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alquilar por primera vez

9 Comentarios
 
Alquilar por primera vez
04/05/2009 16:06
Hola, dentro de un par de meses voy a poner por primera vez un piso en alquiler. Sé que hay gente que cuida muy bien las casas que alquila y espero no ofenderlos pero también sé de muchos casos que literalmente las destrozan. Me gustaría saber que debo hacer o pedir para poder estar cubierta en casos como estos. Se trata de un piso bastante bueno y en muy buena zona. Lo dejo sin muebles pero con cocina, lavadero y baños totalmente equipados.
Gracias por su ayuda.
04/05/2009 17:51
vaya a una inmobiliaria buena
el precio es segun la cotizacion del dia del mercado inmobiliario
AEGURECE QUE SEA UNA INMOBILIARIA SERIA.
saludos
04/05/2009 18:13
Marana, en lugar de una inmobiliaria le aconsejo que acuda a un abogado experto en arrendamientos urbanos, que por un precio más económico y con bastantes más garantías, le redactará un contrato de acuerdo a sus necesidades.
04/05/2009 18:18
Lo primero si no lo tiene haga un seguro del CONTINENTE del piso. Haga fotos y anúnciese en Internet en el "idealista.com (es gratis)"...

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
05/05/2009 07:40
Hola. Si tengo seguro de contienente porque es la casa en la que he vivido hasta ahora. Muelle me aconseja que vaya aun abogado pero mi duda es si las calúsulas que ponga en un contrato privado sirven luego para algo si se acaba en juicios.
Gracias
05/05/2009 09:46
Por supuesto que las clausulas pactadas en un contrato privado son perfectamente válidas, siempre y cuando se atengan a la ley vigente. De ahí la conveniencia (que yo considero necesidad) de que quien lo redacte sea un profesional de la materia, es decir, un abogado.
05/05/2009 12:45
Lo que primero vale ES LO PACTADO (cláusulas) y en su omisión entra la Ley.

"Respetando lo establecido en el apartado anterior, los arrendamientos de vivienda se rigen por lo dispuesto en el Título II de la presente ley, en su defecto, por la voluntad de las partes y supletoriamente por lo dispuesto en el Código Civil".

Eloy Peña Rico, denunciante oficila del Ayuntamiento de Madrid.
05/05/2009 13:58
Le doy completamente la razón a muelle. Vaya donde un abogado experto en temas de arrrendamientso urbanos, que esté dado de alta en el Colegio Oficial, y él mismo le puede asesorar, además de hacerle el contrato...
Olvidate de inmobiliarias, que lo único que hacen es timar y robar a la gente. Yo tengo muy mala experiencia con una inmobiliaria. Te meteran gente que no quieres, y luego sí te lo sacan pero pagandoles.
Anunciate como han dicho en idealista,... períodicos.. Ojo, no lo alquiles a marroquís, ni magrebies, son muy educados, pero te dejan el piso lleno de mierda, y son muy mal pagadores; e incluso te dejan meses a deber, y tienes que denunciarlos como en mi caso.

Gracias
05/05/2009 14:45
Muchas gracias a todos por vuestra ayuda. La verdad es que da un poco de mido lo del alquiler pero también dejar el piso vacio y no sacrle ningún beneficio me parece absurdo. iré a un abogado y que me lo prepare bien.
Gracias
05/05/2009 16:49
Hola marana. Al igual que los Srs Muelle y 19875008 le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos,pero no sólo para que le redacte el contrato sino para que le explique el alcance de cada una de las cláusulas(cuales son obligatorias, cuales se pueden negociar, el alcance de las mismas en caso de llegar a la vía judicial, los distintos tipos de garantias,donde y en qué plazo depositar la fianza,etc...). Por experiencia le puedo asegurar que tan importante es un buen contrato como la comprensión del contenido del mismo por las partes firmantes.(arrendador y arrendatario)

Por otro lado conviene seguir las siguientes recomendaciones a la hora de entrevistar futuros arrendatarios:

1) En función de qué tipo de contrato desee usted realizar-VIVIENDA O USO DISTINTO AL DE VIVIENDA(TEMPORADA) -el perfil del arrendatario es distinto.

Para el segundo tipo de contrato es preferible un estudiante, un trabajador que se ha desplazado por motivos de trabajo, una persona en trámites de separación o divorcio(por la posible reconcialición,uso de la vivienda,etc..),una persona o pareja que está esperando a que le entreguen su vivienda,etc..

2) Datos personales. Si es soltero/a,divorciado/a,si son matrimonio o pareja de hecho, si trabaja/an(en caso afirmativo solicite copia del contrato de trabajo y de las 3 o 4 últimas nóminas),si tienen o no animales domésticos.

