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Alcoholemia 0,64 mg/l

4 Comentarios
 
02/12/2017 14:44
Danielo89
Tendre que ir a por todas..

El abogado de oficio nose que hacer, ingreso 32000€ año y me va a tocar pagarle, nose si buscando otro pudiera tener alguna ventaja, aunque estas situaciones entiendo que sean faciles de llevar..

Es la primera vez que me veo en un juicio.

Gracias por la orientacion
02/12/2017 09:13
Danielo89
A falta de ver el Atestado, para comprobar sintomatologia, en principio al ser un control preventivo, en casos como el suyo, no pactamos con el Fiscal sino que vamos a por el sobreseimiento en fase de juicio rápido por inexistencia de ilícito penal. El margen de error del etilometro y que hay que tener en cuenta La prueba más baja del etilometro ( 0'64) hay que luchar por el sobreseimiento en las diligencias urgentes y sino se consigue luchar por la absolución. La prueba de 0'57 no la tenga en cuenta, no es una prueba oficial sino de muestreo, por eso únicamente hay tomar las de 0'67- 0'64 y en este caso la más baja. Que es 0'64.
En este caso, insisto sin conocer nada más que lo dice usted no hay que conformarse.
Pero su letrado de oficio tendrá más datos del expediente y sabrá orientarle cuál es la mejor opción.
Eso sí, supongo que tiene en cuenta que si no le condenan por delito, sanción administrativa de 1000€ y 6 puntos.
01/12/2017 05:22
katia
Gracias por contestar.

Antes de aceptar responsbilidd penal, como puedo saber la fecha de puesta en servicio del etilometro y la declaracion de la guardia civil de los sintomas?

Saludos
30/11/2017 18:54
Danielo89
Hola danielo,
Depende de muchas circunstancias, fundamentalmente, si fue un control preventivo y los síntomas que usted presentara.
Si, efectivamente, fue un control preventivo y sin síntomas que manifestaran la influencia del alcohol, en usted, efectivamente podría salvarse por el margen de error del etilómetro, ello no sería posible en un juicio rápido, donde usted debe reconocer su responsabilidad penal y se reduce la pena en un tercio, normalmente, si no tiene usted antecedentes, retirada del carnet por 8 meses y multa, trabajos o prisión -que no se cumple, si no hay antecedentes penales-.
Un saludo,
Alcoholemia 0,64 mg/l
30/11/2017 16:29
Buenas y gracias de antemano.

El dia 17 de octubre cometi el error de coger el coche despues de haber bebido, no mucho.. En total unos 0,70cl de cerveza (jarra y botellin) al salir de trabajar, y con el estomago vacio.

El caso que me hacen soplar y doy 0,59 me dicen que es positivo y me suben a una furgoneta, donde me hacen otra con otra maquina y da 0,64 y otra segunda prueba con la misma 0,67.. Me citaron para juicio rapido pero confundi el dia.. Y me presente a la hora un dia despues.. Me dijeron que no me preocupase que me citarian para declarar y que lo podrian convertir en juicio rapido.

Total que sigo esperando no debe de quedar mucho, pero no paro de darle vueltas si yo en el momento que conducia no daba delito porque me van a condenar como tal? Y el margen de error? He estado mirando que para etilometros de mas de 1 año es del 7,5%, lo cual me salvaria de la retirada del carnet.

Me designaron abogado de oficio el dia q falte en el juicio rapido.. Me ha llegado una carta del colegio de abogados q he de recoger en correos.

No puedo permitirme que me retiren el permiso..

Como lo veis?
Que debo hacer?

Escucho impaciente recomendaciones.

Gracias a todos

PD: perdon por los acentos pues escribo desde smartphone
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02/12/2017 14:44
Danielo89
Tendre que ir a por todas..

El abogado de oficio nose que hacer, ingreso 32000€ año y me va a tocar pagarle, nose si buscando otro pudiera tener alguna ventaja, aunque estas situaciones entiendo que sean faciles de llevar..

Es la primera vez que me veo en un juicio.

Gracias por la orientacion
02/12/2017 09:13
Danielo89
A falta de ver el Atestado, para comprobar sintomatologia, en principio al ser un control preventivo, en casos como el suyo, no pactamos con el Fiscal sino que vamos a por el sobreseimiento en fase de juicio rápido por inexistencia de ilícito penal. El margen de error del etilometro y que hay que tener en cuenta La prueba más baja del etilometro ( 0'64) hay que luchar por el sobreseimiento en las diligencias urgentes y sino se consigue luchar por la absolución. La prueba de 0'57 no la tenga en cuenta, no es una prueba oficial sino de muestreo, por eso únicamente hay tomar las de 0'67- 0'64 y en este caso la más baja. Que es 0'64.
En este caso, insisto sin conocer nada más que lo dice usted no hay que conformarse.
Pero su letrado de oficio tendrá más datos del expediente y sabrá orientarle cuál es la mejor opción.
Eso sí, supongo que tiene en cuenta que si no le condenan por delito, sanción administrativa de 1000€ y 6 puntos.
01/12/2017 05:22
katia
Gracias por contestar.

Antes de aceptar responsbilidd penal, como puedo saber la fecha de puesta en servicio del etilometro y la declaracion de la guardia civil de los sintomas?

Saludos
30/11/2017 18:54
Danielo89
Hola danielo,
Depende de muchas circunstancias, fundamentalmente, si fue un control preventivo y los síntomas que usted presentara.
Si, efectivamente, fue un control preventivo y sin síntomas que manifestaran la influencia del alcohol, en usted, efectivamente podría salvarse por el margen de error del etilómetro, ello no sería posible en un juicio rápido, donde usted debe reconocer su responsabilidad penal y se reduce la pena en un tercio, normalmente, si no tiene usted antecedentes, retirada del carnet por 8 meses y multa, trabajos o prisión -que no se cumple, si no hay antecedentes penales-.
Un saludo,
Alcoholemia 0,64 mg/l
30/11/2017 16:29
Buenas y gracias de antemano.

El dia 17 de octubre cometi el error de coger el coche despues de haber bebido, no mucho.. En total unos 0,70cl de cerveza (jarra y botellin) al salir de trabajar, y con el estomago vacio.

El caso que me hacen soplar y doy 0,59 me dicen que es positivo y me suben a una furgoneta, donde me hacen otra con otra maquina y da 0,64 y otra segunda prueba con la misma 0,67.. Me citaron para juicio rapido pero confundi el dia.. Y me presente a la hora un dia despues.. Me dijeron que no me preocupase que me citarian para declarar y que lo podrian convertir en juicio rapido.

Total que sigo esperando no debe de quedar mucho, pero no paro de darle vueltas si yo en el momento que conducia no daba delito porque me van a condenar como tal? Y el margen de error? He estado mirando que para etilometros de mas de 1 año es del 7,5%, lo cual me salvaria de la retirada del carnet.

Me designaron abogado de oficio el dia q falte en el juicio rapido.. Me ha llegado una carta del colegio de abogados q he de recoger en correos.

No puedo permitirme que me retiren el permiso..

Como lo veis?
Que debo hacer?

Escucho impaciente recomendaciones.

Gracias a todos

PD: perdon por los acentos pues escribo desde smartphone