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Adjudicación de vivienda en compensación de deudas.

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Adjudicación de vivienda en compensación de deudas.
01/02/2018 23:52
Pareja que se divorcia. Entre otros bienes en común.

En convenio regulador, aprobado judicialmente liquidan la sociedad de gananciales, el marido se adjudica la vivienda, y el préstamo hipotecario ambos gananciales, y la mujer se adjudica otros bienes.

El marido no se ha hecho cargo la hipoteca que ha tenido que pagar la mujer.

Ahora la mujer le reclama lo abonado hasta el momento, y el marido no puede pagar y quiere darle la vivienda en compensación de lo debido.

La vivienda tiene unas deudas, anotadas en el registro de la propiedad. Por deudas personales suscritas con posterioridad al divorcio.

La mujer estaría dispuesta a adjudicarse la vivienda, compensación de la deuda, haciéndose cargo del préstamo hipotecario, y abonando asimismo, las deudas inscritas en el registro de la propiedad.

Hasta ahí todo bien, la cuestión es que el marido tiene pendiente un procedimiento de ejecución por otras deudas, que no están inscritas todavía en el registro de la propiedad.

Podría incurrir el marido en un alzamiento de bienes, y la mujer colaborar en la operación sabiendo que hay un procedimiento de ejecución dineraria en marcha.

No obstante la mujer lo hace para cobrar lo debido por el marido.

Saludos.
Adjudicación de vivienda en compensación de deudas. | PorticoLegal
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Adjudicación de vivienda en compensación de deudas.

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Adjudicación de vivienda en compensación de deudas.
01/02/2018 23:52
Pareja que se divorcia. Entre otros bienes en común.

En convenio regulador, aprobado judicialmente liquidan la sociedad de gananciales, el marido se adjudica la vivienda, y el préstamo hipotecario ambos gananciales, y la mujer se adjudica otros bienes.

El marido no se ha hecho cargo la hipoteca que ha tenido que pagar la mujer.

Ahora la mujer le reclama lo abonado hasta el momento, y el marido no puede pagar y quiere darle la vivienda en compensación de lo debido.

La vivienda tiene unas deudas, anotadas en el registro de la propiedad. Por deudas personales suscritas con posterioridad al divorcio.

La mujer estaría dispuesta a adjudicarse la vivienda, compensación de la deuda, haciéndose cargo del préstamo hipotecario, y abonando asimismo, las deudas inscritas en el registro de la propiedad.

Hasta ahí todo bien, la cuestión es que el marido tiene pendiente un procedimiento de ejecución por otras deudas, que no están inscritas todavía en el registro de la propiedad.

Podría incurrir el marido en un alzamiento de bienes, y la mujer colaborar en la operación sabiendo que hay un procedimiento de ejecución dineraria en marcha.

No obstante la mujer lo hace para cobrar lo debido por el marido.

Saludos.