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acuerdo verbal compraventa valido?

5 Comentarios
 
Acuerdo verbal compraventa valido?
06/04/2012 01:23
saludos y gracias de antemano.
os consulto mi gravisimo problema.

en noviembre de 2011 llego a un acuerdo verbal con mi casera,el cual consta de un contrato inicial de 6 meses de alquiler con su respectivo contrato ya firmado.
y seguidamente al finalizar este(en mayo del presente año)un contrato de alquiler con opcion a compra con una entrada de 3000€ y precio final de 114.000€ de los cuales se descontaria los 3000 de entrada y las cuotas mensuales del alquiler.
pues bien a apenas 20 dias de acabar contrato,y aprovechandose de la situacion en la que nos encontramos(piso completamente acomodado ya que iba a ser nuestro mi mujer apunto de dar a luz en los proximos 20 dias tambien y las habitaciones acomodadas)me llega la muy señora y dice que ahora son 132.000€ que tiene otros supuestos compradores que le dan eso(lo cual no me lo creo porque ni si quiera han visto el piso)y que le tendo que dar una respuesta en 4 dias.
sera valido el acuerdo verbal?
lo que puedo decir como justificante que ella puso el anuncio hace ya 6 meses en internet e inmobiliarias por 126.000€ ya que los 12.000 de diferencia eran los que se llevaba la inmobiliaria,y que ella como lo vendia por fuera la inmobiliaria lo dejaba en los 114000.
los anuncios posteriormente los quito debido que llegamos a ese acuerdo,pero ahora me pide mas de lo del propio anuncio.
tambien pense en quedar con ella en un par de dias y mantener una conversacion en la que repita las condiciones anteriormente pactadas y grabar esa conversacion para utilizarla tambien en su contra.
hare bien....puedo conseguir algo con ese acuerdo verbal.

gracias por todo de antemano
07/04/2012 23:26
No especifica si han hecho alguna reforma en el piso "de momento" de alquiler. Si no están muy MUY interesados en quedarse con ese piso, busquen otro, porque al no tener ningún documento o testigo que demuestre ese acuerdo... lo tienen mal para ganar en juicio.
Ahora hay muchas ofertas de piso y muchos en unas condiciones muy buenas.
Teniendo en cuanta la situación de su mujer... no se compliquen la vida, sean prácticos, no merece la pena que se disgusten por el piso, será por pisos a la venta...
Al finalizar el contrato de alquiler (mayo) busquen otro de alquiler hasta que encuentren uno que realmente les guste y se ajuste a lo que les gustaría tener como vivienda habitual.
Hay mucho sinvergüenza suelto, no le dé el gusto de salirse con la suya, que se quede con el piso, a ver si lo vende ella en 132.000 €, porque tal y como está la venta de pisos... va para largo.
Esta es mi opinión y lo que haría al respecto.
saludos.
08/04/2012 14:15
LE recomiendo que vaya a un abogado con toda la documentación posible (contratos, recibos, anuncios, etc...) pero eso mejor hoy que mañana.

Por otro lado, no comparto la opinión de Isolda. Tenga en cuenta que si no hay contrato por escrito, usted puede alegar que es un contrato de vivienda habitual y de allí no lo echan hasta que no lleve como mínimo 1 año, y eso a lo mejor no le conviene a la propietaria porque pierde la nueva venta...

Conclusión, vaya a un abogado con toda la documentación que tenga y pueda llevar, aunque a usted le parezca poco importante, y exponga su caso. Si va a hacer cualquier gestión con ese abogado, pídale presupuesto y hoja de encargo, para que sepa lo que le va a cosatar la hipotética acción.
08/04/2012 18:19
¿El segundo contrato de alquiler con opción de compra, ha sido hecho por escrito?.
¿Tiene copia del recibo de entrada de 3.000 € y de los pagos de mensualidades de alquiler?.
08/04/2012 19:01
el uncio contrato es el de 6 meses.porque a mayo no hemos llegado aun.
con respecto a "lsd2" yo creo que si que puede hecharnos a los 6 meses pq el contrato solo es de 6 meses.
y la unica prueba que tenemos a parte de nuestra palabra puede ser la inmobiliaria que aunque ya lo cancelara con la inmobiliaria imagino que ellos tendran historial del precio que les indico la dueña en su momento.
09/04/2012 16:40
Puede prorrogar el contrato hasta 5 años, y no le puede echar antes, según el artículo 9 de la LAU, por ser vivienda.
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Acuerdo verbal compraventa valido?
06/04/2012 01:23
saludos y gracias de antemano.
os consulto mi gravisimo problema.

