Estimados compañeros, soy abogada del turno de oficio y tengo una duda procesal sobre un procedimiento Monitorio por una deuda de reclamación de cantidad de 6.500€ mas intereses a mi clienta por la entidad financiera de Carrefour. He recibido unas Diligencias de ordenación que dicen: "Examinado el presente contrato en cuyo incumplimiento se fundamenta el presente procedimiento y considerando que este juzgado podría apreciar de oficio la existencia de clausulas abusivas en perjuicio de consumidor, conforme a lo dispuesto en el art. 815.4 LEC, procede dar audiencia a las partes a fin de que en plazo de CINCO DIAS formule las alegaciones que estime oportunas sobre la indemnización por la reclamación aplicada y con su resultado se acordará". En otra página: "Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICIÓN en el plazo de CINCO DIAS ante este juzgado expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente". Dudas: - Cómo debo plantear el texto de alegaciones en caso de que entienda que las hubiera? - Si no veo que haya clausulas abusivas, y no me pronuncio, procesalmente qué ocurre? cuál es el siguiente paso? paso a verbal y se da paso a contestar a demanda por Monitorio? - Se entiende que son clausulas abusivas: la reclamación anticipada de cantidad cuando el plazo de prestamo personal vence en el año 2025 habiendosele reclamado a mi cliente por toda la totalidad del prestamo antes de haber vencido? - Si en el contrato que firmó mi cliente en el apartado del seguro, hay dos viñetas en las que se opta por elegir si se adhiere o no se adhiere al seguro y de forma automatica se le impone el pago y adhesión al seguro sin dar posibilidad de elección al cliente, se considera abusivo? - En cuanto a los intereses, de forma genérica le imponen intereses sin indicar si son remuneratorios o no. es quizás esto fundamento de alegación? Gracias, y perdonad por lo extenso de mi texto.