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Accidente laboral

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Accidente laboral
12/04/2012 18:32
Soy Arquitecto Tecnico y Jefe de obra, en su dia de una empresa constructora, ejecutando dos edificaciones al mismo tiempo, mi caso es que hace 4 años y medio un trabajador de la subcontrata de estructuras se callo desde una tercera planta al vacio y sufrio una serie de lesiones por la cual le han dado de baja definitiva con una pension. Este denuncio a su empresa (subcontrata de estructuras) la cual fue condenada en su dia al pago de 35000 euros. Mi sorpresa es que al cabo de estos casi cinco años me llega una citación como imputado para prestar declaracion al respecto del accidente que ocurrio en su dia. Hablando con el trabajador accidentado, el cual me comenta que el ni ha referido mi nombre ni me ha denunciado, y que a el le mandaron el encargado de la constructora (recurso preventivo de seguridad) y el encargado de la subcontrata (recurso preventivo de la subcontrata) que realizara una serie de replanteos en la citada planta desde donde se cayo, y que su caida se produjo por que piso una tabla de encofrado (fuera del perimetro del forjado) y esta cedio y se cayo al vacio, porque la madera que piso no se encontraba apuntalada en el forjado inferior, ambos encargados y dicho trabajador conocian que dicha tabla no encontraba apuntalada ya que el dia anterior quitaron los puntales de esa planta, ademas de haber soltado los encofradores parte de las redes de dicha planta, apesar de ello dichos encargados lo mandaron a realizar el trabajo. Ademas el trabajador accidentado quito parte de la barandillas, zona por donde se cayo para poder replantear mejor, segun me comentaron los encargados. Lo que veo es ilogico que primero los encargados mandaran al trabajador a realizar dicho trabajo y por supuesto el trabajador accidentado nunca debio quitar las barandillas y por supuesto no pisar en unas tablas ed encofrado que se encontraban fuera del limite del forjado. Por todo estao me gustaria saber que me indicaran que tipo de responsabilidad puedo tener yo como jefe de obra, sin en ese momento yo estaba en otra obra, ya que dirigia dos a la vez, y nunca indique que realizara ese trabajo al accidentado, sino que lo realizaron ambos encargados. Ademas quiero indicar que la seguridad de la obra siempre estaba dirigida por la tecnico de prevencion de riesgos laborales de la constructora, ademas de los dos coordinadores de seguridad de la propiedad. Mi pergunta es ¿para que me llaman?¿que responsabilidad puedo tener al no estar en la obra, sino que estaba en la otra obra que tambien dirigia?¿que me puede pasar? etc. ¿es posible que haya prescrito dicha denuncia al pasar 4 años y medio?. Gracias
Accidente laboral | PorticoLegal
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12/04/2012 18:32
Soy Arquitecto Tecnico y Jefe de obra, en su dia de una empresa constructora, ejecutando dos edificaciones al mismo tiempo, mi caso es que hace 4 años y medio un trabajador de la subcontrata de estructuras se callo desde una tercera planta al vacio y sufrio una serie de lesiones por la cual le han dado de baja definitiva con una pension. Este denuncio a su empresa (subcontrata de estructuras) la cual fue condenada en su dia al pago de 35000 euros. Mi sorpresa es que al cabo de estos casi cinco años me llega una citación como imputado para prestar declaracion al respecto del accidente que ocurrio en su dia. Hablando con el trabajador accidentado, el cual me comenta que el ni ha referido mi nombre ni me ha denunciado, y que a el le mandaron el encargado de la constructora (recurso preventivo de seguridad) y el encargado de la subcontrata (recurso preventivo de la subcontrata) que realizara una serie de replanteos en la citada planta desde donde se cayo, y que su caida se produjo por que piso una tabla de encofrado (fuera del perimetro del forjado) y esta cedio y se cayo al vacio, porque la madera que piso no se encontraba apuntalada en el forjado inferior, ambos encargados y dicho trabajador conocian que dicha tabla no encontraba apuntalada ya que el dia anterior quitaron los puntales de esa planta, ademas de haber soltado los encofradores parte de las redes de dicha planta, apesar de ello dichos encargados lo mandaron a realizar el trabajo. Ademas el trabajador accidentado quito parte de la barandillas, zona por donde se cayo para poder replantear mejor, segun me comentaron los encargados. Lo que veo es ilogico que primero los encargados mandaran al trabajador a realizar dicho trabajo y por supuesto el trabajador accidentado nunca debio quitar las barandillas y por supuesto no pisar en unas tablas ed encofrado que se encontraban fuera del limite del forjado. Por todo estao me gustaria saber que me indicaran que tipo de responsabilidad puedo tener yo como jefe de obra, sin en ese momento yo estaba en otra obra, ya que dirigia dos a la vez, y nunca indique que realizara ese trabajo al accidentado, sino que lo realizaron ambos encargados. Ademas quiero indicar que la seguridad de la obra siempre estaba dirigida por la tecnico de prevencion de riesgos laborales de la constructora, ademas de los dos coordinadores de seguridad de la propiedad. Mi pergunta es ¿para que me llaman?¿que responsabilidad puedo tener al no estar en la obra, sino que estaba en la otra obra que tambien dirigia?¿que me puede pasar? etc. ¿es posible que haya prescrito dicha denuncia al pasar 4 años y medio?. Gracias