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agresion tras golpearme por detras el coche

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Agresion tras golpearme por detras el coche
03/04/2015 11:39
Ruego urgente que alguien me ayude. el martes un conductor me dio un golpe por detras, se bajó corriendo y yo con el cinturon puesto me asestó en mandibula y nuca 7 o 9 puñetazos, y tres patadas en el cuerpo. Tengo parte de lesiones como accidente de trafico , cervicalgia y como agresion policontusiones, cefaleas, etc. La policia local presuntamente por amistad con agresor con quiso hacer atestado y me incitaba hacer parte amistoso, y yo tirado en el suelo esperando la ambulancia y la G civil decian que no eran de trafico tomaron una testifical de 3 testigos pero al ir mi mujer a l cuatel no aparece por ahora. Mi pregunta: que debo hacer aparte de ir al medico el lunes, y como denunciar a los policias locales por omisión de socorro e incumplimiento de sus obligaciones. Muchas gracias a quien responda
03/04/2015 13:26
Buenos dias, no siga pensando que todas las Instituciones se han confabulado contra usted y nadie quiere saber nada del accidente, pues no es asi, simplemente hay que aclarar varias cosas.

La Policia Local y la Guardia Civil de Trafico, en accidentes de trafico solo estan obligadas a realizar Atestado en caso de heridos, graves muy graves o muertos y en daños materiales cuando superen la cantidad de 80.000 euros. Fuera de estos casos, segun parece es el suyo, una cervilcagia, es decir, leve, usted debe dar parte a su compañia de seguros en el plazo de 7 dias desde la ocurrencia del accidente. Tiene 6 meses para denunciar penalmente las lesiones por el accidente de trafico, y un año en via civil. Si usted desea reclamar por las lesiones del accidente de trafico debe interponer denuncia en el plazo de seis meses, bien ante la Policia local o guardia civil ( dependiendo donde haya ocurrido el accidente) y ellos una vez presentada la denuncia iniciaran el atestado correspondiente que remitiran posteriormente al Juzgado. Eso en cuando al accidente de trafico. En su accidente, lo que haria la Policia Local o G. Civil seria hacer un parte interno, que estara a disposicion del juzgado o de las Compañias de seguros, pero no es un Atestado.

En relacion a la agresion sufrida por el otro conductor, tendra que presentar denuncia por los hechos ante Guardia Civil o Policia nacional dependiendo donde se haya producido la agresion. Si no denuncia las lesiones no ira nada al juzgado.
04/04/2015 04:30
Hablado con el comte. de puesto de la GC me insiste que los guardias civiles no eran de trafico y que si tendré a mi disposicion o de mi abogado la accion de fuerza quen es como se llama la recopilación testifical de los hechos y coordinación de mi traslado a el hospital, asi como el aparcarme mi vehiculo en lugar que no estorbase. Asimismo hace referencia que la policia Local tenia que haber realizado un atestado y mas cuando habian heridos, que no tiene que ser sangrantes, puede ser una hemorragia interna y un policia no es medico. Y sigue referiendo que ademas existe el agravante de una agresión, invasión de la via publica con agravante de alto riesgo contra la seguridad vial. Por todo ello no existe una confabulación , si unos hechos que ocurrieron y 5 testigos para testificar. De todas formas he visto atestados por menos de 30 euros imaginese por dejar conmocionado a puñetazos a un conductor. A mi pensar oido la declaracion de la GC existe un presunto de prevaricacion del policia local, un presunto delito de incumplimiento de su deber y un presunto delito de omisión de socorro. La GC actuo perfectamente. para todo ello hay recopilados entre mi señora y la GC 5 testigos con sus dni y direcciones.Lo de la agresion me ha aclarado el GC que no pierda el tiempo , 15 que tarda en pasar una denuncia del GC al juzgado, que vaya directamente al juzgado con parte de lesiones y datos testificales, ya que le recuerdo que los partes de lesiones los envian a juzgado no a la guardia civil ni policia local ni nacional. Por todo ello le agradezco su opinion , algo contradictoria con la GC y muy lejos de confabulaciones e historias para no dormir. Por cierto este policia local no esta confabulando solo no esta siendo arbitrario por amistad declarado por un testigo y antes hechos de esta gravedad se llama prevaricación. pero me quedo asombrado cuando dice al final que si no se denuncia en la GC o policia no ira al juzgado, por favor.....las denuncias....todas se pueden poner poner en juzgado directamente, hablemos con propiedad y conocimiento que esta es una web muy seria
04/04/2015 11:11
Buenos días, por alusiones voy a contestar.

Me parece muy frívolo por su parte, decirme que hable con propiedad y conocimiento, pues usted desconoce cual es mi formación.
Con todos los respetos hacia ese Comandante de Puesto, qua a usted le ha convencido porque es lo que usted ha querido escuchar y ya el resto de mortales no tenemos ni idea. Ese Comandante de Puesto, con mis respetos, o usted lo ha entendido a su manera o el Comandante de Puesto se lo ha explicado a usted mal.

- Accidente de Trafico.- La praxis habitual en este tipo de accidentes de trafico, tanto por la Guardia Civil como por la Policía Local, cada uno en el ámbito de sus competencia, habiendo daños materiales inferiores a 80.000 euros, heridos leves o graves, lo habitual es realizar un parte interno, minuta interna, diligencias a prevención que se quedan archivadas en las Dependencias Policiales a espera de denuncia de los perjudicados. Una vez presentan denuncia los perjudicados es cuando tanto la GC como la PL, realizan el atestado y lo remiten al Juzgado de su Partido Judicial. Si no hay denuncia del perjudicado, no hay Atestado técnicamente hablando, y no hay remisión al Juzgado.
Cuando hay en un accidente de trafico muertos, la GC o PL de oficio realiza el Atestado que lo remitirá al Juzgado de Guardia, lo poco que haya realizado, y una vez concluya la investigación días después remitirá el resto de diligencias. Es decir, la praxis habitual es cuando hay muertos o heridos muy graves en accidentes de trafico es cuando estos Cuerpos Policiales realizan de oficio el Atestado. Lo otro, será parte interno, minuta, como quiera denominarse, pero no se remite al Juzgado y técnicamente no es un Atestado.
- Usted dice ha visto Atestados de 30 euros. Otro engaño que se lleva la gente. Daños materiales en accidentes de trafico como usted dice de 30 euros, si el lumbreras del GC o PL le recepciona esa denuncia por daños materiales en accidente de trafico por el valor de 30 euros, el Juzgado lo archivara de plano, y el vecino esperara por los siglos de los siglos a que el juzgado le diga algo, pues es un tema que se dirime en la jurisdicción civil y se debe de denunciar en el Juzgado mediante Demanda, no mediante denuncia en Policia o Guardia Civil. Yo también he visto recoger denuncias por daños materiales por 60 euros por un accidente de trafico, pero no es asi, eso ESTA MAL HECHO, y no llega a ningún sitio, amen de la profesionalidad del agente que recepciona la denuncia.
Estoy hablando de accidentes de trafico. Cosa diferente, es daños intencionados de 30 euros, eso sería una falta de daños intencionada, y eso es otra cosa. No trate de confundir usted al resto de foreros.
-En relación a lo que dice usted, que le han dicho en el Cuartel, de prevaricación, omisión del deber de socorro... Prevaricación? en fin no voy a decir mas. Omisión del deber de socorro. Le dejaron allí tirado, y se fueron, no, usted mismo ha dicho que estaba esperando a la ambulancia con ellos al lado, tanto policía local como Guardia Civil. En fin, que no le cuenten cuentos chinos y le hagan creer lo que no es.
- Dice que se queda asombrado de mi relato en relación a las denuncias en el Juzgado. Bien, le diré que muchos Hospitales, remiten por Acuerdos con los Juzgados directamente los parte de lesiones a la Policia Local o a la Guardia Civil, para que sean ellos los que realicen el oportuno ofrecimiento de acciones y en su caso realizar las diligencias que correspondan. ( Esto esta siendo cada vez mas habitual en los Partidos Judiciales).
- La denuncia usted la puede poner directamente en el Juzgado, perfectamente, faltaría mas. Yo lo que dije, es que si usted no presenta denuncia en la Policía o en la GC( ni tampoco en el Juzgado), por estos hechos no se remitirá el parte interno, atestado... al Juzgado.
- Dice que le han dicho en el Cuartel, que el parte interno o como le llamen en cada sitio, estará a su disposición o al de su abogado. Esto lo mandarán al Juzgado y si usted o su abogado desean tener acceso a el, deberán personarse en el procedimiento, para lo que necesitará abogado y procurador, pues si simplemente denuncia, usted no esta personado y en su caso pedirá por usted el Ministerio Fiscal, pero a usted no se le tendrá por personado.
Todo esto en cuanto al accidente de tráfico. Por lo que deduzco de su mensaje fue una lesión leve cervilcagia. Usted deberá denunciar en el plazo de seis meses en vía penal para reclamar por sus lesiones, bien ante el Juzgado o la Policía local, pues veo que ocurrió en vía urbana. Si no denuncia, quedará en un parte interno de intervención y poco más, y que no le coman mas la cabeza con el tema del Atestado. Esto es la praxis habitual.

