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Alquiler antiguo

1 Comentarios
 
28/10/2003 23:35
Pues te diré mi opinión; hablamos de un contrato de almacen, por lo que en virtud de la DT.4ª de la LAU "Los arrendamientos asimilados a los de local de negocio se regirán por lo estipulado en la Disposición Transitoria Tercera para los arrendamientos de local a que se refiere la regla 2.ª del apartado 4 a los que corresponda una cuota superior a 190.000 pesetas." El contrato se extingue a los cinco años de entrada en vigor de la LAU, es decir se extinguió en 1.999. Esto como norma general. Ahora la particular. El almacen ¿estaba vinculado al negocio ? o ¿ es un contrato indenpendiente de cualqueir otro, que se pueda considerar como unidad independiente? Esto para algunas Audiencias Provinciales si es importante y delimitará muy concretament el asunto.
No se si te he aclarado algo o por el contrario te lo he complicado más.
El entrar en pleitos en este asunto, recuperación del almacen, la cuantía del mismo es del valor del bien; lo que se traduce en gastos elevados para quien pierda el pleito. Estudialo bien con un buen abogado y lugo decide.
Saludos
Alquiler antiguo
28/10/2003 15:52
Compré en el año 1986 un local el cual estaba arrendado como almacen de bebidas con un contrato de julio de 1974 por periodo de 1 año. Quisiera saber si este contrato sigue vigente y si es así cuando se extiguiria.
Alquiler antiguo | PorticoLegal
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Pues te diré mi opinión; hablamos de un contrato de almacen, por lo que en virtud de la DT.4ª de la LAU "Los arrendamientos asimilados a los de local de negocio se regirán por lo estipulado en la Disposición Transitoria Tercera para los arrendamientos de local a que se refiere la regla 2.ª del apartado 4 a los que corresponda una cuota superior a 190.000 pesetas." El contrato se extingue a los cinco años de entrada en vigor de la LAU, es decir se extinguió en 1.999. Esto como norma general. Ahora la particular. El almacen ¿estaba vinculado al negocio ? o ¿ es un contrato indenpendiente de cualqueir otro, que se pueda considerar como unidad independiente? Esto para algunas Audiencias Provinciales si es importante y delimitará muy concretament el asunto.
No se si te he aclarado algo o por el contrario te lo he complicado más.
El entrar en pleitos en este asunto, recuperación del almacen, la cuantía del mismo es del valor del bien; lo que se traduce en gastos elevados para quien pierda el pleito. Estudialo bien con un buen abogado y lugo decide.
Saludos
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28/10/2003 15:52
Compré en el año 1986 un local el cual estaba arrendado como almacen de bebidas con un contrato de julio de 1974 por periodo de 1 año. Quisiera saber si este contrato sigue vigente y si es así cuando se extiguiria.