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Alquiler chalet con parcela

2 Comentarios
 
Alquiler chalet con parcela
02/09/2003 17:07
Hola a todos,

Estoy aquí porque hace año y medio firme un contrato de arrendamiento de 1 año de un chalet que tengo a medias con otra persona.

Desde el principio he tenido problemas con el inquilino para cobrar. Me paga, pero no todo y siempre tiene una deuda de al rededor de 600€. Además se niega a actualizar la renta con el IPC y me gustaría saber si tengo forma legal de hecharle.

Gracias a todos y enhorabuena por el foro
02/09/2003 22:45
Si, te recomiendo que interpongas una demanda de desahucio contra el inquilino. Se le requerira de pago una vez admitida a tramite por todo lo que deba, si paga enerva el desahucio y podrá seguir habitando la casa hasta la extinción del contrato pero si una vez hecho esto, vuelve a dejar de pagar, el desahucio será inmediato. Sin perjuicio de que en el mismo o posterior proceso, puedas reclamarle las rentas atrasadas.
03/09/2003 14:50
Muchísimas gracias Alberto. Voy a hacerte caso. Me comentaron lo de que se enerva el deshaucio si efectua el pago correspondiente, pero lo que no sabia es que puedo desahuciarle inmediatamente si vuelve a retrasarse en los pagos. Gracias otra vez!
Alquiler chalet con parcela | PorticoLegal
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Alquiler chalet con parcela
02/09/2003 17:07
Hola a todos,

Estoy aquí porque hace año y medio firme un contrato de arrendamiento de 1 año de un chalet que tengo a medias con otra persona.

Desde el principio he tenido problemas con el inquilino para cobrar. Me paga, pero no todo y siempre tiene una deuda de al rededor de 600€. Además se niega a actualizar la renta con el IPC y me gustaría saber si tengo forma legal de hecharle.

Gracias a todos y enhorabuena por el foro
02/09/2003 22:45
Si, te recomiendo que interpongas una demanda de desahucio contra el inquilino. Se le requerira de pago una vez admitida a tramite por todo lo que deba, si paga enerva el desahucio y podrá seguir habitando la casa hasta la extinción del contrato pero si una vez hecho esto, vuelve a dejar de pagar, el desahucio será inmediato. Sin perjuicio de que en el mismo o posterior proceso, puedas reclamarle las rentas atrasadas.
03/09/2003 14:50
Muchísimas gracias Alberto. Voy a hacerte caso. Me comentaron lo de que se enerva el deshaucio si efectua el pago correspondiente, pero lo que no sabia es que puedo desahuciarle inmediatamente si vuelve a retrasarse en los pagos. Gracias otra vez!