Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Alegación a multa por tenencia de spray defensa, con permiso legal.

3 Comentarios
 
Alegación a multa por tenencia de spray defensa, con permiso legal.
17/07/2014 00:42
Buenas noches a todos, necesito un modelo o formulario para alegar contra una multa de 500 € e incautación de arma (spray SFRAN), teniendo el infractor la autorización médica para dicha arma y el permiso legal.
Muy agradecido de antemano a todos.
Saludos.
Para efectuar alegaciones en un expediente sancionador no es preciso guiarse por un formulario determinado.Basta con escribir lo que se quiere alegar y usted lo ha hecho aquí con precisión y claridad, pero tendrá que acompañar documentos que respalden por qué un médico autoriza la tenencia de un spray sfran y quien da el permiso legal. Esto no lo entiendo, sinceramente.
18/07/2014 20:14
Bolotov , una pregunta , dices que le han incautado un spray de la marca sfran y que el infractor tiene autorizacion médica para dicha arma , perdona pero me pareces que quieres decir : que te han incautado un spray de defensa personal de la marca skram y que dicho spray está autorizado por el Ministerio de Sanidad y consumo , por lo cual se puede portar por la vía pública , te lo comento porque esa marca si se pude portar por la vía pública y está autorizada por el Ministerio de Sanida y consumo , eso sí , tienes que tener en cuenta el siguiente artículo de la ley Orgánica 1/92 , articulo 18 , que pone lo siguiente: Los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, procediendo a su ocupación. Podrán proceder a la ocupación temporal, incluso de las que se lleven con licencia o permiso y de cualesquiera otros medios de agresión, si se estima necesario, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito, o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de las cosas .
bolotov otra pregunta , donde te lo han incautado ? , porque si es en la vía pública , si merece hacer un pliego de alegaciones , pero si es en una zona de ocio , tipo discoteca , lo veo pero que muy difícil , que prospere la alegación .
Un saludo .
19/07/2014 14:17
Lo que muy acertadamente ha expuesto linuxol entra en concordancia con el art. 146.2 y 147 del reglamento de armas, que a continuación inserto por si alguno de los supuestos fuera el caso que te afecta:
146.2. Deberá en general estimarse ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, así como en todo caso los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o la propiedad o por uso indebido de armas o sanción por infracción de este Reglamento.
147.1. Los usuarios de las armas deberán estar en todo momento en condiciones de controlarlas. En la presencia o proximidad de otras personas, deberán actuar con la diligencia y precauciones necesarias y comportarse de forma que no puedan causar peligro, daños, perjuicios o molestias a terceras personas o a sus bienes.
147.2. Queda prohibido portar, exhibir o usar las armas:
a) SIN NECESIDAD o de modo negligente o temerario.
b) Mientras se utilizan cascos o auriculares conectados con aparatos receptores o reproductores de sonidos.
c) Bajo los efectos de bebidas alcohólicas estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas.
Si te intervinieron el espray en virtud de alguno de los casos expuestos será muy difícil que te den la razón.

Saludos.
Alegación a multa por tenencia de spray defensa, con permiso legal. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Alegación a multa por tenencia de spray defensa, con permiso legal.

3 Comentarios
 
Alegación a multa por tenencia de spray defensa, con permiso legal.
17/07/2014 00:42
Buenas noches a todos, necesito un modelo o formulario para alegar contra una multa de 500 € e incautación de arma (spray SFRAN), teniendo el infractor la autorización médica para dicha arma y el permiso legal.
Muy agradecido de antemano a todos.
Saludos.
Para efectuar alegaciones en un expediente sancionador no es preciso guiarse por un formulario determinado.Basta con escribir lo que se quiere alegar y usted lo ha hecho aquí con precisión y claridad, pero tendrá que acompañar documentos que respalden por qué un médico autoriza la tenencia de un spray sfran y quien da el permiso legal. Esto no lo entiendo, sinceramente.
18/07/2014 20:14
Bolotov , una pregunta , dices que le han incautado un spray de la marca sfran y que el infractor tiene autorizacion médica para dicha arma , perdona pero me pareces que quieres decir : que te han incautado un spray de defensa personal de la marca skram y que dicho spray está autorizado por el Ministerio de Sanidad y consumo , por lo cual se puede portar por la vía pública , te lo comento porque esa marca si se pude portar por la vía pública y está autorizada por el Ministerio de Sanida y consumo , eso sí , tienes que tener en cuenta el siguiente artículo de la ley Orgánica 1/92 , articulo 18 , que pone lo siguiente: Los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, procediendo a su ocupación. Podrán proceder a la ocupación temporal, incluso de las que se lleven con licencia o permiso y de cualesquiera otros medios de agresión, si se estima necesario, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito, o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de las cosas .
bolotov otra pregunta , donde te lo han incautado ? , porque si es en la vía pública , si merece hacer un pliego de alegaciones , pero si es en una zona de ocio , tipo discoteca , lo veo pero que muy difícil , que prospere la alegación .
Un saludo .
19/07/2014 14:17
Lo que muy acertadamente ha expuesto linuxol entra en concordancia con el art. 146.2 y 147 del reglamento de armas, que a continuación inserto por si alguno de los supuestos fuera el caso que te afecta:
146.2. Deberá en general estimarse ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, así como en todo caso los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o la propiedad o por uso indebido de armas o sanción por infracción de este Reglamento.
147.1. Los usuarios de las armas deberán estar en todo momento en condiciones de controlarlas. En la presencia o proximidad de otras personas, deberán actuar con la diligencia y precauciones necesarias y comportarse de forma que no puedan causar peligro, daños, perjuicios o molestias a terceras personas o a sus bienes.
147.2. Queda prohibido portar, exhibir o usar las armas:
a) SIN NECESIDAD o de modo negligente o temerario.
b) Mientras se utilizan cascos o auriculares conectados con aparatos receptores o reproductores de sonidos.
c) Bajo los efectos de bebidas alcohólicas estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas.
Si te intervinieron el espray en virtud de alguno de los casos expuestos será muy difícil que te den la razón.

Saludos.