04/04/2015 11:13
- EN CUANTO A LA AGRESION.
En relación a la agresión, a pesar de los politraumatismos, etc, debería usted presentar denuncia en la Guardia Civil por la agresión o bien en el Juzgado, al objeto de que posteriormente sea observado por el medico forense y evalúe sus lesiones y pueda dirimirse posteriormente en una falta de lesiones en un juicio de faltas o en un procedimiento abreviado por un delito de lesiones, y por lo que ha contado hasta ahora, tiene pinta que quede en una falta de lesiones, pero dependerá del informe Forense. Pues como usted no denuncie la agresión, quedara todo en nada.
Pero vamos, usted mismo.
Vamos, creo que conozco como funcionan las cosas, tanto por un lado como por otro.
Si usted esta convencido de reclamar por las lesiones por el accidente de trafico, y posteriormente el castigo al agresor por la agresión y su posterior indemnización póngase en manos de un abogado y vaya a lo realmente oportuno, pero vamos es mi opinión, que ahí queda, que si no es lo que usted quiere escuchar no la tenga en cuenta, pero he tratado de ser lo mas objetivo posible, y como funcionan las cosas en la practica.
Saludos cordiales
04/04/2015 12:58
Es un poco raro el comienzo de la historia, yo una vez pressencie alo muy similar y resulta que el primer coche iba frenando sin ton ni son para incordiar al seggundo coche, hasta que al final le dio el golpe trasero, se bajo y le dio unas buenas leches, el problema que tuvo el primer coche que testificaron contra él otros conductores por el tema de ir haciendo frenar a todos ....
04/04/2015 15:42
Estimado LJMM aqui no hay nada raro, que lo presenciaras algo similar o no es como si digeras que he visto un burro volando, y aun asi si este muchacho por ir picado o frenando , el pega detras es el que paga y referente a los puñetazos estas mezclando las churras con las meninas , puesto la accion es desmedida, uno una imprudencia de trafico y otra un delito por agresión, o tus vas amercadona y si alguien se te cuela con mala educacion le pegas un navajazo?? Esto es una respuesta a una pregunta? Es un comentario jocoso y espero que nunca te calienten la cara sea por el motivo que sea
04/04/2015 19:05
Estimado Topi ante todo le reitero mis gracias pero no me dejo llevar de lo que dice una comandancia, es que en el antepenultimo parrafo reitera una accion inconcluente nuevamente, y es que no puedo poner la denuncia en le juzgado,SI la puedo ponero, no necesariamente tengo que hacer denuncia en los cuerpos de seguridad.
Prevaricación , SI solo hace falta ver su significado en wikipedia.
Sobre la accion de la fuerza, lo que es la asistencia de la GC al lugar de un siniestro o no. Es muy sencillo al poner la denuncia en Juzgado , este de oficio pide la accion de la fuerza y su contenido, asi de sencillo.
Conclusión el cte de puesto solo comenta que en cuartel de la GC esta a disposición del juzgado que corresponda la accion de la fuerza y su contenido, testigos que declararon, actores etc.
Pero que te estoy agradecido por tus aclaraciones, ahi cositas de aqui y alli muy interesantes y otras que no puedo enmarcar, Gracias
04/04/2015 21:11
Buenas tardes, con esto ya termino de participar en este post.

Si usted me quiere hacer ver que el delito de prevaricacion es lo que pone en wikipedia, con eso ya esta todo dicho.

Haga usted lo que tenga que hacer y que salga todo favorables a sus intereses.

Saludos cordiales.

04/04/2015 22:15
Poco más que añadir a lo indicado por Topi.

Por parte de G.C. de Tráfico o Policía Local, según el lugar donde ocurra el accidente, sólo se realiza atestado directo cuando hay heridas muy graves o fallecimientos, o que los daños materiales superen los 80.000 euros; si no se da ninguno de esos supuestos, se realizan unas diligencias a prevención que se archivan hasta el que el perjudicado denuncia, en dependencias policiales o en sede judicial.

Sobre la agresión...es competencia directa de la Guardia Civil, se produzca donde se produzca y siempre y cuando en ese termino municipal exista G.C., si no hay G.C., habrá P.N., cualquiera de los dos son los encargados directos de las lesiones.
Ese "Comandante" se quita de encima el problema y te dice que denuncies en el Juzgado...pues vaya, qué bien! Para realizar un atestado por lesiones y que llegue al Juzgado no hacen falta, ni muchos menos, 15 días, a no ser que envíen el atestado mediante tortuga coja y reumática...
Además, te remite al Juzgado, y tú vas a decir que intervino la G.C., no? Qué piensas que va a hacer el Juez? Pues enviará un oficio a la G.C. para que investigue la agresión y relate lo que ellos han observado.

Es decir, vas al Juzgado, denuncias aportando el parte de lesiones, la petición tarda X días en llegar al puesto de la G.C., los G.C. se ponen a realizar el atestado y tardan otros 15 días en que llegue el mismo al Juzgado...pues parece que se va a invertir más tiempo que si lo hace la G.C. de entrada, no?

Abundando en el tema, las lesiones son un delito público, lo que quiere decir que las Autoridades pueden, y deben, intervenir e informar a la Autoridad Judicial cuando esas se produzcan, aún cuando el perjudicado no quiera denunciar...o sea, que te han estado contando milongas y te las has tragado.

