Mavi1967: coincido con las respuestas anteriores, y añado que al ser un banco es practicamente seguro que Ud. puede resolver el contrato durante el año 2015. De todas formas es imprescindible que hable conun abogado desde ya.
Hola Mavi. Para responder a su consulta es preciso examinar el contrato, la documentación relacionada con el mismo /cartas, comunicaciones, traspasos,etc..) y disponer de más datos. Por ello le sugiero que contacte con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos.
Hola, tenemos un local alquilado con fecha 01/03/1985. Según el contrato esta por "meses" y tenemos prorroga forzosa. La cuantia en infima y querria saber si es posible subir la renta dado que es una entidad bancaria y no una persona fisica.