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Actas en poder del abogado

1 Comentarios
 
06/07/2022 11:18
Hola,

Puedes solicitárselo por escrito y con cita del Art. 48 ordinales 5 y 7 del Estatuto de la Abogacía (EGAE):

Artículo 48 EGAE. Deberes de información e identificación.

(...)

5. El profesional de la Abogacía deberá informar a su cliente acerca del estado del asunto en que esté interviniendo y sobre las incidencias y resoluciones relevantes que se produzcan. En los procedimientos administrativos y judiciales, si el cliente lo requiere, le proporcionará copia de los diferentes escritos que se presenten o reciban, de las resoluciones judiciales o administrativas que le sean notificadas y de las grabaciones de actuaciones que se hayan producido.

(...)

7. Asimismo, el profesional de la Abogacía tiene derecho a recabar del cliente, manteniendo la confidencialidad necesaria, cuanta información y documentación resulte relevante para el correcto ejercicio de su función. En ningún caso el profesional de la Abogacía podrá retener documentación del cliente, sin perjuicio de que pueda conservar copia".

En el escrito puedes también advertirle que de no atender el requerimiento te verás obligado a ponerlo en conocimiento del Colegio de la Abogacía que corresponda a los efectos de lo dispuesto en el Art. 125.a).v:

"Artículo 125 EGAE. Infracciones graves.

Son infracciones graves de los profesionales de la Abogacía:

a) La vulneración de los deberes deontológicos en los casos siguientes:

(...)

v. La retención de documentación de un cliente contra sus expresas instrucciones".

Un saludo.
Actas en poder del abogado
06/07/2022 10:50
Buenos días hace algún tiempo en abril firmé un acta de conciliación pero le he solicitado al abogado que me dé el acta firmada por todos los componentes de ese acta y no me lo quiere dar se lo he pedido pero no me lo quiere dar qué le puedo hacer
Actas en poder del abogado | PorticoLegal
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06/07/2022 11:18
Hola,

Puedes solicitárselo por escrito y con cita del Art. 48 ordinales 5 y 7 del Estatuto de la Abogacía (EGAE):

Artículo 48 EGAE. Deberes de información e identificación.

(...)

5. El profesional de la Abogacía deberá informar a su cliente acerca del estado del asunto en que esté interviniendo y sobre las incidencias y resoluciones relevantes que se produzcan. En los procedimientos administrativos y judiciales, si el cliente lo requiere, le proporcionará copia de los diferentes escritos que se presenten o reciban, de las resoluciones judiciales o administrativas que le sean notificadas y de las grabaciones de actuaciones que se hayan producido.

(...)

7. Asimismo, el profesional de la Abogacía tiene derecho a recabar del cliente, manteniendo la confidencialidad necesaria, cuanta información y documentación resulte relevante para el correcto ejercicio de su función. En ningún caso el profesional de la Abogacía podrá retener documentación del cliente, sin perjuicio de que pueda conservar copia".

En el escrito puedes también advertirle que de no atender el requerimiento te verás obligado a ponerlo en conocimiento del Colegio de la Abogacía que corresponda a los efectos de lo dispuesto en el Art. 125.a).v:

"Artículo 125 EGAE. Infracciones graves.

Son infracciones graves de los profesionales de la Abogacía:

a) La vulneración de los deberes deontológicos en los casos siguientes:

(...)

v. La retención de documentación de un cliente contra sus expresas instrucciones".

Un saludo.
Actas en poder del abogado
06/07/2022 10:50
Buenos días hace algún tiempo en abril firmé un acta de conciliación pero le he solicitado al abogado que me dé el acta firmada por todos los componentes de ese acta y no me lo quiere dar se lo he pedido pero no me lo quiere dar qué le puedo hacer