Reciba un cordial saludo.
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04/05/2009 16:06
Hola, dentro de un par de meses voy a poner por primera vez un piso en alquiler. Sé que hay gente que cuida muy bien las casas que alquila y espero no ofenderlos pero también sé de muchos casos que literalmente las destrozan. Me gustaría saber que debo hacer o pedir para poder estar cubierta en casos como estos. Se trata de un piso bastante bueno y en muy buena zona. Lo dejo sin muebles pero con cocina, lavadero y baños totalmente equipados.
Gracias por su ayuda.
04/05/2009 17:51
vaya a una inmobiliaria buena
el precio es segun la cotizacion del dia del mercado inmobiliario
AEGURECE QUE SEA UNA INMOBILIARIA SERIA.
saludos
04/05/2009 18:13
Marana, en lugar de una inmobiliaria le aconsejo que acuda a un abogado experto en arrendamientos urbanos, que por un precio más económico y con bastantes más garantías, le redactará un contrato de acuerdo a sus necesidades.
04/05/2009 18:18
Lo primero si no lo tiene haga un seguro del CONTINENTE del piso. Haga fotos y anúnciese en Internet en el "idealista.com (es gratis)"...

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
05/05/2009 07:40
Hola. Si tengo seguro de contienente porque es la casa en la que he vivido hasta ahora. Muelle me aconseja que vaya aun abogado pero mi duda es si las calúsulas que ponga en un contrato privado sirven luego para algo si se acaba en juicios.
Gracias
05/05/2009 09:46
Por supuesto que las clausulas pactadas en un contrato privado son perfectamente válidas, siempre y cuando se atengan a la ley vigente. De ahí la conveniencia (que yo considero necesidad) de que quien lo redacte sea un profesional de la materia, es decir, un abogado.
05/05/2009 12:45
Lo que primero vale ES LO PACTADO (cláusulas) y en su omisión entra la Ley.

"Respetando lo establecido en el apartado anterior, los arrendamientos de vivienda se rigen por lo dispuesto en el Título II de la presente ley, en su defecto, por la voluntad de las partes y supletoriamente por lo dispuesto en el Código Civil".

Eloy Peña Rico, denunciante oficila del Ayuntamiento de Madrid.
05/05/2009 13:58
Le doy completamente la razón a muelle. Vaya donde un abogado experto en temas de arrrendamientso urbanos, que esté dado de alta en el Colegio Oficial, y él mismo le puede asesorar, además de hacerle el contrato...
Olvidate de inmobiliarias, que lo único que hacen es timar y robar a la gente. Yo tengo muy mala experiencia con una inmobiliaria. Te meteran gente que no quieres, y luego sí te lo sacan pero pagandoles.
Anunciate como han dicho en idealista,... períodicos.. Ojo, no lo alquiles a marroquís, ni magrebies, son muy educados, pero te dejan el piso lleno de mierda, y son muy mal pagadores; e incluso te dejan meses a deber, y tienes que denunciarlos como en mi caso.

Gracias
05/05/2009 14:45
Muchas gracias a todos por vuestra ayuda. La verdad es que da un poco de mido lo del alquiler pero también dejar el piso vacio y no sacrle ningún beneficio me parece absurdo. iré a un abogado y que me lo prepare bien.
Gracias
05/05/2009 16:49
Hola marana. Al igual que los Srs Muelle y 19875008 le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos,pero no sólo para que le redacte el contrato sino para que le explique el alcance de cada una de las cláusulas(cuales son obligatorias, cuales se pueden negociar, el alcance de las mismas en caso de llegar a la vía judicial, los distintos tipos de garantias,donde y en qué plazo depositar la fianza,etc...). Por experiencia le puedo asegurar que tan importante es un buen contrato como la comprensión del contenido del mismo por las partes firmantes.(arrendador y arrendatario)

Por otro lado conviene seguir las siguientes recomendaciones a la hora de entrevistar futuros arrendatarios:

1) En función de qué tipo de contrato desee usted realizar-VIVIENDA O USO DISTINTO AL DE VIVIENDA(TEMPORADA) -el perfil del arrendatario es distinto.

Para el segundo tipo de contrato es preferible un estudiante, un trabajador que se ha desplazado por motivos de trabajo, una persona en trámites de separación o divorcio(por la posible reconcialición,uso de la vivienda,etc..),una persona o pareja que está esperando a que le entreguen su vivienda,etc..

2) Datos personales. Si es soltero/a,divorciado/a,si son matrimonio o pareja de hecho, si trabaja/an(en caso afirmativo solicite copia del contrato de trabajo y de las 3 o 4 últimas nóminas),si tienen o no animales domésticos.

Reciba un cordial saludo.