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alcoholemia legal

5 Comentarios
 
Alcoholemia legal
20/04/2009 20:31
es legal una prueba de alcoholemia realizada 2 horas despues del accidente, habiendo estado en el hospital solo sin custodia
20/04/2009 21:17
Entiendo que si, por que si no que va a alegar ¿¿¿que se hizo unos chupitos de alcohol con suero fisiologico??? siendo conductor y habiendo tenido un accidente, desde luego que es dificil de desmontar.
22/04/2009 20:21
Por poderse hacer, se podrá hacer, la Ley de Trafico indica que estan obligados a someterse a la prueba de alcolholemia todos los que esten implicados en un accidente de circulación... por lo tanto usted sigue obligado, pero despues de dos horas yo opino lo siguiente.
- Dudo que el resultado que arroje la prueba presente fiabilidad ante terceros ( jueces, abogados ...), dado que en este espacio de tiempo hay que tener en cuenta la curva de la alcoholemia, así como la eliminación del alcohol en la sangre que puede ser eliminado en la proporción de 0.2 gr cada hora, como norma general, pero habra que tener en cuenta más elementos tales como ... satisfaccion de necesidades fisiologicas, medicamentos introducidos en el centro Hospitalario etc... Lo cual, como digo será poco fiable, pero si usted no se negó a realizar la prueba y la realizó satisfactoriamente y arrojo un resultado positivo o negativo ( o aumque supongo cuando realiza la pregunta en este foro, es porque o bien se nego a realizarla o dio positivo, o quizas me equivoco) hizo bien en realizarla de lo contrario entiendo que le harian podido imputar un delito contra la seguridad vial del art. 383 CP.
Para que le puedan condenar, entiendo que si usted en funcion de la tasa que de, el forense en funcion de sus circunstancias podría estimar aproximadamente la tasa que llevaría usted en el momento del accidente, y con todo eso dudo que se tome como valor de referencia.
Lo que si podrá como valor de prueba indiciaria para la Autoridad Judicial es los sintomas que han anotado los agentes en su informe que presentaba usted en el lugar y momento del accidente, pero...
Igualmente, hay una Sentencia creo de la Audiencia Provincial de Navarra que no se si la he visto aqui o en otro foro, la cual absuelve a un conductor ya que la 1ª prueba de alcoholemia se la hicieron habiendo transcurrido más de 40 minutos después del requerimiento policial.
Es mi opinion, salvo mejor parecer de los expertos que participan en este foro.
23/04/2009 17:42
lo que paso que me dejo la ambulancia y me sali a comprar tabaco al bar y me tome dos dyc-cola y luego volvi.
24/04/2009 23:45
Caillou, has hecho lo que haria cualquier accidentado. Se baja de la ambulancia y le dice al medico que espere que se va a comprar tabaco y tomar dos copazos. Vale caillou, no te va a condenar en este foro. Yo alucino.
25/04/2009 03:11
Calliou (mal escrito) Mereces incautación de vehiculo por un periodo de cinco años, 5000 euros de multa y otros 5000 euros por tomarnos por tontos.
alcoholemia legal | PorticoLegal
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Alcoholemia legal
20/04/2009 20:31
es legal una prueba de alcoholemia realizada 2 horas despues del accidente, habiendo estado en el hospital solo sin custodia
20/04/2009 21:17
Entiendo que si, por que si no que va a alegar ¿¿¿que se hizo unos chupitos de alcohol con suero fisiologico??? siendo conductor y habiendo tenido un accidente, desde luego que es dificil de desmontar.
22/04/2009 20:21
Por poderse hacer, se podrá hacer, la Ley de Trafico indica que estan obligados a someterse a la prueba de alcolholemia todos los que esten implicados en un accidente de circulación... por lo tanto usted sigue obligado, pero despues de dos horas yo opino lo siguiente.
- Dudo que el resultado que arroje la prueba presente fiabilidad ante terceros ( jueces, abogados ...), dado que en este espacio de tiempo hay que tener en cuenta la curva de la alcoholemia, así como la eliminación del alcohol en la sangre que puede ser eliminado en la proporción de 0.2 gr cada hora, como norma general, pero habra que tener en cuenta más elementos tales como ... satisfaccion de necesidades fisiologicas, medicamentos introducidos en el centro Hospitalario etc... Lo cual, como digo será poco fiable, pero si usted no se negó a realizar la prueba y la realizó satisfactoriamente y arrojo un resultado positivo o negativo ( o aumque supongo cuando realiza la pregunta en este foro, es porque o bien se nego a realizarla o dio positivo, o quizas me equivoco) hizo bien en realizarla de lo contrario entiendo que le harian podido imputar un delito contra la seguridad vial del art. 383 CP.
Para que le puedan condenar, entiendo que si usted en funcion de la tasa que de, el forense en funcion de sus circunstancias podría estimar aproximadamente la tasa que llevaría usted en el momento del accidente, y con todo eso dudo que se tome como valor de referencia.
Lo que si podrá como valor de prueba indiciaria para la Autoridad Judicial es los sintomas que han anotado los agentes en su informe que presentaba usted en el lugar y momento del accidente, pero...
Igualmente, hay una Sentencia creo de la Audiencia Provincial de Navarra que no se si la he visto aqui o en otro foro, la cual absuelve a un conductor ya que la 1ª prueba de alcoholemia se la hicieron habiendo transcurrido más de 40 minutos después del requerimiento policial.
Es mi opinion, salvo mejor parecer de los expertos que participan en este foro.
23/04/2009 17:42
lo que paso que me dejo la ambulancia y me sali a comprar tabaco al bar y me tome dos dyc-cola y luego volvi.
24/04/2009 23:45
Caillou, has hecho lo que haria cualquier accidentado. Se baja de la ambulancia y le dice al medico que espere que se va a comprar tabaco y tomar dos copazos. Vale caillou, no te va a condenar en este foro. Yo alucino.
25/04/2009 03:11
Calliou (mal escrito) Mereces incautación de vehiculo por un periodo de cinco años, 5000 euros de multa y otros 5000 euros por tomarnos por tontos.