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administrador no colegiado

7 Comentarios
 
03/06/2014 00:36
Después de la respuesta que dio a flekiman en otro post espero por el bien de los profesionales que se dedican a administrar fincas exclusivamente o conjuntamente con otras tareas que usted no lo sea, pues flaco favor les hace.

Dicho lo anterior....el estar colegiado no supone tener capacidad sin más y el estarlo en otro colegio tampoco implica menor profesionalidad, si me apura lo contrario, pues un abogado para colegiarse tiene que ser licenciado en derecho, un médico en medicina,etc...y un administrador de fincas que licenciatura o estudios le requieren para estar colegiado?.

Es opinable si debe ser o no requisito pero lo de desgraciadamente no!!!.

Y en cuanto a lo de acudir a la justicia a no leyó o entendió mi post, y como no puedo escribir mucho, vuelva a leerlo si tiene interés y si no está de acuerdo puede opinara pero sobre lo que digo no sobre lo que no digo.

Saludos.
02/06/2014 10:44
1. No, lamentablemente.
2. Hoy en día con un carné de asociacion de jugadores de parchís, ya puedes administrar fincas. Si además tienes practica en reuniones de Tuppersex, vas directo a la fama...
3. Por supuesto. Pero tampoco es imprescindible.
4. Si, desde luego. Pero cualquiera puede adivinarlos: no dan servicio, el asesoramiento legal deja mucho que desear y fomentan el uso de la cuenta unica que, a mi modo de ver, es como apoyar la pederastia.
5. ¿Para qué vas a demandarlo si con la ley omnibus cualquiera puede administrar sin titulación?
31/05/2014 00:42
1) Para ser administrador de fincas hay que estar colegiado en colegio administradores de fincas?

2) Usted deduzco que fue al colegio de administradores de fincas...pero quien le dice que no esta colegiado en otro colegio profesional? Igual el número! si es que es de colegiado lo de otra profesión.

3) El seguro RC puede concertarse directamente, e incluso al igual que en muchas profesiones además del que va con la colegiación tiene otro aparte. Por ejemplo, muchos médicos, depende la cuantía y contingencias que uno quiera asegurar?

4) Los motivos por los que se dio de baja en colegio de administradores, si es que algún día lo estuvo, son personales suyos, pero si quieren saberlo pregúntenselo.

5) Si ustedes quieren pueden demandarlo y si el juez fija que hay responsabilidad, de que tipo, etc. Luego ya lo otro.

Por lo de pronto hay registros públicos a los que acudir para ver si es empresario perdona física o jurídica, por ejemplo. Pueden pedirle que les acredité su situación en relación a la seguridad social, etc.

Saludos.

P.D. Perdón por la escritura/expresión no estoy en PC.
30/05/2014 17:26
demasiado corporativismo veo yo por aquí.....
y por que se daría de baja para seguir como administrador ¿verdad?
Osea, como se ha equivocado gravemente para la comunidad, como no paga seguro de R. Civil, entonces que hacemos, vamos contra él personalmente o como hacemos.
30/05/2014 15:15
Hola.
No está obligado a colegiarse, por lo tanto, si lo estuvo y luego se dio de baja, puede seguir administrando sin problema alguno.
Y eso suponiendo que el número al que hace usted referencia fuese de "colegiado".
De "raro, raro, raro..." nada. Más bien "desconocimiento, desconocimiento, desconocimiento".
Un saludo.
30/05/2014 14:59
Y sigue ejerciendo como administrador habiéndose dado de baja? raro, raro, raro, me parece....
30/05/2014 14:54
Ha podido haber estado colegiado y en este momento está dado de baja. De ahí un nº de colegiado que antes le perteneció.
Administrador no colegiado
30/05/2014 14:10
Les ruego nos informen que responsabilidad tiene el administrador de mi comunidad que hace una semana, nos enteramos que no esta colegiado y él pone un numero en una carta que nos envió hace dos meses. Hemos ido al colegio y nos dicen que este sr. no es colegiado, ¿que podemos hacer?
administrador no colegiado | PorticoLegal
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03/06/2014 00:36
Después de la respuesta que dio a flekiman en otro post espero por el bien de los profesionales que se dedican a administrar fincas exclusivamente o conjuntamente con otras tareas que usted no lo sea, pues flaco favor les hace.

