Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

administrador y propietario

76 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 76 comentarios
Administrador y propietario
11/01/2005 15:56
En mi comunidad la función de administrador la realiza un vecino, que no es el presidente y que nos cobra por hacerlo. ¿Es legal que cobre si no es administrador colegiado?
11/01/2005 16:16
No sé responder a tu pregunta, ¿por no ser colegiado si el legal que cobre? yo no creo que sea legal que cobre por realizar la tarea y punto, pero no lo sé. Simplemente que se me viene otra pregunta a la mente y la añado a tu epígrafe, ¿puede cobrar un vecino por ejercer de presidente de la comunidad?, si puede me apunto pero que ya!
11/01/2005 16:21
Gracias por tu interés. Yo también he pensado lo mismo, pero ya había escrito el mensaje. De ser así, el presidente, el vice y el secretario deberían cobrar también. La cuestión es que tal administrador del que hablo, además de no pagar la comunidad cobra un "extra" y no es ni gestor, ni nada que se le parezca y, ahora, propone una nueva subida de la cuota de comunidad entre otras cosas para subirse su "sueldo". Siento que me toman el pelo a lo bestia.....
11/01/2005 17:09
bueno a la vista de que ya teneis los tres cargos cubiertos, lo que sí he visto por este foro es que el presi puede doblar, osea puede ser presi y administrador creo, bucea un poco en el buscador, no sé ponle "cargos de la comunidad" a ver que te devuelve.
Lo que sí sé, pues lo vivo, soy yo la morosa, que un vecino no puede dejar de pagar la comunidad, esto está muy regulado (dirás tú, entonces porqué no la pagas tu? - lo mío es un caso muy raro pues estoy esperando precisamente que me denuncien a ver si regulamos lo demás tambien de una buena vez - mi comunidad es una colección de enciclopedias ya no un sólo libro!) así que si éste alega que no paga porque ejerce de administrador la lleva cantada. La Ley de Propiedad Horizontal lo pone muy claro, no te exime nada del pago de tu cuota comunitaria (o si hay algo es en algún caso rarísimo) y si no la pagas pierdes el voto en reuniones, y además las llevas de perder ante una demanda judicial o como sea que se llame el proceso. en tu caso no aclaras si no paga precisamente por considerarse exento por ejercer como administrador, y como creo que no es legal que cobre, pues hale para colmo no paga y encima cobra, os sale bien caro! Yo tambien opino que te están tomando el pelo, ¿que opinan los demás vecinos? supongo que para aumentar la cuota habrá reunion y lo votareis, (suponiendo que tu comunidad es medio normal y no como la mía), pues si no es el caso, y tienes ganas de complicarte un poco haciendo las cosas bien, mucha gente no se complica o no tiene interes por no enfrentarse y es comprensible para algunos, yo no lo veo así pero yo soy rarita, y prefieren callarse y dejar correr la cosa, pero si te interesa hacer las cosas bien, y este señor sube la cuota de la comunidad sin contar con los demás, te advierto que la cuota no es el único problema que teneis, ni la tomadura de pelo tampoco. Sin embargo si se hacen reuniones para este tipo de asunto, y todos estan a favor (o simplemente no asisten a las reuniones), este señor puede proponer lo que le venga en gana, si se lo aprobais no tiene nada que perder. digo yo ¿el presidente, vice y secretario que opinan de todo esto?, pues entiendo que otros vecinos se escaqueen, pero el presi no puede (o mejor dicho no DEBE) pasar del tema.
Yo te diría que bucearas con tiempo en el buscador y mires consultas anteriores de este foro para orientarte, yo no te puedo ser demucha ayuda pues mi comunidad está tan mal que casi no hay por donde cogerla, no obstante estoy aprendiendo a tener paciencia y me he comprado una caña de pescar! tu informate bien, que no te tomen el pelo por falta de información sinó porque así lo decides tú, y hasta qué punto lo consientes, pero nunca por falta de información, en este foro encontrarás mucha, cuando estés informado podrás decidir si actúas o si dejas así la situación, pero lo decides tú y no otro por ti, tienes razón no está bien lo que hace el administrador, así que no te agobies pues el que pretende abusar es él y no tú
una saludo....ana
11/01/2005 18:56
Para bfg: un vecino que ejerce el cargo de administrador y no es un administrador de fincas colegiado no puede cobrar bajo ningún concepto según tengo entendido.

