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Alquiler de Nave ind. Sin 380v

2 Comentarios
 
Alquiler de nave ind. sin 380v
14/04/2009 21:44
Hola a tods. Mi consulta es: si me pueden alquilar una nave insdustrial sin toma de corriente a 380v.
Si existe una normativa específica para alquiler como nave industrial sin este requisíto mínimo que es toma de fuerza. He tenido que gastarme un dineral en la instalación y si se lo puedo reclamar al propietario.Muchas gracias
15/04/2009 10:29
Hola Txeman. Para responder a su consulta sería necesario saber el estado general de la nave, el tipo de industria que se instaló, lo que se pactara en el contrato y si usted conocía o pudo tener conocimiento del estado de la instalación eléctrica en el momento de celebración del contrato.

Reciba un cordial saludo.
15/04/2009 18:19
En todo caso, Ud. podría intentar que el propietario-arrendador se haga cargo de los gastos de la instalación, si esta va a quedar en beneficio de la nave.
Si se niega, cuando Ud. cancele el contrato de arrendamiento tendrá derecho a desinstalarla y darse de baja en la acometida.
Tambien puede conssultar en los servicios técnicos del Ayuntamiento, las condiciones que exige el mismo para dicha nave en esa zona. Podría ocurrir que el propietario no haya cumplido con los requisitos exigidos.
Alquiler de Nave ind. Sin 380v | PorticoLegal
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Alquiler de nave ind. sin 380v
14/04/2009 21:44
Hola a tods. Mi consulta es: si me pueden alquilar una nave insdustrial sin toma de corriente a 380v.
Si existe una normativa específica para alquiler como nave industrial sin este requisíto mínimo que es toma de fuerza. He tenido que gastarme un dineral en la instalación y si se lo puedo reclamar al propietario.Muchas gracias
15/04/2009 10:29
Hola Txeman. Para responder a su consulta sería necesario saber el estado general de la nave, el tipo de industria que se instaló, lo que se pactara en el contrato y si usted conocía o pudo tener conocimiento del estado de la instalación eléctrica en el momento de celebración del contrato.

Reciba un cordial saludo.
15/04/2009 18:19
En todo caso, Ud. podría intentar que el propietario-arrendador se haga cargo de los gastos de la instalación, si esta va a quedar en beneficio de la nave.
Si se niega, cuando Ud. cancele el contrato de arrendamiento tendrá derecho a desinstalarla y darse de baja en la acometida.
Tambien puede conssultar en los servicios técnicos del Ayuntamiento, las condiciones que exige el mismo para dicha nave en esa zona. Podría ocurrir que el propietario no haya cumplido con los requisitos exigidos.