Hace diez años fallecio mi madre, en sus ultimos años estaba tan mal que la estuve cuidando en mi casa. Para poder administrar su pension la inclui en mi cuenta bancaria como cotitular, decision acertada en ese momento ya que estuvo en coma sus dos ultimos años de vida. Habiendo dos herederos mas hicimos una aceptacion de herencia a partes iguales de unos terrenos y su vivienda sin incluir la cuenta bancaria. Ahora que hemos decidido vender me asalta una duda, ¿podria alguno despues de aceptada y registrada la herencia reclamar ahora dinero de la cuenta? caso de hacerlo ¿existe una prescripcion? La aceptacion de la herencia se produjo hace diez años. Gracias por las aclaraciones.
La prescripción para impugnar una herencia es de 30 años, contados desde el momento en que la persona demandada se apropió de bienes pertenecientes a la masa hereditaria. El hecho de firmar la aceptación de herencia no significa que se renuncie a bienes que aparezcan en el futuro y de los cuales uno no sepa nada. De todas formas, es poco verosímil que le vayan a reclamar ahora, por lo que no se preocupe mayormente por el asunto.