Buenos, os expongo una duda:
Un prejubilado de HUNOSA 49 años, que una vez ya prejubilado, ha sufrido un accidente, tiene medio cuerpo paralizado y no está en su sano juicio. ¿ Se puede solicitar una incapacidad absoluta por enfermedad común estando ya prejubilado? ¿ Hay alguna forma de que cobre más?
Muchas gracias.