Para Alaell: los cargos de presidente, vicepresidente y secretario no son cargos remunerados nunca, nunca, nunca... lo máximo que se llega a acordar en algunas comunidades para que el tener que ejercer estos cargos tampoco cause perdidas economicas a quien los ejerce, es que aquellos gastos realizados para la comunidad por el presidente, vicepresidente o secretario (por ejemplo comprar un libro de actas con su propio dinero, hacer fotocopias o llamadas telefónicas para resolver asuntos de su comunidad) los pueda cargar en la cuenta corriente de la comunidad siempre que previamente los justifique mediante factura.

Saludos a l@s d@s.
11/01/2005 19:05
Por cierto, que si este vecino-administrador,comete muchas irregularidades, siempre podeis destituirlo y poner en su lugar a alguien mas competente, porque ya que le estais pagando, al menos tener un administrador de fincas colegiado, con mas idea del manejo de una comunidad y que se merezca lo que cobra.
Para destituirlo teneis que convocar una junta extraordinaria en la que en el orden del día figure la remocion de este señor como administrador de vuestra comunidad. Si se lo proponeis al presidente y este no quiere convocar la junta, podeis convocarla si reunis el 25% de propietarios con el 25% de cuotas de participacion que la quieran convocar, pero si el presidente tambien se ve afectado por el tema no creo que tenga problemas en convocar la junta. En la junta para destituir al administrador necesitaras el voto de la mayoria que represente la mayoria de cuotas de participacion en primera convocatoria y en segunda convocatoria el voto de la mayoria que represente la mayoria de cuotas de participacion de los asistentes a la junta.

Espero que esto te sirva de orientacion y ayuda.

Saludos y ánimo.
11/01/2005 19:08
Un vecino NO puede cobrar, ya que se trataría, entre otras cosas, de un delito de intrusismo profesional.

Sólo pueden ser administradores ciertas personas con títulación que sí pueden cobrar y propietarios, que no necesitan esa titulación, pero no pueden cobrar.
11/01/2005 19:09
Un vecino NO puede cobrar, entre otras por ser consideraría un delito de intrusismo profesional.

Puede ser administradores los que no sean vecinos y tengan la titulación requerida (existen varias al respecto) o los propios vecinos, pero estos sin cobrar, lo único que pueden cobrar son los gastos producidos en la gestión, pero nada más.
12/01/2005 07:42
que te dije rico? estos foreros son muy buenos eh! yo ya "sabía" mas o menos que no se puede cobrar, pero no tengo conocimientos para respaldar el argumento, ya ves que aquí se encuentra mucha información y sobre todos los aspectos de la comunidad. Suerte con tu caso y hasta pronto (volverás ke esto engancha!) y gracias a todos, ahora podré explicar este tema mucho mejor cuando me lo discutan en proximas reuniones. Gracias de nuevo....ana :-)
12/01/2005 12:34
La Ley de Propiedad Horizontal declara que el cargo de Presidente es gratuíto.

Nada declara sobre la gratuidad del cargo de administrador, por lo que son de aplicación las normas del Código Civil que al regular las normas sobre el contrato de mandato (naturaleza que la jurisprudencia entiende tiene el cargo de administrador) de las que se desprende que a falta de pacto en contrario el mandato se presume gratuíto, salvo que el mandatario tenga por ocupación profesional el desempeño de servicios de la especie a que se refiere el mandato, en cuyo caso se presume retribuido.

16/01/2005 11:11
El tema me viene bien porque hace tiempo quiero proponer que los cargos tengan alguna compencion economica, cuya formula hay que estudiar. Yo veo que algunos se llevan el trabajo de gestion y otros no dan palo al agua, y se trataría de premiar a quien colabora. Criticas no suelen faltarle.
Tanto se puede pensar en premiar como lo contrario:
El que colabora se le paga. Incluso graduar el premio.
El que no colabora se le hace pagar. Aunque sea testimonial.
Agradeceré argumentos legales a parte de opiniones.
Si la comunidad acuerda algun tipo de retribucion yo no veo problema en una relacion privada y consensuada, pero la cuestion es si a algun disidente pueden darle la razon en una demanda.

