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acceso del arrendador a la vivienda arrendada

7 Comentarios
 
Acceso del arrendador a la vivienda arrendada
21/03/2012 12:13
¿Puede el arrendador visitar, previo aviso, la vivienda arrendada?
21/03/2012 12:44
Lo tendría que recoger expresamente el contrato de arrendamiento, y en todo caso ha de ser con una causa jusitificada.
21/03/2012 22:41
Efectivamente ha de venir recogido en el clausulado del contrato y con motivo justificado, como por ejemplo, el arreglo de algo de la casa, o acompañamiento al técnico, etc....


Un saludo,

www.mirenlizarralde.com
23/03/2012 17:46
Hola naranjito. Los únicos supuestos en que el arrendador puede acceder a la vivienda arrendada CON EL CONSENTIMIENTO del arrendatario los encontará en el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el cual es aplicable AUNQUE NO SE MENCIONE EN EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl
23/03/2012 21:17
Según el artículo 21 entiendo que el arrendador sólo tiene derecho a entrar en la vivienda cuando haya que realizar obras de reparación.
24/03/2012 03:33
Hola, siguiendo el hilo.. si en el contrato se dice que el dueño se reserva una habitación para su uso y que el inquilino no podrá cambiar las cerraduras... y si ambos lo firman, entiendo que es perfectamente legal, ¿ no ?
26/03/2012 16:38
Hola naranjito. La interpretación que realiza del artículo 21 es correcta.

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl
26/03/2012 17:40
Peor es legal si ambos lo firman ?
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Acceso del arrendador a la vivienda arrendada
21/03/2012 12:13
¿Puede el arrendador visitar, previo aviso, la vivienda arrendada?
21/03/2012 12:44
Lo tendría que recoger expresamente el contrato de arrendamiento, y en todo caso ha de ser con una causa jusitificada.
21/03/2012 22:41
Efectivamente ha de venir recogido en el clausulado del contrato y con motivo justificado, como por ejemplo, el arreglo de algo de la casa, o acompañamiento al técnico, etc....


Un saludo,

www.mirenlizarralde.com
23/03/2012 17:46
Hola naranjito. Los únicos supuestos en que el arrendador puede acceder a la vivienda arrendada CON EL CONSENTIMIENTO del arrendatario los encontará en el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el cual es aplicable AUNQUE NO SE MENCIONE EN EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.

Reciba un cordial saludo

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http://letradosalquileres.es.tl
23/03/2012 21:17
Según el artículo 21 entiendo que el arrendador sólo tiene derecho a entrar en la vivienda cuando haya que realizar obras de reparación.
24/03/2012 03:33
Hola, siguiendo el hilo.. si en el contrato se dice que el dueño se reserva una habitación para su uso y que el inquilino no podrá cambiar las cerraduras... y si ambos lo firman, entiendo que es perfectamente legal, ¿ no ?
26/03/2012 16:38
Hola naranjito. La interpretación que realiza del artículo 21 es correcta.

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl
26/03/2012 17:40
Peor es legal si ambos lo firman ?