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Aceptación herencia y pago deuda.

4 Comentarios
 
Aceptación herencia y pago deuda.
17/01/2019 20:54
Le escribo para saber sobre la siguiente situación, y les pongo en antecedente:
Viuda con 8 hijos. Uno de ellos fallece hace dos meses, ( soltero y sin descendiente) y por tener una cuenta bancaria abierta desde hace unos años, le reclaman unos 900 euros por gastos de administración de la misma, dicha cuenta no tenia ningún capital, solo ese saldo negativo, y tampoco tenia mas bienes ni propiedades, a excepción de la parte que pudiera corresponderle en herencia tras la muerte de su padre hace muchos años. Como heredera supongo que estaría la madre.
En la cuenta bancaria solo figuraba el fallecido, no habiendo nadie mas ni como cotitular ni como autorizado.
Debe la madre pagar esa deuda por ser la heredera.?
Si renuncia a la herencia de su hijo fallecido esta renunciando también a esa octava parte del 50 % de su marido ( 1/8 parte por hijo).
Si el resto de hermanos renuncian, esa 1/8 parte seria del estado y de aquí se cobraría el banco los 900 euros.
Que otras posibilidades pueden darse:
Muchas gracias
18/01/2019 17:09
hola-2
Su madre es la heredera de su difunto hijo, pero no de su difunto marido. La parte de la herencia del padre que le hubiese correspondido a su hermano no es para su madre, sino para el resto de los hermanos por igual; por lo que esa octava parte del 50% de su padre se reparte entre los siete hermanos. Eso quiere decir que su madre no tiene por qué aceptar la herencia de su infortunado hijo, y que el Estado no solo no tiene nada que hacer en este flujo hereditario, sino que jamás pagaría un solo céntimo al banco ni aunque le regalasen un patrimonio millonario.
18/01/2019 20:33
Grisolía
Muchas gracias por contestar, deduzco por sus palabras que al no aceptar la madre la herencia de su difunto hijo ( con un debe de 900 euros) no estaría obligada al pago de la deuda
Deduzco también que esa 1/8 parte se reparte entre los 7 hermanos restantes, pero no porque la acepten como herencia ( ya que ellos no son herededos) sino que el montante total ( 50 % del padre) se reparte en 7 partes.
Entonces y ahí va la pregunta en esta deuda del fallecido con el banco, solo interviene la madre ( supongo que renunciando) o el resto de hermanos tiene algo que ver en la misma.
El banco puede exigirle algo al los hermanos
Para proceder a regularizar esta situación supongo que habrá que pedir el certificado de ultimas voluntades y personarse en el notario.
Hay que que presentar también la declaración de impuestos y sucesiones, ? habría que hacer algo mas.
Muchas gracias desde andalucia
18/01/2019 22:30
hola-2
Ha entendido usted correctamente el asunto: los hermanos se reparten la herencia que le hubiese correspondido al difunto proveniente de su padre. No es necesario que incurra en gastos y molestias a su madre (renuncia notarial) porque es poco plausible que el banco la demande para cobrar esos 900 euros, y el banco jamás podrá exigir nada a los hermanos, puesto que ninguno de ellos hereda del hermano, sino del padre. En la notaría les organizarán todo y les pedirán los documentos oportunos. El impuesto de herencias está transferido a las comunidades autónomas, por lo que tendrá que preguntar en su oficina liquidadora, habitualmente son 6 meses para el pago.
18/01/2019 23:11
hola-2
Muchas gracias por su informacion, informo de ello a los interesados.
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Aceptación herencia y pago deuda.
17/01/2019 20:54
Le escribo para saber sobre la siguiente situación, y les pongo en antecedente:
Viuda con 8 hijos. Uno de ellos fallece hace dos meses, ( soltero y sin descendiente) y por tener una cuenta bancaria abierta desde hace unos años, le reclaman unos 900 euros por gastos de administración de la misma, dicha cuenta no tenia ningún capital, solo ese saldo negativo, y tampoco tenia mas bienes ni propiedades, a excepción de la parte que pudiera corresponderle en herencia tras la muerte de su padre hace muchos años. Como heredera supongo que estaría la madre.
En la cuenta bancaria solo figuraba el fallecido, no habiendo nadie mas ni como cotitular ni como autorizado.
Debe la madre pagar esa deuda por ser la heredera.?
Si renuncia a la herencia de su hijo fallecido esta renunciando también a esa octava parte del 50 % de su marido ( 1/8 parte por hijo).
Si el resto de hermanos renuncian, esa 1/8 parte seria del estado y de aquí se cobraría el banco los 900 euros.
Que otras posibilidades pueden darse:
Muchas gracias
18/01/2019 17:09
hola-2
Su madre es la heredera de su difunto hijo, pero no de su difunto marido. La parte de la herencia del padre que le hubiese correspondido a su hermano no es para su madre, sino para el resto de los hermanos por igual; por lo que esa octava parte del 50% de su padre se reparte entre los siete hermanos. Eso quiere decir que su madre no tiene por qué aceptar la herencia de su infortunado hijo, y que el Estado no solo no tiene nada que hacer en este flujo hereditario, sino que jamás pagaría un solo céntimo al banco ni aunque le regalasen un patrimonio millonario.
18/01/2019 20:33
Grisolía
Muchas gracias por contestar, deduzco por sus palabras que al no aceptar la madre la herencia de su difunto hijo ( con un debe de 900 euros) no estaría obligada al pago de la deuda
Deduzco también que esa 1/8 parte se reparte entre los 7 hermanos restantes, pero no porque la acepten como herencia ( ya que ellos no son herededos) sino que el montante total ( 50 % del padre) se reparte en 7 partes.
Entonces y ahí va la pregunta en esta deuda del fallecido con el banco, solo interviene la madre ( supongo que renunciando) o el resto de hermanos tiene algo que ver en la misma.
El banco puede exigirle algo al los hermanos
Para proceder a regularizar esta situación supongo que habrá que pedir el certificado de ultimas voluntades y personarse en el notario.
Hay que que presentar también la declaración de impuestos y sucesiones, ? habría que hacer algo mas.
Muchas gracias desde andalucia
18/01/2019 22:30
hola-2
Ha entendido usted correctamente el asunto: los hermanos se reparten la herencia que le hubiese correspondido al difunto proveniente de su padre. No es necesario que incurra en gastos y molestias a su madre (renuncia notarial) porque es poco plausible que el banco la demande para cobrar esos 900 euros, y el banco jamás podrá exigir nada a los hermanos, puesto que ninguno de ellos hereda del hermano, sino del padre. En la notaría les organizarán todo y les pedirán los documentos oportunos. El impuesto de herencias está transferido a las comunidades autónomas, por lo que tendrá que preguntar en su oficina liquidadora, habitualmente son 6 meses para el pago.
18/01/2019 23:11
hola-2
Muchas gracias por su informacion, informo de ello a los interesados.