Con relacion al intrusismo, yo no veo tal cosa. La comunidad ha aceptado esa situacion. Incluso pagarle y es de suponer que porque le ha interesado frente a otras opciones.
16/01/2005 15:44
Piensa que puedas tener una relacion laboral.
16/01/2005 22:37
He vuelto.
Que no se puede cobrar, que el cargo de Presi-Administrador tiene que ser gratuito, altruista, que ya se ha debatido por activa y por pasiva en este foro. Que veo que alguno se quiere sacar algún dinerillo extra por llevar la administración de la finca, que sabemos que es fácil, que sólo pueden cobrar los adminitradores colegiados, legitimados y con carné.
17/01/2005 09:41
Primero, gracias a todos por contestarme. Yo no he podido corresponderos antes por problemas con mi servidor de Internet. Os pido disculpas a todos.
Dicho esto, creo que no me queda otra que "ajo y agua" porque mis vecinos consideran que es justo que este otro que ejerce de administrador cobre. El susodicho paga la comunidad pero da 75 € y recibe 100, que además refleja en los presupuestos como gastos de administración. Para mí que eso es cobrar (si yo pongo el dinero y luego recibo incluso más, a efectos prácticos no pago la comunidad). Por otra parte me he informado de precios de administradores colegiados y cobran menos pero mis vecinos no lo entienden. Dicen que cómo va a venir un extraño, que eso sólo traería problemas, que si se funde una bombilla común no está aquí para reponerla y chorradas por el estilo. Es más, hubo un vecino que me dijo textualmente: "es que si se estropea el ascensor y tengo que llamar yo a la compañía me cuesta a mí el dinero", a lo que yo sensatamente respondí que, primero, el ascensor gracias a Dios no se estropea a diario y segundo, que ya le costaba el dinero mensualmente auinque no fuera necesario llamar en ese mes a nadie (seguro, ascensorista, antenista, etc.) pero no se bajaron de la burra.
En resumen, yo no pedía un administrador ajeno a la finca, sino que dado que era un vecino supongo que alguna ventaja tendríamos que tener, como por ejemplo que fuese más barato que un profesional, pero no hay manera. Con este señor hay acuerdo verbal, (que para más I.N.RI. contemplaba que se llevaría lo que cuesta la comunidad y punto, o sea, "lo comido por lo servido") con lo que no existe contrato firmado ni nada por el estilo y, en Agosto, se va de vacaciones, sigue cobrando y no hace nada ese mes; que ya me recordaron algunos vecinos que "menudo desastre ese mes que el Sr. X no estaba y tuvieron que llamar ellos por una avería en el ascensor". Vamos que yo no entiendo nada de nada, pero bueno, creo que no me queda otra que aguantarme por ley.
Finalmente mil gracias de nuevo a todos los que os habéis interesado por mi consulta.
17/01/2005 13:13
El ejercicio de la profesión de administración de fincas careciendo de la colegiación necesaria, ha sido calificado por la Audiencia Provincial de Zaragoza (SAP Zaragoza septiembre 2004) como un delito de intrusismo.

Por otra parte dicho servicio está sujeto al Impuesto sobre el Valor Añadido y consecuentemente dicho vecino tiene obligación legal de facturar por el mismo, así como liquidar el correspondiente ingreso en Hacienda.

Asimismo tiene obligación de darse de alta en la Seguridad Social y cotizar en legal forma.

Ese tipo de actuaciones, además de constituir un acto de competencia desleal para con aquéllos que sí cumplen con sus obligaciones formales, implica un fraude a Hacienda y a la Seguridad Social que debería ser perseguido y sancionado.

Si todos hiciéramos lo mismo que ese individuo, el sistema no lo soportaría, constituyendo una conducta despreciable e insolidaria para con el resto de la sociedad que sí declara y cumple con sus obligaciones.

Si tuviera los datos de tu vecino, yo mismo le denunciaría.

19/01/2005 00:08
Yo no veo que en el ambito privado, la comunidad no pueda acordar casi cualquier cosa.

No es lo mismo "pasar por profesional sin serlo" que el asunto que yo estoy planteando.

A nivel practico, ¿como se evita el hecho que algunos pasotas se aprovechen de los que no pasan en la gestion?
¿Por qué nadie quiere estos cargos? ¿cómo se evita este sentimiento?

