Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Accidente

50 Comentarios
Viendo 41 - 50 de 50 comentarios
perfil Jan
03/01/2006 19:37
Hola Ana. Gracias por aclarar la cuestión y por completar de forma excelente la información, que por falta de tiempo, expuse en mi post de fecha 30/12/2005.

Un saludo
perfil JMP
03/01/2006 19:36
eEstimado Jan:

La matización no la efectúa Dp, es de JMP, que soy yo.

Ana Ramírez:

La explicación que efectué va dirigida, en principio, a profesionales. La matización sobre mi matización, en consecuencia, huelga por innecesaria, salvo que no se sepa de que hablamos.

Saludos.
03/01/2006 17:55
Estimado JMP:

Lo que matizabas a Jan merece una explicación ya que el matiz no es del todo correcto: la fórmula de Balthazar se utiliza SÓLO para el caso de secuelas concurrentes. Si sólo existe una secuela, entonces el líquido a percibir en concepto de secuelas se calcula en base a la simple operación aritmética de multiplicar los puntos por el valor que se le asigne a cada uno de ellos en función de la edad del lesionado. Es importante la edad a la hora de traducir los puntos en euros.

Un saludo.
perfil Jan
03/01/2006 14:04
Estimado DP. He llevado 4 casos de reclamación de daños corporales y en ninguno de ellos alguien me ha dicho que la cantidad indemnizatoria no estuviera calculada conforme a las reglas existentes.

Un saludo.
perfil JMP
02/01/2006 22:20
Una matización para Jan. La cantidad a percibir en concepto de secuelas no sale de la simple operación aritmética de multiplicar los puntos por el valor que tiene asignado cada uno de ellos, sino que hay que aplicar una fórmula, creo recordar que se llamaba de Baltasar y que tampoco recuerdo. Salvo que se haya modificado el sistema y no me haya enterado que todo es posible.

Un saludo
02/01/2006 21:35
Estimada Preocupada:

La explicación de Jan ha sido excelente; tan sólo quisiera apostillar algo en aras a aclararle más los pasos a seguir. Para poder valorar las secuelas, tendremos que saber qué secuelas hay, y para esto es necesario esperar al alta médica (que no es la misma que la laboral). Hasta tanto en cuanto no exista este alta, no se podrá negociar ningún tipo de indemnización. La valoración de las secuelas va por puntos, y la valoración de los puntos va en función de la edad del lesionado, una persona de menor edad cobrará más que una de mayor edad. Esto, en cuanto al plano jurídico-legal.

En el plano médico: llega un momento en que las lesiones sufridas se estabilizan, es decir, después de seguir un tratamiento y/o una rehabilitación, se ha llegado ya a una mejoría, que puede ser total o parcial. Cuando la mejoría es parcial, y ya no se "puede mejorar más", se habla de "estabilización de las secuelas", y es entonces cuando se da el alta con secuelas que serán las que se indemnicen ya que no se puede mejorar más. Por eso es importante obtener siempre un alta con secuelas.

De todos modos si su caso lo está llevando ya una abogada (sobre todo si es privada), tenga la certeza de que ella conoce perfectamente el iter a seguir. No tenga miedo y pídale que le explique perfectamente todo el tema, que nadie mejor que ella podrá darle todas las explicaciones que sean necesarias, pues ella conoce todas las circunstancias concretas de su caso y nosotros no, por lo que sólo podemos ofrecerle consejos o explicarle el procedimiento pero sólo en líneas generales.

Le deseo muy feliz año. Es un placer aclarar sus dudas.

Un saludo.
02/01/2006 08:02
Muchas gracias Jan, lo has explicado muy bien, has sido muy amable.

Fleiz año a ti tambien y un saludo (ya iré contando cómo van las cosas. esta semana me toca forense)

Un abrazo
perfil Jan
30/12/2005 18:23
Hola. Lamento no haberme explicado con la claridad debida. Vayamos por partes.