Cuando me refiero al Delito de Lesiones es a las lesiones intencionadas, no a las producidas en un accidente de tráfico, que esas ya te ha explicado Topi y yo como se actúa.

Para terminar, no quiero que ningún compañero de la G.C. se mosquee conmigo por lo que he dicho de ellos, ya que malos profesionales los hay en todos los cuerpos policiales y en todas las profesiones...afortunadamente los malos profesionales representan un % bajo con respecto al total.

Como supongo que no te he convencido, actúa de la forma que consideres oportuna, y si esa es denunciar a los P.L. por todos los delitos que nombras...pues adelante!

Le das mucha importancia a lo que te ha dicho ese "Comandante de puesto"...si te movieses en ambientes policiales o jurídicos, verías que muchas de esas cosas que dicen algunos "profesionales" de las FFCCSS, no hay por donde cogerlas (conste que yo soy miembro de un cuerpo policial, o sea no es que tenga un odio a las fuerzas de seguridad), y yo también he visto por parte de algún Guardia Civil coger denuncias por daños en accidentes de tráfico, no por parte de los de Tráfico, sino por los agentes de los puestos, y no una, sino varias, lo cual es una auténtica aberración.
Te dice el "Comandante" que es mejor que denuncies en el Juzgado
04/04/2015 22:19
Evidentemente en mi anterior "post" el orden de los párrafos no es correcto, ya que he intercalado ideas, habiendo escrito ya varios de ellos y no me he percatado a tiempo.

La última frase sobra.
04/04/2015 23:25
Os doy las gracias por vuestros conocimientos. Me explico yo soy oficial del ejercito y nunca me he aprovechado de mi condición militar, debo decir y teneis que respetarlas , que mis ideologias son franquistas, estamos en un pais libre no? SI, pero al mismo tiempo con libertinaje y lleno de lagunas legales. por mi condición de militar tengo mis respetos a mis compañeros de la GC, no por ello deben siempre de tener razón, pero si estoy en disconformidad con los abusos de autoridad en este caso de los que antes se llamaban municipales. Personas que no estan por vocación y si por sueldo, que casi siempre son conocidos en las poblaciones y que tienen sus amiguitos. Prevaricación: Delito que cometen los funcionarios públicos al faltar,a sabiendas o por ignorancia inexcusable,a las obligaciones y deberes de su cargo. Si llega Un funcionario publico y casi desmayado te quiere hacer firmar un parte amistoso, si ademas se pones sus risas con el agresor y si ademas le dice que vaya a denunciarme lo antes posible al amiguito agresor , .....a eso Topi como le llama usted???? ( le hablo con testigos que van a ir a juicio a dar fe de lo que digo y cuento). olvidense ustedes de atestados, diligencias , hablo que dispongo ya de 5 testigos que van a declarar que despues de darme por detras un energumeno salio del coche y me asestó 7 puñetazos y 3 patadas mientras yo estaba con el cinturon de seguridad. No hay que pasar por alto que al salir del coche y dejarlo en medio de la rotonda para agredir cometió otro delito contra la seguridad vial al poner en peligro a los demas conductores. Olvidense de comandantes de puesto, de diligencias y si quieren responder respondan a mi pregunta inicial que hasta la fecha no lo han hecho con tantos conocimientos del codigo penal y civil. Muchas gracias
04/04/2015 23:54
Respuestas rápidas: para denunciar la agresión, junto con el parte facultativo, personarte en dependencias de la Guardia Civil o en el Juzgado de Guardia.
Para denunciar a los Policías Locales, lo mismo pero sin el parte facultativo.
El resto de tu "post" no hay por donde cogerlo...tus ideas son tuyas y, por lo menos a mí, me traen sin cuidado, siempre y cuando tu comportamiento como militar se ajuste al ordenamiento jurídico y cumplas con tus obligaciones con la Constitución y con el Rey, porque supongo que juraste fidelidad a ambos.
De todo lo que has expuesto no se desprende que haya existido prevaricación, y en lugar de mirar la Wikipedia te recomiendo que mires el Código Penal, artículos 404 y siguientes; si quieres saber algo de medicina, pregúntale a un médico y no te fíes de una serie de televisión...por ejemplo...
Qué sabrás si una persona realiza un determinado trabajo por vocación o no, o si tiene amiguitos o no; el amiguismo y la sinvergonzonería se dan en todas las profesiones, ya que eso no lo da una profesión lo da la propia humanidad; digo lo de antes, afortunadamente el % es mínimo con respecto al total.
Para los delitos contra la seguridad vial te recomiendo, también, aplicada y profunda lectura del Código Penal.
Y claro que nos olvidamos de comandantes de puesto y tal y tal, pero te recuerdo que al comandante lo has nombrado tú.
Y ya lo último, denuncie lo que considere que tiene que denunciar, haga valer sus testigos, pero no olvide que los testigos han de ser veraces, que en caso de no serlo cometerían un delito, y que, por experiencia propia, ya que he ido a "algún" juicio, la gente que no está acostumbrada a esos tragos, se pone nerviosa, se traba, se contradice, etc., etc., sobre todo si se sale de la verdad...
05/04/2015 03:20
Los testigos son tan validos como tu comentario y cuando la verdad es una el nerviosismo existe pero la verdad prevalece. Lo mismo que los abogados preguntan lo mismo 40 veces .
El que se nombre a la guardia civil o se desnombre es una realidad . Pero que se dude de ella una aberración.
Gracias por reconocer que s¡existe en porcentanje de sinvergonceneria en algunas profesiones.
Mi ideas son mias llevas toda la razón y si cumplo o no mi juramento la verdad no te importa .
Denunciar sabe denunciar todo el mundo no contestas como, me refiero al contenido.
De todo lo que has expuesto desprendo que solo quieres hacer alarde de tus conocimientos en esta web, no se si como chavalin que esta estudiando la carrera o como abogado sin trabajo ya que hay abogados penalistas como los que he quedado el lunes no tienen tiempo ni para mirarse a los zapatos ni para entrar en dialectica en pagina de listillos, a estos les falta el tiempo y les sobra el dinero. Por cierto a mi no me cobra.
Asi que ire a ver al doctor como me has recomendado y dejare de ver esta mala serie de televisión
05/04/2015 12:52
No te confundas con lo que yo he dicho, no he dicho que haya malos profesionales y sinvergüenzas en ALGUNAS profesiones, he dicho que los hay en TODAS las profesiones.

Hay malos profesionales en todas, incluso en el ejército, y como muestra te puedo nombrar un oficial del ejército de tierra, que allá por 1984 (ya ha llovido), borracho como una cuba y armado, se cayó por unas escaleras de un acuartelamiento; te podría nombrar otros casos de mi paso por la mili, pero tampoco vienen al caso, y esos casos los incluyo en el porcentaje ínfimo de malos profesionales que hay en cualquier profesión u oficio.

Veo que tu índice de comprensión lectora no es muy amplio, sobre los de ALGUNAS o TODAS las profesiones, además de que piensas de que soy un chavalín estudiante de derecho o ejerciente de la profesión sin trabajo...ya indiqué que yo era miembro de las fuerzas y cuerpos de seguridad.