¿simplemente no nombrandoles? Pues me parece que ellos lo van a agradecer.


Y eso de altruista, vamos, para el majo que lo quiera pero nada de "altruista por obligacion", cuando no hay justa reciprocidad.


Yo veo que si todos ocupan el cargo que le toque, al final nadie cobra.
Si alguien quiere escurrir el bulto,entonces este sí que le cuesta algo.

Yo sigo panteandome la misma pregunta. Si la comunidad acuerda cualquier formula de este estilo, ¿la sociedad (la Justicia) va a decir que no está bien? Pues no lo veo dede el punto de vista racional, no legal que desconozco .
19/01/2005 10:00
Llevo la administacion de mi edificio y no estoy colegiado. Cobro por ello 160 euros mensuales se acordo en la Junta de Propietarios.
Soy economista pero no estoy colegiado en el Colegio de Administradores me parece un robo a mano armada lo que hacen en ese colegio. Cualquier persona puede ser Administrador de Fincas solo tien que pagar.
19/01/2005 11:04
Luis ¿que harías si tiene un problema tu edificio como el que ha ocurrido en Getafe, Madrid, estos días?
19/01/2005 21:41
Justa,
Me parere que no se le pide que sepa de todo.
Supongo que se le "contrata" para que lleve los "números" que en esencia es lo que vienen a hacer la mayoria de "admistradores", y algunos muy mal ( yo solo conozco el nuestro que estamos a punto de echarle. Cuando generalizo, es un poco de abuso del lenguaje y por lo que se oye por ahí cuando preguntas).
Dado el caso es la Junta la debe apechugar y tomar decisiones. Y en caso de duda acudir a un abogado.
Te comento esto porque es una linea que al final posiblemente adoptemos en nuestra comunidad.

Para tener un mal administrador mejor no tener. Sobre todo si encontramos quuien se encargue de la cuentas.
20/01/2005 12:56
Estimada Justa:
Me puedes indicar que conocimientos tendria si me Colegio. La unica diferencia seria que en mi cuenta corriente tendria una merma inportante.
Un saludo
e-mail: zidanefran@yahoo.es
administrador y propietario | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