1) La indemnización que a usted le corresponde agrupa los siguientes elementos:

A) Días de baja. Estos se dividen en:
a) Durante la estancia hospitalaria( si la hubiera). 58,19 euros por día
b)Sin estancia hospitalaria:
1 Impeditivo( usted no ha podido ir a trabajar). 47,28 euros por día
2 No impeditivo.(Usted pueder ir a trabajar pero aún acude a rehabilitación o sigue tratamiento médico). 25,46 euros por día.

2) Lesiones y secuelas que usted presenta. Para cada parte del cuerpo´(ojos, manos, pies, espalda...) hay unas tablas en las que se describen unas lesiones y a estas lesiones les correspnde una puntuación(1,3 5... puntos).El valor de cada punto se incrementa.Vg 1 punto=639,23 euros, 2 puntos=657,45 euros.. y así sucesivamente.
Con las secuelas pasa lo mismo:deben venir tipificadas como tales en las tablas y se les asigna una puntuación. En su caso, en función de que la hernia sea temporal o permanente se le asignará una u otra puntuación.

Luego se suman todos los puntos(Vg suman 10. Imaginemos que 10 puntos=749,32 euros. En este caso 749,32 multiplicado por 10= 7493,2 euros)

A esta cantidad, se le sumaria la que resultase de calcular la de los Días de Baja( Imaginemos qu eran 10.000 euros) Así tendríamos una cantidad de 17.493,2 euros. Pues bien, esta cantidad debe ser incrementada en un 10% ya que usted está en edad laboral y trabajando. Así el total de la indemnización ascendería a unos 19.000 euros.

3) Además usted tendría derecho a que se le reintegraran gastos tales como la compra del collarin, los medicamentos del tratamiento médico ...

Finalmente, para poder hacer los cálculos anteriormente expuestos usted debe recibir el Alta Médica Definitiva( Que le digan que no tiene que acudir a rehabilitación y determinación por el médico forense de si la hernia puede ser temporal o permanente).

Un saludo y Feliz Año

30/12/2005 12:19
¿tengo q esperar a recibir el alta médica? pero si es una hernia discal y eso puede ser años o toda una vida!!! ¿cómo puede ser eso? no busco el dinero pero los 3 primeros meses de baja cobré una miseria y aun hoy arrastro las consecuncias de aquello teniendo una economia muy ajustada y a base de calculadora....
perfil Jan
30/12/2005 11:59
Hola preocupada. Como dije ya dije en otro post, si tu intención es únicamente cobrar una indemnización por los daños corporales sufridos, comentalé a tu abogada que no vaya por la vía penal, sino por la civil. Además, teniendo en cuenta cómo sucedieron los hechos, el cobro de la indemnización que te corresponda por los daños corporales y lasa secuelas que se deriven de los mismos la tienes prácticamente asegurada, pues en muy rara ocasión las compañías de seguros van a juicio y, más aún, cuando hay pruebas contundentes(atestado policial, testigos, parte amistoso admitiendo la culpa...) de que su asegurado tuvo la culpa.

En cuanto a la valoración de tus daños corporales, tendrás que esperar a recibir el alta médica definitiva para que tu abogada pueda valorarlas conforme al baremo establecido.
Accidente
30/12/2005 11:41
gracias por vuestros comentarios.
El accidente se produjo asi: nosotros estabamos parados por unas retenciones de tráfico y el que vino por detras parece ser que no nos vió y nos dio de lleno. La abogada puso la denuncia por mi, me envió la denuncia, yo la firmé y ella la tramitó. Mi intención no es fastidiar al que nos dió y tampoco creo que sea agradable llevarlo a juicio pero tampoco es agradable que haya pasado medio año con muchas molestias y rehabilitacion y aun me queden por delante no se cuantos meses mas por la dicho hernia discal cervical.
Sigo necesitando algunos comentarios vuestro mas porque cuanto mas me digais mas informada estaré. no se que cantidad me corresponderá pero preferiria tener mi cuello intacto de antes y no tener que estar pendiente de una cantidad que en su momento me alegrará pero no me quitará las molestias, mareos, dolores.... en fin, gracias por vuestros comentarios.