en noviembre de 2011 llego a un acuerdo verbal con mi casera,el cual consta de un contrato inicial de 6 meses de alquiler con su respectivo contrato ya firmado.
y seguidamente al finalizar este(en mayo del presente año)un contrato de alquiler con opcion a compra con una entrada de 3000€ y precio final de 114.000€ de los cuales se descontaria los 3000 de entrada y las cuotas mensuales del alquiler.
pues bien a apenas 20 dias de acabar contrato,y aprovechandose de la situacion en la que nos encontramos(piso completamente acomodado ya que iba a ser nuestro mi mujer apunto de dar a luz en los proximos 20 dias tambien y las habitaciones acomodadas)me llega la muy señora y dice que ahora son 132.000€ que tiene otros supuestos compradores que le dan eso(lo cual no me lo creo porque ni si quiera han visto el piso)y que le tendo que dar una respuesta en 4 dias.
sera valido el acuerdo verbal?
lo que puedo decir como justificante que ella puso el anuncio hace ya 6 meses en internet e inmobiliarias por 126.000€ ya que los 12.000 de diferencia eran los que se llevaba la inmobiliaria,y que ella como lo vendia por fuera la inmobiliaria lo dejaba en los 114000.
los anuncios posteriormente los quito debido que llegamos a ese acuerdo,pero ahora me pide mas de lo del propio anuncio.
tambien pense en quedar con ella en un par de dias y mantener una conversacion en la que repita las condiciones anteriormente pactadas y grabar esa conversacion para utilizarla tambien en su contra.
hare bien....puedo conseguir algo con ese acuerdo verbal.

gracias por todo de antemano
07/04/2012 23:26
No especifica si han hecho alguna reforma en el piso "de momento" de alquiler. Si no están muy MUY interesados en quedarse con ese piso, busquen otro, porque al no tener ningún documento o testigo que demuestre ese acuerdo... lo tienen mal para ganar en juicio.
Ahora hay muchas ofertas de piso y muchos en unas condiciones muy buenas.
Teniendo en cuanta la situación de su mujer... no se compliquen la vida, sean prácticos, no merece la pena que se disgusten por el piso, será por pisos a la venta...
Al finalizar el contrato de alquiler (mayo) busquen otro de alquiler hasta que encuentren uno que realmente les guste y se ajuste a lo que les gustaría tener como vivienda habitual.
Hay mucho sinvergüenza suelto, no le dé el gusto de salirse con la suya, que se quede con el piso, a ver si lo vende ella en 132.000 €, porque tal y como está la venta de pisos... va para largo.
Esta es mi opinión y lo que haría al respecto.
saludos.
08/04/2012 14:15
LE recomiendo que vaya a un abogado con toda la documentación posible (contratos, recibos, anuncios, etc...) pero eso mejor hoy que mañana.

Por otro lado, no comparto la opinión de Isolda. Tenga en cuenta que si no hay contrato por escrito, usted puede alegar que es un contrato de vivienda habitual y de allí no lo echan hasta que no lleve como mínimo 1 año, y eso a lo mejor no le conviene a la propietaria porque pierde la nueva venta...

Conclusión, vaya a un abogado con toda la documentación que tenga y pueda llevar, aunque a usted le parezca poco importante, y exponga su caso. Si va a hacer cualquier gestión con ese abogado, pídale presupuesto y hoja de encargo, para que sepa lo que le va a cosatar la hipotética acción.
08/04/2012 18:19
¿El segundo contrato de alquiler con opción de compra, ha sido hecho por escrito?.
¿Tiene copia del recibo de entrada de 3.000 € y de los pagos de mensualidades de alquiler?.
08/04/2012 19:01
el uncio contrato es el de 6 meses.porque a mayo no hemos llegado aun.
con respecto a "lsd2" yo creo que si que puede hecharnos a los 6 meses pq el contrato solo es de 6 meses.
y la unica prueba que tenemos a parte de nuestra palabra puede ser la inmobiliaria que aunque ya lo cancelara con la inmobiliaria imagino que ellos tendran historial del precio que les indico la dueña en su momento.
09/04/2012 16:40
Puede prorrogar el contrato hasta 5 años, y no le puede echar antes, según el artículo 9 de la LAU, por ser vivienda.