administrador y propietario

76 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 76 comentarios
Administrador y propietario
11/01/2005 15:56
En mi comunidad la función de administrador la realiza un vecino, que no es el presidente y que nos cobra por hacerlo. ¿Es legal que cobre si no es administrador colegiado?
11/01/2005 16:16
No sé responder a tu pregunta, ¿por no ser colegiado si el legal que cobre? yo no creo que sea legal que cobre por realizar la tarea y punto, pero no lo sé. Simplemente que se me viene otra pregunta a la mente y la añado a tu epígrafe, ¿puede cobrar un vecino por ejercer de presidente de la comunidad?, si puede me apunto pero que ya!
11/01/2005 16:21
Gracias por tu interés. Yo también he pensado lo mismo, pero ya había escrito el mensaje. De ser así, el presidente, el vice y el secretario deberían cobrar también. La cuestión es que tal administrador del que hablo, además de no pagar la comunidad cobra un "extra" y no es ni gestor, ni nada que se le parezca y, ahora, propone una nueva subida de la cuota de comunidad entre otras cosas para subirse su "sueldo". Siento que me toman el pelo a lo bestia.....
11/01/2005 17:09
bueno a la vista de que ya teneis los tres cargos cubiertos, lo que sí he visto por este foro es que el presi puede doblar, osea puede ser presi y administrador creo, bucea un poco en el buscador, no sé ponle "cargos de la comunidad" a ver que te devuelve.
Lo que sí sé, pues lo vivo, soy yo la morosa, que un vecino no puede dejar de pagar la comunidad, esto está muy regulado (dirás tú, entonces porqué no la pagas tu? - lo mío es un caso muy raro pues estoy esperando precisamente que me denuncien a ver si regulamos lo demás tambien de una buena vez - mi comunidad es una colección de enciclopedias ya no un sólo libro!) así que si éste alega que no paga porque ejerce de administrador la lleva cantada. La Ley de Propiedad Horizontal lo pone muy claro, no te exime nada del pago de tu cuota comunitaria (o si hay algo es en algún caso rarísimo) y si no la pagas pierdes el voto en reuniones, y además las llevas de perder ante una demanda judicial o como sea que se llame el proceso. en tu caso no aclaras si no paga precisamente por considerarse exento por ejercer como administrador, y como creo que no es legal que cobre, pues hale para colmo no paga y encima cobra, os sale bien caro! Yo tambien opino que te están tomando el pelo, ¿que opinan los demás vecinos? supongo que para aumentar la cuota habrá reunion y lo votareis, (suponiendo que tu comunidad es medio normal y no como la mía), pues si no es el caso, y tienes ganas de complicarte un poco haciendo las cosas bien, mucha gente no se complica o no tiene interes por no enfrentarse y es comprensible para algunos, yo no lo veo así pero yo soy rarita, y prefieren callarse y dejar correr la cosa, pero si te interesa hacer las cosas bien, y este señor sube la cuota de la comunidad sin contar con los demás, te advierto que la cuota no es el único problema que teneis, ni la tomadura de pelo tampoco. Sin embargo si se hacen reuniones para este tipo de asunto, y todos estan a favor (o simplemente no asisten a las reuniones), este señor puede proponer lo que le venga en gana, si se lo aprobais no tiene nada que perder. digo yo ¿el presidente, vice y secretario que opinan de todo esto?, pues entiendo que otros vecinos se escaqueen, pero el presi no puede (o mejor dicho no DEBE) pasar del tema.
Yo te diría que bucearas con tiempo en el buscador y mires consultas anteriores de este foro para orientarte, yo no te puedo ser demucha ayuda pues mi comunidad está tan mal que casi no hay por donde cogerla, no obstante estoy aprendiendo a tener paciencia y me he comprado una caña de pescar! tu informate bien, que no te tomen el pelo por falta de información sinó porque así lo decides tú, y hasta qué punto lo consientes, pero nunca por falta de información, en este foro encontrarás mucha, cuando estés informado podrás decidir si actúas o si dejas así la situación, pero lo decides tú y no otro por ti, tienes razón no está bien lo que hace el administrador, así que no te agobies pues el que pretende abusar es él y no tú
una saludo....ana
11/01/2005 18:56
Para bfg: un vecino que ejerce el cargo de administrador y no es un administrador de fincas colegiado no puede cobrar bajo ningún concepto según tengo entendido.

Para Alaell: los cargos de presidente, vicepresidente y secretario no son cargos remunerados nunca, nunca, nunca... lo máximo que se llega a acordar en algunas comunidades para que el tener que ejercer estos cargos tampoco cause perdidas economicas a quien los ejerce, es que aquellos gastos realizados para la comunidad por el presidente, vicepresidente o secretario (por ejemplo comprar un libro de actas con su propio dinero, hacer fotocopias o llamadas telefónicas para resolver asuntos de su comunidad) los pueda cargar en la cuenta corriente de la comunidad siempre que previamente los justifique mediante factura.

Saludos a l@s d@s.
11/01/2005 19:05
Por cierto, que si este vecino-administrador,comete muchas irregularidades, siempre podeis destituirlo y poner en su lugar a alguien mas competente, porque ya que le estais pagando, al menos tener un administrador de fincas colegiado, con mas idea del manejo de una comunidad y que se merezca lo que cobra.
Para destituirlo teneis que convocar una junta extraordinaria en la que en el orden del día figure la remocion de este señor como administrador de vuestra comunidad. Si se lo proponeis al presidente y este no quiere convocar la junta, podeis convocarla si reunis el 25% de propietarios con el 25% de cuotas de participacion que la quieran convocar, pero si el presidente tambien se ve afectado por el tema no creo que tenga problemas en convocar la junta. En la junta para destituir al administrador necesitaras el voto de la mayoria que represente la mayoria de cuotas de participacion en primera convocatoria y en segunda convocatoria el voto de la mayoria que represente la mayoria de cuotas de participacion de los asistentes a la junta.

Espero que esto te sirva de orientacion y ayuda.

Saludos y ánimo.
11/01/2005 19:08
Un vecino NO puede cobrar, ya que se trataría, entre otras cosas, de un delito de intrusismo profesional.

Sólo pueden ser administradores ciertas personas con títulación que sí pueden cobrar y propietarios, que no necesitan esa titulación, pero no pueden cobrar.
11/01/2005 19:09
Un vecino NO puede cobrar, entre otras por ser consideraría un delito de intrusismo profesional.

