Hombre, a parte de algún requerimiento puntual que se pueda hacer al ejecutado y siempre que no se oponga a la ejecución, prácticamente nada. Notificarle los embargos que se puedan ir practicando y controlar en cualquier caso, las costas e intereses que se presenten de contrario para evitar algún pequeño abuso. Res mes.
Yo, aunque no soy procurador, te puedo decir lo q hacen los procuradores/as con los q trabajo: - Presentar los escritos q dirijo al Juzgado. - Devolverme mi copia sellada. - Mantenerme al tanto de la ejecución, informando de cuantas incidencias se produzcan. - Creo q en alguna diligencia de embargo ha estado presente en representación de la parte ejecutante. - Pedir(me) provisión de fondos. - Otras de las q te puedan informar mas compañeros y q se me escapen en este momento. En fin, nada especialmente complicado, aunque esto ya depende de cada caso. Saludos¡