Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Alquilé a través de la Comunidad de Madrid, pero ahora...

4 Comentarios
 
21/04/2012 11:09
Hola, algún aporte más?. Por cierto Jan, el contrato es el típico de la Cam, es modelo único e invariable. Te dejo un enlace donde puedes verlo:
http://www.madrid.org/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application/pdf&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1202749322629&ssbinary=true
Gracias.
18/04/2012 11:33
Hola mangeldaz. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

Lamento no poder ser de más ayuda.

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl
17/04/2012 22:30
Tibidabo, eso parece ...o al menos asi me lo han hecho ver. Espero que pueda haber tras soluciones...
Algunas personas me han hablado de hacer un Juicio Verbal o hacer un proceso monitorio, pero en la CAM me dicen que esos procesos no son para casos de alquileres o por esas cantidades pequeñas. En fí..que se me amplian más las dudas. Ufff
17/04/2012 22:25
Te deben 140€ de la luz y te dicen que si los reclamas en un laudo arbitral siempre dan la razón a los inquilinos. Que asco de justicia.
Alquilé a través de la comunidad de madrid, pero ahora...
17/04/2012 22:17
Hola: alquilé una vivienda a través de la Comunidad de Madrid, por el plan alquila (en mi caso, el año del alquiler se cumple ahora, a finales de Abril).

El problema es el siguiente: los inquilinos no pagaron el mes de marzo, lo cual puse en conocimiento de la CAM, y a mediados de marzo decidieron dejar el piso sin notificármelo. Ahora, hace un par de días, me ha llegado carta notificándome y exigiendo que, sea como sea, quieren darme las llaves pues viven en otro sitio.
Les digo que me parece bien, que les hago la resolución de contrato, pero que deben pagar el mes de marzo, el mes de abril, y los gastos de luz por ellos generados (calculo unos 140 euros de luz que aún no han pagado). Entraron en cólera y me dijeron que no iban a pagar nada y que quedemos dentro de un par de días para que me den las llaves.

Después de muchas idas y venidas a la CAM, me dice una persona de allí que lo mejor es que coja las llaves con resolución de contrato, en el cual se exponga que me quedo con la fianza por incumplimiento de contrato. Una vez hecho esto, la CAM reclamaría al seguro el pago del otro mes (y de esta forma poder recuperar los dos meses de impago). .En cuanto al pago de luz, me avisan que, si quiero, puedo reclamarlo mediante un arbitrio, y que, si se acepta el laudo, mejor para mí (aunque me advierten que en los laudos siempre se les da la razón a los inquilinos). Por el contrario, si el laudo lo rechaza y quiero pelear los 140 euros, tendré que gastar dinero en contratar a alguien, pero me aconsejan no hacerlo puesto que es poca la cantidad a reclamar.

Veréis, llevo ya un año y siete meses en paro (alquilé la vivienda por necesidad), para mi 140 euros (que ya sé que no es mucho), es apretarme más todavía el cinturón (ya he bajado un par de tallas). Parece que no es así, pero para una persona desempleada 140 euros puede ser un mundo.

Quizás sean varias las preguntas que lanzo por si alguien puede respondérmelas: por ejemplo, ¿es mejor coger las llaves resolviendo el contrato y luego reclamar en la forma que me dice la comunidad (pago de la luz por laudo y el reclamo al seguro de un mes de impago)? ; y por otro lado, ¿existe alguna manera, distinta al laudo arbitral (creo que se dice así), para poder recuperar esos 140 euros o más de luz sin que yo tenga que pagar las costas?

Os agradezco la atención y vuestra pronta respuesta (espero no haberme extendido mucho en las dudas). Gracias.
Alquilé a través de la Comunidad de Madrid, pero ahora... | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Alquilé a través de la Comunidad de Madrid, pero ahora...

4 Comentarios
 
21/04/2012 11:09
Hola, algún aporte más?. Por cierto Jan, el contrato es el típico de la Cam, es modelo único e invariable. Te dejo un enlace donde puedes verlo:
http://www.madrid.org/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application/pdf&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1202749322629&ssbinary=true
Gracias.
18/04/2012 11:33
Hola mangeldaz. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

Lamento no poder ser de más ayuda.

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl
17/04/2012 22:30
Tibidabo, eso parece ...o al menos asi me lo han hecho ver. Espero que pueda haber tras soluciones...
Algunas personas me han hablado de hacer un Juicio Verbal o hacer un proceso monitorio, pero en la CAM me dicen que esos procesos no son para casos de alquileres o por esas cantidades pequeñas. En fí..que se me amplian más las dudas. Ufff
17/04/2012 22:25
Te deben 140€ de la luz y te dicen que si los reclamas en un laudo arbitral siempre dan la razón a los inquilinos. Que asco de justicia.
Alquilé a través de la comunidad de madrid, pero ahora...
17/04/2012 22:17
Hola: alquilé una vivienda a través de la Comunidad de Madrid, por el plan alquila (en mi caso, el año del alquiler se cumple ahora, a finales de Abril).

El problema es el siguiente: los inquilinos no pagaron el mes de marzo, lo cual puse en conocimiento de la CAM, y a mediados de marzo decidieron dejar el piso sin notificármelo. Ahora, hace un par de días, me ha llegado carta notificándome y exigiendo que, sea como sea, quieren darme las llaves pues viven en otro sitio.
Les digo que me parece bien, que les hago la resolución de contrato, pero que deben pagar el mes de marzo, el mes de abril, y los gastos de luz por ellos generados (calculo unos 140 euros de luz que aún no han pagado). Entraron en cólera y me dijeron que no iban a pagar nada y que quedemos dentro de un par de días para que me den las llaves.

Después de muchas idas y venidas a la CAM, me dice una persona de allí que lo mejor es que coja las llaves con resolución de contrato, en el cual se exponga que me quedo con la fianza por incumplimiento de contrato. Una vez hecho esto, la CAM reclamaría al seguro el pago del otro mes (y de esta forma poder recuperar los dos meses de impago). .En cuanto al pago de luz, me avisan que, si quiero, puedo reclamarlo mediante un arbitrio, y que, si se acepta el laudo, mejor para mí (aunque me advierten que en los laudos siempre se les da la razón a los inquilinos). Por el contrario, si el laudo lo rechaza y quiero pelear los 140 euros, tendré que gastar dinero en contratar a alguien, pero me aconsejan no hacerlo puesto que es poca la cantidad a reclamar.

Veréis, llevo ya un año y siete meses en paro (alquilé la vivienda por necesidad), para mi 140 euros (que ya sé que no es mucho), es apretarme más todavía el cinturón (ya he bajado un par de tallas). Parece que no es así, pero para una persona desempleada 140 euros puede ser un mundo.

Quizás sean varias las preguntas que lanzo por si alguien puede respondérmelas: por ejemplo, ¿es mejor coger las llaves resolviendo el contrato y luego reclamar en la forma que me dice la comunidad (pago de la luz por laudo y el reclamo al seguro de un mes de impago)? ; y por otro lado, ¿existe alguna manera, distinta al laudo arbitral (creo que se dice así), para poder recuperar esos 140 euros o más de luz sin que yo tenga que pagar las costas?

Os agradezco la atención y vuestra pronta respuesta (espero no haberme extendido mucho en las dudas). Gracias.