual que hayas encontrado otro trabajo, porque el derecho lo tienes para reclamar lo que tengas pendiente, del otro trabajo.

Abogado de oficio, trabajando
29/06/2014 13:31
Tras entregar todo el papeleo para que me designen un abogado de oficio, he encontrado trabajo que, por otra parte, no se lo que durará ya que los contratos me los hacen por semanas y no lo veo muy estable.

Mi duda es la siguiente: si comprueban que estoy trabajando se me denegará automáticamente el abogado o me lo concederán y tendré que pagar algo?
Abogado de oficio, trabajando | PorticoLegal
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Abogado de oficio, trabajando

3 Comentarios
 
29/06/2014 17:57
Lo de los 3 años es solo si te condenan en costas, y en laboral, por norma general no hay costas.

Y lo de mejor fortuna se entiende que será si superas el doble del modulo del art. 3 de la ley asistencia jurídica gratuita.

Quizás si que te pidan pagar una tercera parte como máximo de lo que obtengas en el juicio, si lo ganas. (art. 36.3 Ley asistencia juridica gratuita).

Pero aún así, como en laboral no hay costas, tengo dudas al respecto. A ver si alguien puede aclararnos este último punto. ;)

29/06/2014 17:43
Pero tengo entendido que, durante los 3 siguientes años, se puede pedir el pago del abogado si la persona viene a mejor fortuna o algo así.
Que los entendidos me corrijan, si me equivoco.
29/06/2014 15:04
Hola buenas,

en el ámbito laboral, tienes reconocido el derecho al abogado de oficio para reclamar contra el emperesario o contra la SS por ser beneficiario de alguna prestación o derecho, por la Ley de asistencia jurídica gratuita.

Por lo que da igual que hayas encontrado otro trabajo, porque el derecho lo tienes para reclamar lo que tengas pendiente, del otro trabajo.

Abogado de oficio, trabajando
29/06/2014 13:31
Tras entregar todo el papeleo para que me designen un abogado de oficio, he encontrado trabajo que, por otra parte, no se lo que durará ya que los contratos me los hacen por semanas y no lo veo muy estable.

Mi duda es la siguiente: si comprueban que estoy trabajando se me denegará automáticamente el abogado o me lo concederán y tendré que pagar algo?