No soy un chavalín, ya te digo que allá por 1983 y 1984 estuve haciendo la mili (por cierto, no aprendí nada en ella y lo único que hice fue perder miserablemente un año de mi vida), y, además, soy lo suficientemente mayor como para recordar con meridiana claridad las portadas de los periódicos y las imágenes de televisión saliendo el Sr. Arias Navarro, con fondo negro y cara compungida diciendo la famosa frase de "Españoles, Franco ha muerto".
Tampoco soy abogado, y mis conocimientos jurídicos son inferioriores, a la mayoría de letrados, y muy, muy, inferiores a los que pueda tener Topi, en vista de las intervenciones que leo de él de forma habitual en este foro.

Tus ideas, efectivamente, y como ya te dije, son tuyas, y a mí me las traen al pairo, y con respecto a tu comportamiento profesional, en este momento, también me da igual.

La pregunta ya se te ha contestado, aunque es patente que no se te ha dicho lo que querías oir, acude a ese abogado amigo tuyo y, si lo consideras oportuno, ya nos dirás lo que te ha dicho, y en caso de que sigas adelante con la denuncia, que estás en tu completo derecho, faltaría más, dentro de unos meses o de un año, nos cuentas como terminó el asunto.

Sobre lo que dices de que se dude de la Guardia Civil...yo, nunca, generalizo, cualquier Institución o profesión es buena, lo que no son buenos son algunos elementos de esa Institución o profesión, ya sea por malicia o desconocimiento.

En el segundo de tus "posts" manifiestas textualmente

"Asimismo hace referencia que la policia Local tenia que haber realizado un atestado y mas cuando habian heridos, que no tiene que ser sangrantes, puede ser una hemorragia interna y un policia no es medico. Y sigue referiendo que ademas existe el agravante de una agresión, invasión de la via publica con agravante de alto riesgo contra la seguridad vial."

Sr. mío, Topi le ha indicado, claramente, como funciona el asunto de los atestados policiales por accidente de tráfico.

"...que ademas existe el agravante de una agresión...", ese "comandante" de la G.C. y tú mismo, estáis mezclando dos asuntos diferentes, un accidente de tráfico (vamos a pensar que, efectivamente es un accidente de tráfico y no una colisión voluntaria, ya que si no sería un delito/falta de lesiones y un delito/falta de daños, y habiéndose personado la G.C. son los competentes en la materia), y una agresión posterior que no se va a enjuiciar con el accidente de tráfico, y que, habiéndose personado una patrulla de la G.C. es competencia directa suya, y te vuelvo a repetir, las lesiones son de persecución pública, es decir, la G.C. debería haber informado (o tomar otras medidas más fuertes según la gravedad) de oficio a la Autoridad Judicial.

Sobre lo de "listillos"...me remito al refranero español...ver la paja en el ojo ajeno...


05/04/2015 22:42
Como suele decirse para ti la peseta
Os extendeis mas que un chicle y al final no dices nada claro ni art 408 ni art 412 apartado 3. Yo entiendo que existe el corporativismo pero esto es descarado y sigue y sigue
No me gusta esta serie ni los actores no sigas con comentarios vanales
Y a mi que me importa tu mili?. Aqui tienes un ejemplo de la indisciplina, hechas pestes de ella y luego te metes a policia, asi va España. tenia que venir el Generalisimo aunque fuera de cabo. tanto tirarse la pelota una policia a otra al final trabajais menos que un mestro de escuela.
Por cierto
06/04/2015 18:58
Veo que has leído los artículos del C.P. que te indiqué, ya no recurres a la Wikipedia, y también veo que no sabes interpretarlos.

Ya se te ha explicado, varias veces, como se actúa en accidentes de tráfico, cuando se realiza y cuando no atestados directos por los mismos.

El dejar unos coches en una rotonda no genera en sí un peligro incardinable en los delitos contra la seguridad vial, y mucho menos si en el lugar está la policía para regular el tráfico, señalizar, y realizar la inspección ocular necesaria para la realización del atestado cuando sea requerido por la Autoridad Judicial o cuando se hagan tras recibir la oportuna denuncia del perjudicado.

Las lesiones, tanto del accidente, como las de la agresión no debieron ser graves, ya que de haberlo sido se hubiese hecho el atestado policial por el accidente de tráfico, y la G.C. hubiese detenido al supuesto agresor por las lesiones de la agresión.

No me cuadra lo que te dijo el comandante del puesto de la G.C., ya que, de ser cierto, demuestra una falta supina de conocimientos (cosa que dudo), además de que si los G.C. hubiesen apreciado indicios de delito por parte de los P.L. deberían haber actuado en consecuencia.

Seguramente no le entendiste o te dijo eso para regalarte los oídos.

No veo el corporativismo por ninguna parte, símplemente se actuó de acuerdo a la legislación vigente, y que nosotros, por la cuenta que nos trae, no nos saltamos (quitando esas manzanas podridas que pueda haber en cualquier colectivo).

Volviendo a la película, me da la impresión que quieres ser el guionista, el actor y el espectador de la misma, y siendo el último, aplaudir a rabiar a los dos primeros.
07/04/2015 10:11
Sobre la policia local ya se abrió ayer un expediente sancionador puesto que fui hablar con el alcalde. Por incumplimiento del deber, este ya tenia amonestaciones de antes.
sobre la GC al final si han presentado diligencias en Juzgado y se tienen que presentar a declarar los dos.
La GC cita a declarar a un testigo que hablé con el ayer y cita al agresor. En diligencias .....dice que perdió los nervios.
Yo cito a 3 testigos oculares .
Por lo visto yo si di con una manzana podrida.
Respecto a la peli yo creo que puedes poner los creditos. Yo no veo mal que hagais de abogado del diablo , pero se supone que aqui se viene buscando ayuda no al abogado de la parte contraria.
Creo que os falta arbitrariedad de todas formas muchas gracias
07/04/2015 12:52
Ese alcalde es muy, muy bravo, ya que en lugar de abrir un expediente informativo, abre, directamente, un expediente sancionador sin oir a todas las partes (oir de forma legal, por escrito).

Por otra parte, y eso es harina de otro costal, muy profesional no parece el alcalde cuando se comporta con un populismo extremo divulgando si hay quejas o no anteriores...tendrá algo que ver la proximidad de las elecciones de mayo...?

En todo caso que se abra un expediente sancionador no implica per se, una sanción.

Teniendo en cuenta la denuncia penal que has puesto o vas a poner por un chorro de delitos, asesorado por ese letrado que no te cobra, el alcalde, antes de una resolución al expediente sancionador, tendrá que esperar a que se pronuncie el Juez si la actitud de esos policías era contraria a derecho.

Yo, particularmente, te he contestado de acuerdo a lo que tú has expuesto, y siempre digo lo mismo, el que la haga que la pague, pero por lo que expusiste no veo una mala praxis policial.

La película me parece que no va a ganar ningún Oscar, ningún Globo de Oro, ni el premio al concurso de cortometrajes para aficionados del pueblo en cuestión.
07/04/2015 13:03
Por cierto, ese Alcalde es Speedy González, resulta que ayer te tomaron la denuncia por escrito, y como dices, ya abrió expediente, por lo cual ya se nombró un Instructor y un Secretario del expediente...eso es un Alcalde diligente y los demás son aficionados.

