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Acceso a cuentas bancarias después de abonar el modelo 650

1 Comentarios
 
02/08/2017 02:22
pauyter
Lo primero, una entidad bancaria no puede retener tu dinero y mucho menos cuando tu has abonado tus impuestos, has justificado su procedencia y lo has aceptado ante notario, pero es que además tampoco puede retener tu dinero incluso si no has pagado esos impuestos, el que no pague se las tendrá que ver en su momento con la agencia tributaria.

De la misma forma que el pago de un impuesto no implica la aceptación tacita de una herencia el no pagar dicho impuesto no significa la no aceptación de la misma.

Cualquier tipo de renuncia a una herencia a de realizarse ante notario.

Si el banco pone algún problema simplemente le decís que vuestros impuestos están ya pagados y queréis disponer de la parte de la herencia que os corresponde, de lo contrario les tendréis que interponer la correspondiente denuncia, en el instante de que interpongais esa denuncia el banco esta reteniendo unos bienes sin motivo alguno y cuando liberen ese dinero tendrían además que daros los intereses generados mientras han retenido el dinero.

Y es que mientras que un piso es un bien indivisible el dinero no lo es.
Acceso a cuentas bancarias después de abonar el modelo 650
01/08/2017 23:51
Hola a ver si alguien me puede ayudar un poco con los pasos a seguir.
Falleció un tío mio a finales del 2016, el cual no tenia ni hijos ni estaba casado ni dejo testamento.
Realizamos la pertinente declaración de herederos en la notaria, se procedió a pagar el modelo 650 de cada uno de los herederos.....y aquí viene el problema....uno de los herederos se negó a pagar su parte, dado que previamente se había llegado al consenso que cada uno pagaría su parte sin acceder a lo que hubiese en las cuentas bancarias y así después ya se harían cuentas.
La duda que nos surge ahora a los herederos que si pagamos el impuesto es si para poder acceder a la parte que a cada uno le pertenece de las cuentas bancarias es obligatorio hubiesen abonado el impuesto TODOS, como NO es el caso, es decir si un heredero se le mete en los cuernos no pagar su parte los demás no pueden acceder a su parte del dinero que hubiese......en la entidad en su momento me dijeron que tendría que estar pagado el impuesto por todos, aunque entiendo que quizás me dieron esa respuesta para " medio retener" el dinero y que no se lo saquemos de allí.
Existiría alguna ley o similar que indicase que si un heredero no abona su impuesto en un determinado plazo se pudiese dar como que renuncia a lo que le pertenece o eso solo se podría acreditar en haciendo por escrito y en notaria por el propio heredero. Gracias de antemano a los que pudieseis ayudarme
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Acceso a cuentas bancarias después de abonar el modelo 650

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02/08/2017 02:22
pauyter
Lo primero, una entidad bancaria no puede retener tu dinero y mucho menos cuando tu has abonado tus impuestos, has justificado su procedencia y lo has aceptado ante notario, pero es que además tampoco puede retener tu dinero incluso si no has pagado esos impuestos, el que no pague se las tendrá que ver en su momento con la agencia tributaria.

De la misma forma que el pago de un impuesto no implica la aceptación tacita de una herencia el no pagar dicho impuesto no significa la no aceptación de la misma.

Cualquier tipo de renuncia a una herencia a de realizarse ante notario.

Si el banco pone algún problema simplemente le decís que vuestros impuestos están ya pagados y queréis disponer de la parte de la herencia que os corresponde, de lo contrario les tendréis que interponer la correspondiente denuncia, en el instante de que interpongais esa denuncia el banco esta reteniendo unos bienes sin motivo alguno y cuando liberen ese dinero tendrían además que daros los intereses generados mientras han retenido el dinero.

Y es que mientras que un piso es un bien indivisible el dinero no lo es.
Acceso a cuentas bancarias después de abonar el modelo 650
01/08/2017 23:51
Hola a ver si alguien me puede ayudar un poco con los pasos a seguir.
Falleció un tío mio a finales del 2016, el cual no tenia ni hijos ni estaba casado ni dejo testamento.
Realizamos la pertinente declaración de herederos en la notaria, se procedió a pagar el modelo 650 de cada uno de los herederos.....y aquí viene el problema....uno de los herederos se negó a pagar su parte, dado que previamente se había llegado al consenso que cada uno pagaría su parte sin acceder a lo que hubiese en las cuentas bancarias y así después ya se harían cuentas.
La duda que nos surge ahora a los herederos que si pagamos el impuesto es si para poder acceder a la parte que a cada uno le pertenece de las cuentas bancarias es obligatorio hubiesen abonado el impuesto TODOS, como NO es el caso, es decir si un heredero se le mete en los cuernos no pagar su parte los demás no pueden acceder a su parte del dinero que hubiese......en la entidad en su momento me dijeron que tendría que estar pagado el impuesto por todos, aunque entiendo que quizás me dieron esa respuesta para " medio retener" el dinero y que no se lo saquemos de allí.
Existiría alguna ley o similar que indicase que si un heredero no abona su impuesto en un determinado plazo se pudiese dar como que renuncia a lo que le pertenece o eso solo se podría acreditar en haciendo por escrito y en notaria por el propio heredero. Gracias de antemano a los que pudieseis ayudarme