Puede ser administradores los que no sean vecinos y tengan la titulación requerida (existen varias al respecto) o los propios vecinos, pero estos sin cobrar, lo único que pueden cobrar son los gastos producidos en la gestión, pero nada más.
12/01/2005 07:42
que te dije rico? estos foreros son muy buenos eh! yo ya "sabía" mas o menos que no se puede cobrar, pero no tengo conocimientos para respaldar el argumento, ya ves que aquí se encuentra mucha información y sobre todos los aspectos de la comunidad. Suerte con tu caso y hasta pronto (volverás ke esto engancha!) y gracias a todos, ahora podré explicar este tema mucho mejor cuando me lo discutan en proximas reuniones. Gracias de nuevo....ana :-)
12/01/2005 12:34
La Ley de Propiedad Horizontal declara que el cargo de Presidente es gratuíto.

Nada declara sobre la gratuidad del cargo de administrador, por lo que son de aplicación las normas del Código Civil que al regular las normas sobre el contrato de mandato (naturaleza que la jurisprudencia entiende tiene el cargo de administrador) de las que se desprende que a falta de pacto en contrario el mandato se presume gratuíto, salvo que el mandatario tenga por ocupación profesional el desempeño de servicios de la especie a que se refiere el mandato, en cuyo caso se presume retribuido.

16/01/2005 11:11
El tema me viene bien porque hace tiempo quiero proponer que los cargos tengan alguna compencion economica, cuya formula hay que estudiar. Yo veo que algunos se llevan el trabajo de gestion y otros no dan palo al agua, y se trataría de premiar a quien colabora. Criticas no suelen faltarle.
Tanto se puede pensar en premiar como lo contrario:
El que colabora se le paga. Incluso graduar el premio.
El que no colabora se le hace pagar. Aunque sea testimonial.
Agradeceré argumentos legales a parte de opiniones.
Si la comunidad acuerda algun tipo de retribucion yo no veo problema en una relacion privada y consensuada, pero la cuestion es si a algun disidente pueden darle la razon en una demanda.

Con relacion al intrusismo, yo no veo tal cosa. La comunidad ha aceptado esa situacion. Incluso pagarle y es de suponer que porque le ha interesado frente a otras opciones.
16/01/2005 15:44
Piensa que puedas tener una relacion laboral.
16/01/2005 22:37
He vuelto.
Que no se puede cobrar, que el cargo de Presi-Administrador tiene que ser gratuito, altruista, que ya se ha debatido por activa y por pasiva en este foro. Que veo que alguno se quiere sacar algún dinerillo extra por llevar la administración de la finca, que sabemos que es fácil, que sólo pueden cobrar los adminitradores colegiados, legitimados y con carné.
17/01/2005 09:41
Primero, gracias a todos por contestarme. Yo no he podido corresponderos antes por problemas con mi servidor de Internet. Os pido disculpas a todos.
Dicho esto, creo que no me queda otra que "ajo y agua" porque mis vecinos consideran que es justo que este otro que ejerce de administrador cobre. El susodicho paga la comunidad pero da 75 € y recibe 100, que además refleja en los presupuestos como gastos de administración. Para mí que eso es cobrar (si yo pongo el dinero y luego recibo incluso más, a efectos prácticos no pago la comunidad). Por otra parte me he informado de precios de administradores colegiados y cobran menos pero mis vecinos no lo entienden. Dicen que cómo va a venir un extraño, que eso sólo traería problemas, que si se funde una bombilla común no está aquí para reponerla y chorradas por el estilo. Es más, hubo un vecino que me dijo textualmente: "es que si se estropea el ascensor y tengo que llamar yo a la compañía me cuesta a mí el dinero", a lo que yo sensatamente respondí que, primero, el ascensor gracias a Dios no se estropea a diario y segundo, que ya le costaba el dinero mensualmente auinque no fuera necesario llamar en ese mes a nadie (seguro, ascensorista, antenista, etc.) pero no se bajaron de la burra.
En resumen, yo no pedía un administrador ajeno a la finca, sino que dado que era un vecino supongo que alguna ventaja tendríamos que tener, como por ejemplo que fuese más barato que un profesional, pero no hay manera. Con este señor hay acuerdo verbal, (que para más I.N.RI. contemplaba que se llevaría lo que cuesta la comunidad y punto, o sea, "lo comido por lo servido") con lo que no existe contrato firmado ni nada por el estilo y, en Agosto, se va de vacaciones, sigue cobrando y no hace nada ese mes; que ya me recordaron algunos vecinos que "menudo desastre ese mes que el Sr. X no estaba y tuvieron que llamar ellos por una avería en el ascensor". Vamos que yo no entiendo nada de nada, pero bueno, creo que no me queda otra que aguantarme por ley.
Finalmente mil gracias de nuevo a todos los que os habéis interesado por mi consulta.
17/01/2005 13:13
El ejercicio de la profesión de administración de fincas careciendo de la colegiación necesaria, ha sido calificado por la Audiencia Provincial de Zaragoza (SAP Zaragoza septiembre 2004) como un delito de intrusismo.

