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abogados y publicidad en internet

4 Comentarios
 
Abogados y publicidad en internet
10/07/2002 13:55
Sabe alguien cual es la normativa que se aplica la creación de páginas web de despachos de abogados y a la publicidad de sus servicios? se plantean problemas por su ambito global? ¿me puede sancionar el colegio?
11/09/2002 13:59
Salvo mejor criterio, en algunos Colegios de Abogados se regula por el Regalmento de Publicidad que existe al respecto, y el procedimiento sería solicitud a la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados explicando el contenido de la publicidad , o contenido a publicar, aprobación o no por el Colegio y en caso de denegación recursos oportunos.
14/09/2002 17:25
La normativa es la general del estatuto de la abogacia para publicidad, BARCELONA Y MADRID tienen en sus estatutos menciones a pagina web. En general son las reglas de la logica y de la deontologia, si cuelgas una web y dices que consigues el 100% de las indemnizaciones pues la cagaste. Por cierto el mejor servicio de webs juridicas es www.sudespacho.net
14/09/2002 18:49
Efectivamente, hasta ahora ni el Estatuto de la Abogacía, ni los colegios de abogados están impidiendo ni dificultando en exceso la publicidad de abogados mediante páginas web. Tan solo hay exigencias y recomendaciones bastante lógicas y razonables.

Parece que con la llegada de la nueva Ley de Internet, si se aprueba tal y como está redactado el proyecto, la cosa no va a ser tan fácil, ni para los abogados, ni para otros profesionales, puesto que se exigirán requisitos burocráticos, formalismos y otra serie de exigencias que no siempre serán de fácil cumplimiento para pequeños despachos. Las sanciones previstas son morrocotudas...

Por cierto: veo que www.sudespacho.net tiene un servicio de diseño y alojamiento que no está nada mal, pero también veo que en este web de Portico Legal ofrecen un servicio idéntico o muy similar de forma gratuita, en lugar de cobrar los 300 ó 400 € que cobran los de sudespacho.net.
20/11/2002 20:39
Ojo, Celin: si vas a tener tu propia página web para publicitarte como abogada, ahora también te es de aplicación la LSSIyCE, luego como mínimo, a salvo de los contenidos que incluyas en la web, tendrás que indicar tu título académico, la universidad y país en que lo obtuviste, tu NIF, tus datos de colegiación, el domicilio de tu despacho, y hasta es discutible que debas añadir, bien directamente, bien mediante un link, las normas de honorarios de tu colegio...
abogados y publicidad en internet | PorticoLegal
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Abogados y publicidad en internet
10/07/2002 13:55
Sabe alguien cual es la normativa que se aplica la creación de páginas web de despachos de abogados y a la publicidad de sus servicios? se plantean problemas por su ambito global? ¿me puede sancionar el colegio?
11/09/2002 13:59
Salvo mejor criterio, en algunos Colegios de Abogados se regula por el Regalmento de Publicidad que existe al respecto, y el procedimiento sería solicitud a la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados explicando el contenido de la publicidad , o contenido a publicar, aprobación o no por el Colegio y en caso de denegación recursos oportunos.
14/09/2002 17:25
La normativa es la general del estatuto de la abogacia para publicidad, BARCELONA Y MADRID tienen en sus estatutos menciones a pagina web. En general son las reglas de la logica y de la deontologia, si cuelgas una web y dices que consigues el 100% de las indemnizaciones pues la cagaste. Por cierto el mejor servicio de webs juridicas es www.sudespacho.net
14/09/2002 18:49
Efectivamente, hasta ahora ni el Estatuto de la Abogacía, ni los colegios de abogados están impidiendo ni dificultando en exceso la publicidad de abogados mediante páginas web. Tan solo hay exigencias y recomendaciones bastante lógicas y razonables.

Parece que con la llegada de la nueva Ley de Internet, si se aprueba tal y como está redactado el proyecto, la cosa no va a ser tan fácil, ni para los abogados, ni para otros profesionales, puesto que se exigirán requisitos burocráticos, formalismos y otra serie de exigencias que no siempre serán de fácil cumplimiento para pequeños despachos. Las sanciones previstas son morrocotudas...

Por cierto: veo que www.sudespacho.net tiene un servicio de diseño y alojamiento que no está nada mal, pero también veo que en este web de Portico Legal ofrecen un servicio idéntico o muy similar de forma gratuita, en lugar de cobrar los 300 ó 400 € que cobran los de sudespacho.net.
20/11/2002 20:39
Ojo, Celin: si vas a tener tu propia página web para publicitarte como abogada, ahora también te es de aplicación la LSSIyCE, luego como mínimo, a salvo de los contenidos que incluyas en la web, tendrás que indicar tu título académico, la universidad y país en que lo obtuviste, tu NIF, tus datos de colegiación, el domicilio de tu despacho, y hasta es discutible que debas añadir, bien directamente, bien mediante un link, las normas de honorarios de tu colegio...