Ese Alcalde, en el reparto de la peli es el "bueno", es el "starring" o "co starring", así debería funcionar siempre la Administración, rauda y veloz...
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agresion tras golpearme por detras el coche

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Agresion tras golpearme por detras el coche
03/04/2015 11:39
Ruego urgente que alguien me ayude. el martes un conductor me dio un golpe por detras, se bajó corriendo y yo con el cinturon puesto me asestó en mandibula y nuca 7 o 9 puñetazos, y tres patadas en el cuerpo. Tengo parte de lesiones como accidente de trafico , cervicalgia y como agresion policontusiones, cefaleas, etc. La policia local presuntamente por amistad con agresor con quiso hacer atestado y me incitaba hacer parte amistoso, y yo tirado en el suelo esperando la ambulancia y la G civil decian que no eran de trafico tomaron una testifical de 3 testigos pero al ir mi mujer a l cuatel no aparece por ahora. Mi pregunta: que debo hacer aparte de ir al medico el lunes, y como denunciar a los policias locales por omisión de socorro e incumplimiento de sus obligaciones. Muchas gracias a quien responda
03/04/2015 13:26
Buenos dias, no siga pensando que todas las Instituciones se han confabulado contra usted y nadie quiere saber nada del accidente, pues no es asi, simplemente hay que aclarar varias cosas.

La Policia Local y la Guardia Civil de Trafico, en accidentes de trafico solo estan obligadas a realizar Atestado en caso de heridos, graves muy graves o muertos y en daños materiales cuando superen la cantidad de 80.000 euros. Fuera de estos casos, segun parece es el suyo, una cervilcagia, es decir, leve, usted debe dar parte a su compañia de seguros en el plazo de 7 dias desde la ocurrencia del accidente. Tiene 6 meses para denunciar penalmente las lesiones por el accidente de trafico, y un año en via civil. Si usted desea reclamar por las lesiones del accidente de trafico debe interponer denuncia en el plazo de seis meses, bien ante la Policia local o guardia civil ( dependiendo donde haya ocurrido el accidente) y ellos una vez presentada la denuncia iniciaran el atestado correspondiente que remitiran posteriormente al Juzgado. Eso en cuando al accidente de trafico. En su accidente, lo que haria la Policia Local o G. Civil seria hacer un parte interno, que estara a disposicion del juzgado o de las Compañias de seguros, pero no es un Atestado.

En relacion a la agresion sufrida por el otro conductor, tendra que presentar denuncia por los hechos ante Guardia Civil o Policia nacional dependiendo donde se haya producido la agresion. Si no denuncia las lesiones no ira nada al juzgado.
04/04/2015 04:30
Hablado con el comte. de puesto de la GC me insiste que los guardias civiles no eran de trafico y que si tendré a mi disposicion o de mi abogado la accion de fuerza quen es como se llama la recopilación testifical de los hechos y coordinación de mi traslado a el hospital, asi como el aparcarme mi vehiculo en lugar que no estorbase. Asimismo hace referencia que la policia Local tenia que haber realizado un atestado y mas cuando habian heridos, que no tiene que ser sangrantes, puede ser una hemorragia interna y un policia no es medico. Y sigue referiendo que ademas existe el agravante de una agresión, invasión de la via publica con agravante de alto riesgo contra la seguridad vial. Por todo ello no existe una confabulación , si unos hechos que ocurrieron y 5 testigos para testificar. De todas formas he visto atestados por menos de 30 euros imaginese por dejar conmocionado a puñetazos a un conductor. A mi pensar oido la declaracion de la GC existe un presunto de prevaricacion del policia local, un presunto delito de incumplimiento de su deber y un presunto delito de omisión de socorro. La GC actuo perfectamente. para todo ello hay recopilados entre mi señora y la GC 5 testigos con sus dni y direcciones.Lo de la agresion me ha aclarado el GC que no pierda el tiempo , 15 que tarda en pasar una denuncia del GC al juzgado, que vaya directamente al juzgado con parte de lesiones y datos testificales, ya que le recuerdo que los partes de lesiones los envian a juzgado no a la guardia civil ni policia local ni nacional. Por todo ello le agradezco su opinion , algo contradictoria con la GC y muy lejos de confabulaciones e historias para no dormir. Por cierto este policia local no esta confabulando solo no esta siendo arbitrario por amistad declarado por un testigo y antes hechos de esta gravedad se llama prevaricación. pero me quedo asombrado cuando dice al final que si no se denuncia en la GC o policia no ira al juzgado, por favor.....las denuncias....todas se pueden poner poner en juzgado directamente, hablemos con propiedad y conocimiento que esta es una web muy seria
04/04/2015 11:11
Buenos días, por alusiones voy a contestar.

Me parece muy frívolo por su parte, decirme que hable con propiedad y conocimiento, pues usted desconoce cual es mi formación.
Con todos los respetos hacia ese Comandante de Puesto, qua a usted le ha convencido porque es lo que usted ha querido escuchar y ya el resto de mortales no tenemos ni idea. Ese Comandante de Puesto, con mis respetos, o usted lo ha entendido a su manera o el Comandante de Puesto se lo ha explicado a usted mal.

- Accidente de Trafico.- La praxis habitual en este tipo de accidentes de trafico, tanto por la Guardia Civil como por la Policía Local, cada uno en el ámbito de sus competencia, habiendo daños materiales inferiores a 80.000 euros, heridos leves o graves, lo habitual es realizar un parte interno, minuta interna, diligencias a prevención que se quedan archivadas en las Dependencias Policiales a espera de denuncia de los perjudicados. Una vez presentan denuncia los perjudicados es cuando tanto la GC como la PL, realizan el atestado y lo remiten al Juzgado de su Partido Judicial. Si no hay denuncia del perjudicado, no hay Atestado técnicamente hablando, y no hay remisión al Juzgado.
Cuando hay en un accidente de trafico muertos, la GC o PL de oficio realiza el Atestado que lo remitirá al Juzgado de Guardia, lo poco que haya realizado, y una vez concluya la investigación días después remitirá el resto de diligencias. Es decir, la praxis habitual es cuando hay muertos o heridos muy graves en accidentes de trafico es cuando estos Cuerpos Policiales realizan de oficio el Atestado. Lo otro, será parte interno, minuta, como quiera denominarse, pero no se remite al Juzgado y técnicamente no es un Atestado.
- Usted dice ha visto Atestados de 30 euros. Otro engaño que se lleva la gente. Daños materiales en accidentes de trafico como usted dice de 30 euros, si el lumbreras del GC o PL le recepciona esa denuncia por daños materiales en accidente de trafico por el valor de 30 euros, el Juzgado lo archivara de plano, y el vecino esperara por los siglos de los siglos a que el juzgado le diga algo, pues es un tema que se dirime en la jurisdicción civil y se debe de denunciar en el Juzgado mediante Demanda, no mediante denuncia en Policia o Guardia Civil. Yo también he visto recoger denuncias por daños materiales por 60 euros por un accidente de trafico, pero no es asi, eso ESTA MAL HECHO, y no llega a ningún sitio, amen de la profesionalidad del agente que recepciona la denuncia.
Estoy hablando de accidentes de trafico. Cosa diferente, es daños intencionados de 30 euros, eso sería una falta de daños intencionada, y eso es otra cosa. No trate de confundir usted al resto de foreros.
-En relación a lo que dice usted, que le han dicho en el Cuartel, de prevaricación, omisión del deber de socorro... Prevaricación? en fin no voy a decir mas. Omisión del deber de socorro. Le dejaron allí tirado, y se fueron, no, usted mismo ha dicho que estaba esperando a la ambulancia con ellos al lado, tanto policía local como Guardia Civil. En fin, que no le cuenten cuentos chinos y le hagan creer lo que no es.
- Dice que se queda asombrado de mi relato en relación a las denuncias en el Juzgado. Bien, le diré que muchos Hospitales, remiten por Acuerdos con los Juzgados directamente los parte de lesiones a la Policia Local o a la Guardia Civil, para que sean ellos los que realicen el oportuno ofrecimiento de acciones y en su caso realizar las diligencias que correspondan. ( Esto esta siendo cada vez mas habitual en los Partidos Judiciales).
- La denuncia usted la puede poner directamente en el Juzgado, perfectamente, faltaría mas. Yo lo que dije, es que si usted no presenta denuncia en la Policía o en la GC( ni tampoco en el Juzgado), por estos hechos no se remitirá el parte interno, atestado... al Juzgado.
- Dice que le han dicho en el Cuartel, que el parte interno o como le llamen en cada sitio, estará a su disposición o al de su abogado. Esto lo mandarán al Juzgado y si usted o su abogado desean tener acceso a el, deberán personarse en el procedimiento, para lo que necesitará abogado y procurador, pues si simplemente denuncia, usted no esta personado y en su caso pedirá por usted el Ministerio Fiscal, pero a usted no se le tendrá por personado.
Todo esto en cuanto al accidente de tráfico. Por lo que deduzco de su mensaje fue una lesión leve cervilcagia. Usted deberá denunciar en el plazo de seis meses en vía penal para reclamar por sus lesiones, bien ante el Juzgado o la Policía local, pues veo que ocurrió en vía urbana. Si no denuncia, quedará en un parte interno de intervención y poco más, y que no le coman mas la cabeza con el tema del Atestado. Esto es la praxis habitual.