Dicho lo anterior....el estar colegiado no supone tener capacidad sin más y el estarlo en otro colegio tampoco implica menor profesionalidad, si me apura lo contrario, pues un abogado para colegiarse tiene que ser licenciado en derecho, un médico en medicina,etc...y un administrador de fincas que licenciatura o estudios le requieren para estar colegiado?.

Es opinable si debe ser o no requisito pero lo de desgraciadamente no!!!.

Y en cuanto a lo de acudir a la justicia a no leyó o entendió mi post, y como no puedo escribir mucho, vuelva a leerlo si tiene interés y si no está de acuerdo puede opinara pero sobre lo que digo no sobre lo que no digo.

Saludos.
02/06/2014 10:44
1. No, lamentablemente.
2. Hoy en día con un carné de asociacion de jugadores de parchís, ya puedes administrar fincas. Si además tienes practica en reuniones de Tuppersex, vas directo a la fama...
3. Por supuesto. Pero tampoco es imprescindible.
4. Si, desde luego. Pero cualquiera puede adivinarlos: no dan servicio, el asesoramiento legal deja mucho que desear y fomentan el uso de la cuenta unica que, a mi modo de ver, es como apoyar la pederastia.
5. ¿Para qué vas a demandarlo si con la ley omnibus cualquiera puede administrar sin titulación?
31/05/2014 00:42
1) Para ser administrador de fincas hay que estar colegiado en colegio administradores de fincas?

2) Usted deduzco que fue al colegio de administradores de fincas...pero quien le dice que no esta colegiado en otro colegio profesional? Igual el número! si es que es de colegiado lo de otra profesión.

3) El seguro RC puede concertarse directamente, e incluso al igual que en muchas profesiones además del que va con la colegiación tiene otro aparte. Por ejemplo, muchos médicos, depende la cuantía y contingencias que uno quiera asegurar?

4) Los motivos por los que se dio de baja en colegio de administradores, si es que algún día lo estuvo, son personales suyos, pero si quieren saberlo pregúntenselo.

5) Si ustedes quieren pueden demandarlo y si el juez fija que hay responsabilidad, de que tipo, etc. Luego ya lo otro.

Por lo de pronto hay registros públicos a los que acudir para ver si es empresario perdona física o jurídica, por ejemplo. Pueden pedirle que les acredité su situación en relación a la seguridad social, etc.

Saludos.

P.D. Perdón por la escritura/expresión no estoy en PC.
30/05/2014 17:26
demasiado corporativismo veo yo por aquí.....
y por que se daría de baja para seguir como administrador ¿verdad?
Osea, como se ha equivocado gravemente para la comunidad, como no paga seguro de R. Civil, entonces que hacemos, vamos contra él personalmente o como hacemos.
30/05/2014 15:15
Hola.
No está obligado a colegiarse, por lo tanto, si lo estuvo y luego se dio de baja, puede seguir administrando sin problema alguno.
Y eso suponiendo que el número al que hace usted referencia fuese de "colegiado".
De "raro, raro, raro..." nada. Más bien "desconocimiento, desconocimiento, desconocimiento".
Un saludo.
30/05/2014 14:59
Y sigue ejerciendo como administrador habiéndose dado de baja? raro, raro, raro, me parece....
30/05/2014 14:54
Ha podido haber estado colegiado y en este momento está dado de baja. De ahí un nº de colegiado que antes le perteneció.
Administrador no colegiado
30/05/2014 14:10
Les ruego nos informen que responsabilidad tiene el administrador de mi comunidad que hace una semana, nos enteramos que no esta colegiado y él pone un numero en una carta que nos envió hace dos meses. Hemos ido al colegio y nos dicen que este sr. no es colegiado, ¿que podemos hacer?