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Actividad extraescolar

5 Comentarios
 
Actividad extraescolar
14/12/2017 08:52
hola.Tengo obligación de pagar los gastos de una actividad extra(baloncesto)sin habérmelo consultado mi ex.
Les explico.Mi ex pareja apunto a la cria a baloncesto sin consultarme. Después de cinco años me exige el pago de la mitad de todo lo que se gasto este tiempo en la actividad.Yo actualmente estoy cobrando 300 e y tengo un dinero ahorrado.tengo que pagarlo?
14/12/2017 09:07
Terra72
Sin acuerdo o visto bueno de ambos, no procede que le pagues nada. Los gastos extraordinarios son consensuados. Tu ex parece que confunde "custodia" con "patria potestad".
14/12/2017 09:36
Terra72
con una nomina de 3550 que tiene,yo al paro y unos pocos ahorros me hago cargo al 99,9% de los gastos de ropa y calzado,les doy dinero para sus caprichos.Un convenio en el que pone que se hace cargo de todos sus gastos si bien yo ayudare en la medida de mis posibilidades y me pide la mitad de todo como si fuera una visa.Que es lo que mira un juez a la hora de determinar si se debe pagar o no...los ahorros o los ingresos?
14/12/2017 10:30
Terra72
Baloncesto no es un gasto extraordinario, asi que si en convenio no especifica que las ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES se paguen a medias, no tienes que pagarlo, ni consultandotelo ni sin consultartelo.

Insisto en que no se confundan GASTOS EXTRAORDINARIOS, con ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES, son cosas completamente diferentes. Pero parece que mucha gente lo sigue confundiendo...
14/12/2017 12:33
Terra72
Los gastos en extraescolares no son ordinarios (incluidos en la pensión de alimentos), porque aunque sean previsibles y periódicos no son necesarios, ni tampoco extraordinarios salvo que figuren como tal en el convenio. Son de naturaleza potestativa y deben ser consensuados por ambos progenitores, por lo que si no diste permiso y acordasteis el pago en convenio o entre vosotros en el momento en que se apuntó (salvo que estuviera apuntada antes de separaros) no tienes por qué pagarlo. Es como si quiere mandarla de extraescolares a aprender a conducir yates en Abu Dhabi, si ella lo asume que lo haga, pero a ti no te compromete económicamente si no quieres. No es un gasto ni ordinario (a incluir en la pensión por alimentos) ni extraordinario de pago obligado (para ello ha de ser imprescindible e imprevisible: gafas, ortodoncia, etc).
Que te pida lo que quiera, no tienes por qué pagarlo si la apuntó ella sola sin contar contigo.
23/01/2018 01:17
paquito xocolatero
¿Y si lo apunta a inglés sin consultarlo con el padre previamente?
Actividad extraescolar | PorticoLegal
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Actividad extraescolar
14/12/2017 08:52
hola.Tengo obligación de pagar los gastos de una actividad extra(baloncesto)sin habérmelo consultado mi ex.
Les explico.Mi ex pareja apunto a la cria a baloncesto sin consultarme. Después de cinco años me exige el pago de la mitad de todo lo que se gasto este tiempo en la actividad.Yo actualmente estoy cobrando 300 e y tengo un dinero ahorrado.tengo que pagarlo?
14/12/2017 09:07
Terra72
Sin acuerdo o visto bueno de ambos, no procede que le pagues nada. Los gastos extraordinarios son consensuados. Tu ex parece que confunde "custodia" con "patria potestad".
14/12/2017 09:36
Terra72
con una nomina de 3550 que tiene,yo al paro y unos pocos ahorros me hago cargo al 99,9% de los gastos de ropa y calzado,les doy dinero para sus caprichos.Un convenio en el que pone que se hace cargo de todos sus gastos si bien yo ayudare en la medida de mis posibilidades y me pide la mitad de todo como si fuera una visa.Que es lo que mira un juez a la hora de determinar si se debe pagar o no...los ahorros o los ingresos?
14/12/2017 10:30
Terra72
Baloncesto no es un gasto extraordinario, asi que si en convenio no especifica que las ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES se paguen a medias, no tienes que pagarlo, ni consultandotelo ni sin consultartelo.

Insisto en que no se confundan GASTOS EXTRAORDINARIOS, con ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES, son cosas completamente diferentes. Pero parece que mucha gente lo sigue confundiendo...
14/12/2017 12:33
Terra72
Los gastos en extraescolares no son ordinarios (incluidos en la pensión de alimentos), porque aunque sean previsibles y periódicos no son necesarios, ni tampoco extraordinarios salvo que figuren como tal en el convenio. Son de naturaleza potestativa y deben ser consensuados por ambos progenitores, por lo que si no diste permiso y acordasteis el pago en convenio o entre vosotros en el momento en que se apuntó (salvo que estuviera apuntada antes de separaros) no tienes por qué pagarlo. Es como si quiere mandarla de extraescolares a aprender a conducir yates en Abu Dhabi, si ella lo asume que lo haga, pero a ti no te compromete económicamente si no quieres. No es un gasto ni ordinario (a incluir en la pensión por alimentos) ni extraordinario de pago obligado (para ello ha de ser imprescindible e imprevisible: gafas, ortodoncia, etc).
Que te pida lo que quiera, no tienes por qué pagarlo si la apuntó ella sola sin contar contigo.
23/01/2018 01:17
paquito xocolatero
¿Y si lo apunta a inglés sin consultarlo con el padre previamente?