04/04/2015 11:13
- EN CUANTO A LA AGRESION.
En relación a la agresión, a pesar de los politraumatismos, etc, debería usted presentar denuncia en la Guardia Civil por la agresión o bien en el Juzgado, al objeto de que posteriormente sea observado por el medico forense y evalúe sus lesiones y pueda dirimirse posteriormente en una falta de lesiones en un juicio de faltas o en un procedimiento abreviado por un delito de lesiones, y por lo que ha contado hasta ahora, tiene pinta que quede en una falta de lesiones, pero dependerá del informe Forense. Pues como usted no denuncie la agresión, quedara todo en nada.
Pero vamos, usted mismo.
Vamos, creo que conozco como funcionan las cosas, tanto por un lado como por otro.
Si usted esta convencido de reclamar por las lesiones por el accidente de trafico, y posteriormente el castigo al agresor por la agresión y su posterior indemnización póngase en manos de un abogado y vaya a lo realmente oportuno, pero vamos es mi opinión, que ahí queda, que si no es lo que usted quiere escuchar no la tenga en cuenta, pero he tratado de ser lo mas objetivo posible, y como funcionan las cosas en la practica.
Saludos cordiales
04/04/2015 12:58
Es un poco raro el comienzo de la historia, yo una vez pressencie alo muy similar y resulta que el primer coche iba frenando sin ton ni son para incordiar al seggundo coche, hasta que al final le dio el golpe trasero, se bajo y le dio unas buenas leches, el problema que tuvo el primer coche que testificaron contra él otros conductores por el tema de ir haciendo frenar a todos ....
04/04/2015 15:42
Estimado LJMM aqui no hay nada raro, que lo presenciaras algo similar o no es como si digeras que he visto un burro volando, y aun asi si este muchacho por ir picado o frenando , el pega detras es el que paga y referente a los puñetazos estas mezclando las churras con las meninas , puesto la accion es desmedida, uno una imprudencia de trafico y otra un delito por agresión, o tus vas amercadona y si alguien se te cuela con mala educacion le pegas un navajazo?? Esto es una respuesta a una pregunta? Es un comentario jocoso y espero que nunca te calienten la cara sea por el motivo que sea
04/04/2015 19:05
Estimado Topi ante todo le reitero mis gracias pero no me dejo llevar de lo que dice una comandancia, es que en el antepenultimo parrafo reitera una accion inconcluente nuevamente, y es que no puedo poner la denuncia en le juzgado,SI la puedo ponero, no necesariamente tengo que hacer denuncia en los cuerpos de seguridad.
Prevaricación , SI solo hace falta ver su significado en wikipedia.
Sobre la accion de la fuerza, lo que es la asistencia de la GC al lugar de un siniestro o no. Es muy sencillo al poner la denuncia en Juzgado , este de oficio pide la accion de la fuerza y su contenido, asi de sencillo.
Conclusión el cte de puesto solo comenta que en cuartel de la GC esta a disposición del juzgado que corresponda la accion de la fuerza y su contenido, testigos que declararon, actores etc.
Pero que te estoy agradecido por tus aclaraciones, ahi cositas de aqui y alli muy interesantes y otras que no puedo enmarcar, Gracias
04/04/2015 21:11
Buenas tardes, con esto ya termino de participar en este post.

Si usted me quiere hacer ver que el delito de prevaricacion es lo que pone en wikipedia, con eso ya esta todo dicho.

Haga usted lo que tenga que hacer y que salga todo favorables a sus intereses.

Saludos cordiales.

04/04/2015 22:15
Poco más que añadir a lo indicado por Topi.

Por parte de G.C. de Tráfico o Policía Local, según el lugar donde ocurra el accidente, sólo se realiza atestado directo cuando hay heridas muy graves o fallecimientos, o que los daños materiales superen los 80.000 euros; si no se da ninguno de esos supuestos, se realizan unas diligencias a prevención que se archivan hasta el que el perjudicado denuncia, en dependencias policiales o en sede judicial.

Sobre la agresión...es competencia directa de la Guardia Civil, se produzca donde se produzca y siempre y cuando en ese termino municipal exista G.C., si no hay G.C., habrá P.N., cualquiera de los dos son los encargados directos de las lesiones.
Ese "Comandante" se quita de encima el problema y te dice que denuncies en el Juzgado...pues vaya, qué bien! Para realizar un atestado por lesiones y que llegue al Juzgado no hacen falta, ni muchos menos, 15 días, a no ser que envíen el atestado mediante tortuga coja y reumática...
Además, te remite al Juzgado, y tú vas a decir que intervino la G.C., no? Qué piensas que va a hacer el Juez? Pues enviará un oficio a la G.C. para que investigue la agresión y relate lo que ellos han observado.

Es decir, vas al Juzgado, denuncias aportando el parte de lesiones, la petición tarda X días en llegar al puesto de la G.C., los G.C. se ponen a realizar el atestado y tardan otros 15 días en que llegue el mismo al Juzgado...pues parece que se va a invertir más tiempo que si lo hace la G.C. de entrada, no?

Abundando en el tema, las lesiones son un delito público, lo que quiere decir que las Autoridades pueden, y deben, intervenir e informar a la Autoridad Judicial cuando esas se produzcan, aún cuando el perjudicado no quiera denunciar...o sea, que te han estado contando milongas y te las has tragado.

