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Actualización ipc renta vivienda

7 Comentarios
 
Actualización ipc renta vivienda
31/05/2021 21:07
Buenas tardes, mi contrato de alquiler entró en vigor el 1 de mayo de 2019. En el año 2020 no recibí por parte de la arrendadora ningún comunicado de actualización. He recibido un sms de la arrendadora el pasado 27 de mayo comunicándome la actualización de la renta del año 2020 para pagarla ya la primera semana de junio.Tengo varias preguntas:
- No hay un tiempo de preaviso?. Pienso que me lo tenía que haber comunicado en abril, teniendo en cuenta que el Contrato es del 1 de Mayo.
- Puedo solicitar una actualización desde el inicio del Contrato y más teniendo en cuenta que el ipc de 2020 fue negativo por la deflación?.
Muchas gracias.
31/05/2021 21:40
Y qué actualización le ha indicado? la variación del IPC de mayo aún no se ha publicado
31/05/2021 22:24
Msyc
Me indica un incremento del 2,2% de abril de 2020 a 2021 según el Instituto Nacional de Estadística. Y con la indicación de que he de abonar la renta actualizada en los primeros 7 días naturales de este mes de junio.
02/06/2021 08:20
Msyc
Me he quedado con las mismas preguntas sin respuesta. De todas formas, gracias. Hubiese preferido la na aclaración por pequeña que sea.
02/06/2021 11:38
1.- El IPC de abril de 2020 a 2021 no se conoce hasta mayo del 2021, por lo tanto no puede haber un tiempo de preaviso porque lo antes que el casero podría haberle comunicado la subida es el 17 o 18 de mayo, no en abril. Aparte de eso lo cierto y verdad es que la Ley no prevé ningún plazo de preaviso.
2.- Si puede solicitar una actualización del IPC, pero lo no pagado o lo no cobrado no puede recuperarse o pagarse de modo retroactivo. La nueva renta actualizada rige desde que se notifica la subida del IPC, no desde que pudo haberse calculado. Si el casero se retrasa en comunicar el IPC 6 meses, no puede recuperar lo no cobrado de mas en los 6 meses anteriores. E igual para usted si se tratase de una rebaja de la renta.
03/06/2021 11:27
Es tal como dice Leonjbr, en las actualizaciones se usa el último índice publicado, que es el del mes anterior.

Art 18 LAU: "...tomando como mes de referencia para la actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de actualización del contrato."
03/06/2021 17:02
Entiendo que, tal y como dice el art 18, sería el de dos meses antes. Si la fecha de actualización del contrato es el 1 de mayo, el último publicado ese día es el de marzo, ya que el de abril se publica en los primeros días de mayo.
03/06/2021 17:05
Y, en el caso que comenta Subas, el 27 de mayo le comunican que se actualiza el 1 de junio, sería con el de abril, último publicado
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Buenas tardes, mi contrato de alquiler entró en vigor el 1 de mayo de 2019. En el año 2020 no recibí por parte de la arrendadora ningún comunicado de actualización. He recibido un sms de la arrendadora el pasado 27 de mayo comunicándome la actualización de la renta del año 2020 para pagarla ya la primera semana de junio.Tengo varias preguntas:
- No hay un tiempo de preaviso?. Pienso que me lo tenía que haber comunicado en abril, teniendo en cuenta que el Contrato es del 1 de Mayo.
- Puedo solicitar una actualización desde el inicio del Contrato y más teniendo en cuenta que el ipc de 2020 fue negativo por la deflación?.
Muchas gracias.
31/05/2021 21:40
Y qué actualización le ha indicado? la variación del IPC de mayo aún no se ha publicado
31/05/2021 22:24
Msyc
Me indica un incremento del 2,2% de abril de 2020 a 2021 según el Instituto Nacional de Estadística. Y con la indicación de que he de abonar la renta actualizada en los primeros 7 días naturales de este mes de junio.
02/06/2021 08:20
Msyc
Me he quedado con las mismas preguntas sin respuesta. De todas formas, gracias. Hubiese preferido la na aclaración por pequeña que sea.
02/06/2021 11:38
1.- El IPC de abril de 2020 a 2021 no se conoce hasta mayo del 2021, por lo tanto no puede haber un tiempo de preaviso porque lo antes que el casero podría haberle comunicado la subida es el 17 o 18 de mayo, no en abril. Aparte de eso lo cierto y verdad es que la Ley no prevé ningún plazo de preaviso.
2.- Si puede solicitar una actualización del IPC, pero lo no pagado o lo no cobrado no puede recuperarse o pagarse de modo retroactivo. La nueva renta actualizada rige desde que se notifica la subida del IPC, no desde que pudo haberse calculado. Si el casero se retrasa en comunicar el IPC 6 meses, no puede recuperar lo no cobrado de mas en los 6 meses anteriores. E igual para usted si se tratase de una rebaja de la renta.
03/06/2021 11:27
Es tal como dice Leonjbr, en las actualizaciones se usa el último índice publicado, que es el del mes anterior.

Art 18 LAU: "...tomando como mes de referencia para la actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de actualización del contrato."
03/06/2021 17:02
Entiendo que, tal y como dice el art 18, sería el de dos meses antes. Si la fecha de actualización del contrato es el 1 de mayo, el último publicado ese día es el de marzo, ya que el de abril se publica en los primeros días de mayo.
03/06/2021 17:05
Y, en el caso que comenta Subas, el 27 de mayo le comunican que se actualiza el 1 de junio, sería con el de abril, último publicado