Por otra parte dicho servicio está sujeto al Impuesto sobre el Valor Añadido y consecuentemente dicho vecino tiene obligación legal de facturar por el mismo, así como liquidar el correspondiente ingreso en Hacienda.

Asimismo tiene obligación de darse de alta en la Seguridad Social y cotizar en legal forma.

Ese tipo de actuaciones, además de constituir un acto de competencia desleal para con aquéllos que sí cumplen con sus obligaciones formales, implica un fraude a Hacienda y a la Seguridad Social que debería ser perseguido y sancionado.

Si todos hiciéramos lo mismo que ese individuo, el sistema no lo soportaría, constituyendo una conducta despreciable e insolidaria para con el resto de la sociedad que sí declara y cumple con sus obligaciones.

Si tuviera los datos de tu vecino, yo mismo le denunciaría.

19/01/2005 00:08
Yo no veo que en el ambito privado, la comunidad no pueda acordar casi cualquier cosa.

No es lo mismo "pasar por profesional sin serlo" que el asunto que yo estoy planteando.

A nivel practico, ¿como se evita el hecho que algunos pasotas se aprovechen de los que no pasan en la gestion?
¿Por qué nadie quiere estos cargos? ¿cómo se evita este sentimiento?

¿simplemente no nombrandoles? Pues me parece que ellos lo van a agradecer.


Y eso de altruista, vamos, para el majo que lo quiera pero nada de "altruista por obligacion", cuando no hay justa reciprocidad.


Yo veo que si todos ocupan el cargo que le toque, al final nadie cobra.
Si alguien quiere escurrir el bulto,entonces este sí que le cuesta algo.

Yo sigo panteandome la misma pregunta. Si la comunidad acuerda cualquier formula de este estilo, ¿la sociedad (la Justicia) va a decir que no está bien? Pues no lo veo dede el punto de vista racional, no legal que desconozco .
19/01/2005 10:00
Llevo la administacion de mi edificio y no estoy colegiado. Cobro por ello 160 euros mensuales se acordo en la Junta de Propietarios.
Soy economista pero no estoy colegiado en el Colegio de Administradores me parece un robo a mano armada lo que hacen en ese colegio. Cualquier persona puede ser Administrador de Fincas solo tien que pagar.
19/01/2005 11:04
Luis ¿que harías si tiene un problema tu edificio como el que ha ocurrido en Getafe, Madrid, estos días?
19/01/2005 21:41
Justa,
Me parere que no se le pide que sepa de todo.
Supongo que se le "contrata" para que lleve los "números" que en esencia es lo que vienen a hacer la mayoria de "admistradores", y algunos muy mal ( yo solo conozco el nuestro que estamos a punto de echarle. Cuando generalizo, es un poco de abuso del lenguaje y por lo que se oye por ahí cuando preguntas).
Dado el caso es la Junta la debe apechugar y tomar decisiones. Y en caso de duda acudir a un abogado.
Te comento esto porque es una linea que al final posiblemente adoptemos en nuestra comunidad.

Para tener un mal administrador mejor no tener. Sobre todo si encontramos quuien se encargue de la cuentas.
20/01/2005 12:56
Estimada Justa:
Me puedes indicar que conocimientos tendria si me Colegio. La unica diferencia seria que en mi cuenta corriente tendria una merma inportante.
Un saludo
e-mail: zidanefran@yahoo.es