Cuando me refiero al Delito de Lesiones es a las lesiones intencionadas, no a las producidas en un accidente de tráfico, que esas ya te ha explicado Topi y yo como se actúa.

Para terminar, no quiero que ningún compañero de la G.C. se mosquee conmigo por lo que he dicho de ellos, ya que malos profesionales los hay en todos los cuerpos policiales y en todas las profesiones...afortunadamente los malos profesionales representan un % bajo con respecto al total.

Como supongo que no te he convencido, actúa de la forma que consideres oportuna, y si esa es denunciar a los P.L. por todos los delitos que nombras...pues adelante!

Le das mucha importancia a lo que te ha dicho ese "Comandante de puesto"...si te movieses en ambientes policiales o jurídicos, verías que muchas de esas cosas que dicen algunos "profesionales" de las FFCCSS, no hay por donde cogerlas (conste que yo soy miembro de un cuerpo policial, o sea no es que tenga un odio a las fuerzas de seguridad), y yo también he visto por parte de algún Guardia Civil coger denuncias por daños en accidentes de tráfico, no por parte de los de Tráfico, sino por los agentes de los puestos, y no una, sino varias, lo cual es una auténtica aberración.
Te dice el "Comandante" que es mejor que denuncies en el Juzgado
04/04/2015 22:19
Evidentemente en mi anterior "post" el orden de los párrafos no es correcto, ya que he intercalado ideas, habiendo escrito ya varios de ellos y no me he percatado a tiempo.

La última frase sobra.
04/04/2015 23:25
Os doy las gracias por vuestros conocimientos. Me explico yo soy oficial del ejercito y nunca me he aprovechado de mi condición militar, debo decir y teneis que respetarlas , que mis ideologias son franquistas, estamos en un pais libre no? SI, pero al mismo tiempo con libertinaje y lleno de lagunas legales. por mi condición de militar tengo mis respetos a mis compañeros de la GC, no por ello deben siempre de tener razón, pero si estoy en disconformidad con los abusos de autoridad en este caso de los que antes se llamaban municipales. Personas que no estan por vocación y si por sueldo, que casi siempre son conocidos en las poblaciones y que tienen sus amiguitos. Prevaricación: Delito que cometen los funcionarios públicos al faltar,a sabiendas o por ignorancia inexcusable,a las obligaciones y deberes de su cargo. Si llega Un funcionario publico y casi desmayado te quiere hacer firmar un parte amistoso, si ademas se pones sus risas con el agresor y si ademas le dice que vaya a denunciarme lo antes posible al amiguito agresor , .....a eso Topi como le llama usted???? ( le hablo con testigos que van a ir a juicio a dar fe de lo que digo y cuento). olvidense ustedes de atestados, diligencias , hablo que dispongo ya de 5 testigos que van a declarar que despues de darme por detras un energumeno salio del coche y me asestó 7 puñetazos y 3 patadas mientras yo estaba con el cinturon de seguridad. No hay que pasar por alto que al salir del coche y dejarlo en medio de la rotonda para agredir cometió otro delito contra la seguridad vial al poner en peligro a los demas conductores. Olvidense de comandantes de puesto, de diligencias y si quieren responder respondan a mi pregunta inicial que hasta la fecha no lo han hecho con tantos conocimientos del codigo penal y civil. Muchas gracias
04/04/2015 23:54
Respuestas rápidas: para denunciar la agresión, junto con el parte facultativo, personarte en dependencias de la Guardia Civil o en el Juzgado de Guardia.
Para denunciar a los Policías Locales, lo mismo pero sin el parte facultativo.
El resto de tu "post" no hay por donde cogerlo...tus ideas son tuyas y, por lo menos a mí, me traen sin cuidado, siempre y cuando tu comportamiento como militar se ajuste al ordenamiento jurídico y cumplas con tus obligaciones con la Constitución y con el Rey, porque supongo que juraste fidelidad a ambos.
De todo lo que has expuesto no se desprende que haya existido prevaricación, y en lugar de mirar la Wikipedia te recomiendo que mires el Código Penal, artículos 404 y siguientes; si quieres saber algo de medicina, pregúntale a un médico y no te fíes de una serie de televisión...por ejemplo...
Qué sabrás si una persona realiza un determinado trabajo por vocación o no, o si tiene amiguitos o no; el amiguismo y la sinvergonzonería se dan en todas las profesiones, ya que eso no lo da una profesión lo da la propia humanidad; digo lo de antes, afortunadamente el % es mínimo con respecto al total.
Para los delitos contra la seguridad vial te recomiendo, también, aplicada y profunda lectura del Código Penal.
Y claro que nos olvidamos de comandantes de puesto y tal y tal, pero te recuerdo que al comandante lo has nombrado tú.
Y ya lo último, denuncie lo que considere que tiene que denunciar, haga valer sus testigos, pero no olvide que los testigos han de ser veraces, que en caso de no serlo cometerían un delito, y que, por experiencia propia, ya que he ido a "algún" juicio, la gente que no está acostumbrada a esos tragos, se pone nerviosa, se traba, se contradice, etc., etc., sobre todo si se sale de la verdad...
05/04/2015 03:20
Los testigos son tan validos como tu comentario y cuando la verdad es una el nerviosismo existe pero la verdad prevalece. Lo mismo que los abogados preguntan lo mismo 40 veces .
El que se nombre a la guardia civil o se desnombre es una realidad . Pero que se dude de ella una aberración.
Gracias por reconocer que s¡existe en porcentanje de sinvergonceneria en algunas profesiones.
Mi ideas son mias llevas toda la razón y si cumplo o no mi juramento la verdad no te importa .
Denunciar sabe denunciar todo el mundo no contestas como, me refiero al contenido.
De todo lo que has expuesto desprendo que solo quieres hacer alarde de tus conocimientos en esta web, no se si como chavalin que esta estudiando la carrera o como abogado sin trabajo ya que hay abogados penalistas como los que he quedado el lunes no tienen tiempo ni para mirarse a los zapatos ni para entrar en dialectica en pagina de listillos, a estos les falta el tiempo y les sobra el dinero. Por cierto a mi no me cobra.
Asi que ire a ver al doctor como me has recomendado y dejare de ver esta mala serie de televisión
05/04/2015 12:52
No te confundas con lo que yo he dicho, no he dicho que haya malos profesionales y sinvergüenzas en ALGUNAS profesiones, he dicho que los hay en TODAS las profesiones.

Hay malos profesionales en todas, incluso en el ejército, y como muestra te puedo nombrar un oficial del ejército de tierra, que allá por 1984 (ya ha llovido), borracho como una cuba y armado, se cayó por unas escaleras de un acuartelamiento; te podría nombrar otros casos de mi paso por la mili, pero tampoco vienen al caso, y esos casos los incluyo en el porcentaje ínfimo de malos profesionales que hay en cualquier profesión u oficio.

Veo que tu índice de comprensión lectora no es muy amplio, sobre los de ALGUNAS o TODAS las profesiones, además de que piensas de que soy un chavalín estudiante de derecho o ejerciente de la profesión sin trabajo...ya indiqué que yo era miembro de las fuerzas y cuerpos de seguridad.

No soy un chavalín, ya te digo que allá por 1983 y 1984 estuve haciendo la mili (por cierto, no aprendí nada en ella y lo único que hice fue perder miserablemente un año de mi vida), y, además, soy lo suficientemente mayor como para recordar con meridiana claridad las portadas de los periódicos y las imágenes de televisión saliendo el Sr. Arias Navarro, con fondo negro y cara compungida diciendo la famosa frase de "Españoles, Franco ha muerto".
Tampoco soy abogado, y mis conocimientos jurídicos son inferioriores, a la mayoría de letrados, y muy, muy, inferiores a los que pueda tener Topi, en vista de las intervenciones que leo de él de forma habitual en este foro.

Tus ideas, efectivamente, y como ya te dije, son tuyas, y a mí me las traen al pairo, y con respecto a tu comportamiento profesional, en este momento, también me da igual.

La pregunta ya se te ha contestado, aunque es patente que no se te ha dicho lo que querías oir, acude a ese abogado amigo tuyo y, si lo consideras oportuno, ya nos dirás lo que te ha dicho, y en caso de que sigas adelante con la denuncia, que estás en tu completo derecho, faltaría más, dentro de unos meses o de un año, nos cuentas como terminó el asunto.

Sobre lo que dices de que se dude de la Guardia Civil...yo, nunca, generalizo, cualquier Institución o profesión es buena, lo que no son buenos son algunos elementos de esa Institución o profesión, ya sea por malicia o desconocimiento.

En el segundo de tus "posts" manifiestas textualmente

"Asimismo hace referencia que la policia Local tenia que haber realizado un atestado y mas cuando habian heridos, que no tiene que ser sangrantes, puede ser una hemorragia interna y un policia no es medico. Y sigue referiendo que ademas existe el agravante de una agresión, invasión de la via publica con agravante de alto riesgo contra la seguridad vial."

Sr. mío, Topi le ha indicado, claramente, como funciona el asunto de los atestados policiales por accidente de tráfico.

"...que ademas existe el agravante de una agresión...", ese "comandante" de la G.C. y tú mismo, estáis mezclando dos asuntos diferentes, un accidente de tráfico (vamos a pensar que, efectivamente es un accidente de tráfico y no una colisión voluntaria, ya que si no sería un delito/falta de lesiones y un delito/falta de daños, y habiéndose personado la G.C. son los competentes en la materia), y una agresión posterior que no se va a enjuiciar con el accidente de tráfico, y que, habiéndose personado una patrulla de la G.C. es competencia directa suya, y te vuelvo a repetir, las lesiones son de persecución pública, es decir, la G.C. debería haber informado (o tomar otras medidas más fuertes según la gravedad) de oficio a la Autoridad Judicial.

Sobre lo de "listillos"...me remito al refranero español...ver la paja en el ojo ajeno...


05/04/2015 22:42
Como suele decirse para ti la peseta
Os extendeis mas que un chicle y al final no dices nada claro ni art 408 ni art 412 apartado 3. Yo entiendo que existe el corporativismo pero esto es descarado y sigue y sigue
No me gusta esta serie ni los actores no sigas con comentarios vanales
Y a mi que me importa tu mili?. Aqui tienes un ejemplo de la indisciplina, hechas pestes de ella y luego te metes a policia, asi va España. tenia que venir el Generalisimo aunque fuera de cabo. tanto tirarse la pelota una policia a otra al final trabajais menos que un mestro de escuela.
Por cierto
06/04/2015 18:58
Veo que has leído los artículos del C.P. que te indiqué, ya no recurres a la Wikipedia, y también veo que no sabes interpretarlos.

Ya se te ha explicado, varias veces, como se actúa en accidentes de tráfico, cuando se realiza y cuando no atestados directos por los mismos.

El dejar unos coches en una rotonda no genera en sí un peligro incardinable en los delitos contra la seguridad vial, y mucho menos si en el lugar está la policía para regular el tráfico, señalizar, y realizar la inspección ocular necesaria para la realización del atestado cuando sea requerido por la Autoridad Judicial o cuando se hagan tras recibir la oportuna denuncia del perjudicado.

Las lesiones, tanto del accidente, como las de la agresión no debieron ser graves, ya que de haberlo sido se hubiese hecho el atestado policial por el accidente de tráfico, y la G.C. hubiese detenido al supuesto agresor por las lesiones de la agresión.

No me cuadra lo que te dijo el comandante del puesto de la G.C., ya que, de ser cierto, demuestra una falta supina de conocimientos (cosa que dudo), además de que si los G.C. hubiesen apreciado indicios de delito por parte de los P.L. deberían haber actuado en consecuencia.

Seguramente no le entendiste o te dijo eso para regalarte los oídos.

No veo el corporativismo por ninguna parte, símplemente se actuó de acuerdo a la legislación vigente, y que nosotros, por la cuenta que nos trae, no nos saltamos (quitando esas manzanas podridas que pueda haber en cualquier colectivo).

Volviendo a la película, me da la impresión que quieres ser el guionista, el actor y el espectador de la misma, y siendo el último, aplaudir a rabiar a los dos primeros.
07/04/2015 10:11
Sobre la policia local ya se abrió ayer un expediente sancionador puesto que fui hablar con el alcalde. Por incumplimiento del deber, este ya tenia amonestaciones de antes.
sobre la GC al final si han presentado diligencias en Juzgado y se tienen que presentar a declarar los dos.
La GC cita a declarar a un testigo que hablé con el ayer y cita al agresor. En diligencias .....dice que perdió los nervios.
Yo cito a 3 testigos oculares .
Por lo visto yo si di con una manzana podrida.
Respecto a la peli yo creo que puedes poner los creditos. Yo no veo mal que hagais de abogado del diablo , pero se supone que aqui se viene buscando ayuda no al abogado de la parte contraria.
Creo que os falta arbitrariedad de todas formas muchas gracias
07/04/2015 12:52
Ese alcalde es muy, muy bravo, ya que en lugar de abrir un expediente informativo, abre, directamente, un expediente sancionador sin oir a todas las partes (oir de forma legal, por escrito).

Por otra parte, y eso es harina de otro costal, muy profesional no parece el alcalde cuando se comporta con un populismo extremo divulgando si hay quejas o no anteriores...tendrá algo que ver la proximidad de las elecciones de mayo...?

En todo caso que se abra un expediente sancionador no implica per se, una sanción.

Teniendo en cuenta la denuncia penal que has puesto o vas a poner por un chorro de delitos, asesorado por ese letrado que no te cobra, el alcalde, antes de una resolución al expediente sancionador, tendrá que esperar a que se pronuncie el Juez si la actitud de esos policías era contraria a derecho.

Yo, particularmente, te he contestado de acuerdo a lo que tú has expuesto, y siempre digo lo mismo, el que la haga que la pague, pero por lo que expusiste no veo una mala praxis policial.

La película me parece que no va a ganar ningún Oscar, ningún Globo de Oro, ni el premio al concurso de cortometrajes para aficionados del pueblo en cuestión.
07/04/2015 13:03
Por cierto, ese Alcalde es Speedy González, resulta que ayer te tomaron la denuncia por escrito, y como dices, ya abrió expediente, por lo cual ya se nombró un Instructor y un Secretario del expediente...eso es un Alcalde diligente y los demás son aficionados.

Ese Alcalde, en el reparto de la peli es el "bueno", es el "starring" o "co starring", así debería funcionar siempre la Administración, rauda y veloz...